Los servicios jurídicos de la Cámara rechazan también la proposición de un Gobierno de "emergencia nacional" y no se votará en el CongresoPedro Sánchez: "La normalidad solo será plena cuando el mundo disponga de una vacuna eficaz"
Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
Ver sinopsis Artículo 116
Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.
Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, el decreto de declaración del estado de alarma, o los sucesivos que durante su vigencia se dicten, podrán acordar las medidas siguientes:
a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
b) Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
c) Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
d) Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
e) Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el apartado d) del artículo cuarto.
A mi me vale, pero si tienes dudas, al juzgado.
#1:
Todo lo que dice Vox es inconstitucional de facto, se estudia por si por un casual no lo fuera
#11:
Estuve chateando con mi gestor y entre una cosa y otra, nos pusimos a hablar de politica le comente las propuestas de Cox, y completamente descojonado me dijo que sabiendo de leyes son mucho mas graciosos, porque no dan pie con bola. Coincidimos en que son unos mete ruidos.
Estuve chateando con mi gestor y entre una cosa y otra, nos pusimos a hablar de politica le comente las propuestas de Cox, y completamente descojonado me dijo que sabiendo de leyes son mucho mas graciosos, porque no dan pie con bola. Coincidimos en que son unos mete ruidos.
#9 Pero no a pasear, a visitar a tu familia, a correr, a beberte una cocacola en el parque... a llevar a tus ovejas a pastar si están a más de 500 metros de tu vivienda habitual.
Sin embargo la supresión del derecho de circulación sin estado de excepción o de sitio es totalmente constitucional. Todo bien, circulen por el pasillo.
#4 Vete a dar un paseo. Ah no, espera... no se puede. Supongo que no eres libre de circular sin motivaciones regladas que puedas demostrar de forma fehaciente. Qué cosas...
Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
Ver sinopsis Artículo 116
Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.
Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, el decreto de declaración del estado de alarma, o los sucesivos que durante su vigencia se dicten, podrán acordar las medidas siguientes:
a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
b) Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
c) Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
d) Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
e) Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el apartado d) del artículo cuarto.
Comentarios
Todo lo que dice Vox es inconstitucional de facto, se estudia por si por un casual no lo fuera
#1 lo paradójico es que se autodenominan defensores a ultranza de la Constitución.
#3 Será por lo de ultra.
#3 Sí, pero no te han dicho de cual.
Estuve chateando con mi gestor y entre una cosa y otra, nos pusimos a hablar de politica le comente las propuestas de Cox, y completamente descojonado me dijo que sabiendo de leyes son mucho mas graciosos, porque no dan pie con bola. Coincidimos en que son unos mete ruidos.
#8 Un paseo no. A trabajar si. A comprar si. A tirar la basura si. A sacar al perro 20 veces al día si.
Pero si te puedes ir a pastar.
#9 Pero no a pasear, a visitar a tu familia, a correr, a beberte una cocacola en el parque... a llevar a tus ovejas a pastar si están a más de 500 metros de tu vivienda habitual.
¿Qué te acabo de decir? Suspenso en Derecho.
#10 Gracias por confirmar que esta LIMITADO, no prohibido.
Y a menos que quieras que alguien se enferme o muera, no deberías hacerlo.
#12 He dicho supresión. Y aunque con términos erróneos, vista esa diferenciación que te has sacado de la manga reitero lo dicho: suspenso en Derecho.
#15
Esta limitado. NO suprimido. No eliminado. Ningún tipo de sinonimo.
#10 Y, aun sin estado de alarma, tampoco se puede pasear con una espada, una ametralladora, un lanzacohetes... ¡no hay derecho!
#10 Que pena que se pueda hacer eso en mitad de una pandemia. No hay derecho.
Desde febrero de 2020...Por si quedaba duda...
¿Pero estos no eran los constitucionalistas?
No entiendo nada...
Que gobierno más malvado que antepone la salud de todos a tu derecho a tomarte una cocacola en el parque
Lo que pida Vox no le interesa ni a sus votantes, solo quieren gresca, el contenido les da igual.
Que vayan a chuparsela a Bolsonaro
Debes estar refiriéndote a la obligación de circular lo menos posible para que haya menos contagios.
Por favooooorrr, que declaren inconstitucional también el partido
Sin embargo la supresión del derecho de circulación sin estado de excepción o de sitio es totalmente constitucional. Todo bien, circulen por el pasillo.
#2 Un derecho que NO ha sido suprimido. Ayer mismo mi padre fue a comprar. Yo mismo fui a tirar la basura. Y de forma legal.
#4 Vete a dar un paseo. Ah no, espera... no se puede. Supongo que no eres libre de circular sin motivaciones regladas que puedas demostrar de forma fehaciente. Qué cosas...
#2 Vale veamos que dice la constitución
Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
Ver sinopsis
Artículo 116
Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.
Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774
Artículo once.
Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, el decreto de declaración del estado de alarma, o los sucesivos que durante su vigencia se dicten, podrán acordar las medidas siguientes:
a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
b) Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
c) Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
d) Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
e) Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el apartado d) del artículo cuarto.
A mi me vale, pero si tienes dudas, al juzgado.
#2 Lo voxemitas no aprendéis...dale que te dale.