Publicado hace 1 mes por me_joneo_pensando_en_ti a confilegal.com

Es fundamental elaborar un impuesto para gravar la venta de deuda en España. Es incomprensible que la venta de bienes y derechos tenga impuestos tan altos, pero no haya ni un solo impuesto que grave la transmisión de deuda. De esta manera se controlaría el traspaso de créditos impagados, dando transparencia de las mismas hacia la Agencia Tributaria y las autoridades públicas. Hay que intensificar las medidas PREBLAC (Prevención del Blanqueo de Capitales) porque esos Fondos tienen sus bases en paraísos fiscales.

Comentarios

me_joneo_pensando_en_ti

Nuestro derecho es rico en medidas eficaces para evitar dichos expolios y si no existieran, los poderes públicos deberán legislarlas, porque lo queramos o no, este tipo de situaciones se van a ir multiplicando con el tiempo, para desgracia de los españoles.

He intentado ofrecerme desinteresadamente a la actual Corporación para asesorarles gratis a este respecto, pero sólo he recibido comentarios elusivos como que no sé del tema, a pesar de que tengo ya cinco libros escritos en España sobre los Fondos Buitre, e incluso un reconocimiento internacional,
como el Premio Internacional de Periodismo otorgado por el Club de Periodistas de México en 2022, por mis investigaciones al respecto.

Hay que intensificar las medidas PREBLAC (Prevención del Blanqueo de Capitales) porque esos Fondos tienen sus bases en paraísos fiscales y la realidad es que no se sabe de donde viene el dinero, dándose por válidas las declaraciones oficiales de las autoridades de paraísos fiscales que practican sistemáticamente el secreto bancario.

Sería también deseable abordar esta cuestión desde el punto de vista de Defensa de la Competencia y de la Competencia Desleal, pues hay claros elementos de mala fe que perturban el mercado de créditos en España, perjudicando en particular a los clientes, así como también existen en el mercado de venta de deuda evidentes prácticas colusorias entre las entidades crediticias y los Fondos Buitre que son sus principales accionistas.

Esta estrecha vinculación entre las entidades crediticias y sus accionistas los Fondos Buitre requerirían también un especial análisis de las ventas de créditos entre ellos desde la perspectiva de las normativas fiscales de “Transfer Pricing” o precios de transferencia, al objeto de investigar cómo se documentan esas operaciones y también si están hechas o no a precios de mercado.

malajaita

#1 Ya, pero el problema lo tenemos en estas cosas

"He intentado ofrecerme desinteresadamente a la actual Corporación para asesorarles gratis a este respecto, pero sólo he recibido comentarios elusivos como que no sé del tema"

oricha_1

POner impuestos a la compra de deuda es desincentivar que alguien pueda rescatar a otro que este en apuros. No se si es lo que queremos.

La pregunta aqui es,
al haber adquirido por solo 7 millones de euros de una entidad financiera la deuda bancaria de 27 millones de euros que tenía una sociedad concursada de titularidad municipal, para exigir a continuación la totalidad de la deuda viva de 27 millones descrita.

Porque una entidad publica llega al punto de caer en un deuda de 27 millones de euros cuando se vende por 7 . Porque los que adquieren por supuesto que quieren y esperar recuperar su dinero y saldar esa deuda.

Si el estado no corrige eso. Que hacemo ? Le prendemos fuego?

peptoniET

#3 Yo, sí es lo que quiero. La deuda es una herramienta financiera perfectamente válida. No es como la "deuda" que tienes con el bar de la esquina por deberle 12 cubatas.

J

Ya están aquíííí