El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Purchena, que en mayo de 2022 archivó por segunda vez la investigación por la muerte de Iliass Tahiri (el joven de 18 años que falleció el 1 de julio de 2019 atado con correas en pies y manos, boca abajo en una cama del centro de justicia juvenil Tierras de Oria), ha estimado a instancias de la Fiscalía de Almería que el caso se someta a un juicio de delitos leves (anteriormente conocidos como juicio de faltas), previsto en los artículos 962 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Comentarios
#10 a ver, yo te explico cómo funciona el castigo (o no) en el código penal, respecto a las imprudencias:
Todos nosotros, en nuestra vida diaria, cometemos imprudencias, casi no nos damos cuenta porque son casi imperceptibles a nuestros ojos. Imagina que en el coche te distraes un segundo porque el crío se acaba de soltar el cinturón de seguridad, o te llaman por teléfono y dejas algo en el fuego mientras el crío anda por ahí deambulando, o estás pintando el balcón y dejas algo en la barandilla sin darte cuenta....en fin, te haces una idea. Esas imprudencias, en el 99,99% de los casos no tienen consecuencias y pasan inadvertidas. Pero a veces se junta Murphy y una mala suerte de cojones y justo se cruza un peatón, o tu hijo vuelca la sartén o una ráfaga de viento te tira lo que has dejado en la barandilla, con resultado de que lesionas o matas a otro. Nuestra justicia entiende que no se puede castigar eso de la misma manera que si lesionas o matas a otro voluntariamente. O igual que si la imprudencia fuera más grave (operar un médico borracho, o saltarte un STOP por tus cojones morenos, por ejemplo).
En los casos en que el Fiscal entiende que la imprudencia es leve o menos grave las consecuencias penales y la tipificación del delito son diferentes, más leves que un homicidio o lesiones dolosas o por imprudencia grave.
Donde no quiero entrar es si este caso concreto puede ser una imprudencia grave o no. Sus motivos tendrá el Fiscal. Que haya otros rollos con este centro no lo sé, pero se juzga esta actuación en concreto. Un saludo
#11 gracias por la explicación, tiene sentido.
Yo tampoco conozco este caso concreto desgraciadamente, en las noticias q encontré para informarme, apenas dan detalles de q paso. Sin embargo, el caso de haya denuncias previas de maltrato en el centro, q se le ha puesto boca abajo atado y con una almohada en la cara, pues da la impresion q las cosas no se estaban haciendo bien. Incluso cambiaron el procedimiento despues de este caso. Todo indica, q hubo negligencias. Yo entiendo, q cuando estás trabajando en oficios q requieren el uso de la fuerza, pues pueden pasar desgracias, y son trabajos dificiles con los q uno tiene q simpatizar. Pero todo pinta, a q el menor murió asfixiado, y eso, para mi no es una imprudencia leve. Con tres adultos, q ya han atado al menor a la cama, no me entra en la cabeza como se ha podido morir. Estoy seguro q no hubo intención de asesinarlo, pero q si hubo una negligencia grave.
Este caso me recuerda al policia q mató a George Floyd en EEUU por aplastarle el cuello con la pierna durante demasiado tiempo. A ese policia lo sentenciaron a 21 años de carcel. Y seguro q el policia no intentó matar voluntariamente a George.
#12 puede que el policía no "quisiera" matarlo pero apretar tu rodilla contra el cuello de una persona varios minutos, mientras te dice que no puede respirar..... entramos ya como mínimo en imprudencia grave. O dolo eventual, incluso (otro concepto a medio camino entre la imprudencia grave y el dolo. Se suele aplicar, por ejemplo, al conductor kamikaze que va por la autopista en sentido contrario a toda hostia y conscientemente)
#4 ya no existe la falta. pasaron a delito leve
#5 Gracias por la aclaración.
Espero no tener que cruzarme a lo largo de mi vida con los jueces que catalogan la muerte de un ser humano como un delito leve.
#1 eso denota tu total desconocimiento de como funciona el código penal.
#1 Totalmente de acuerdo con #2, de hecho, es que esa frase puedes ponerla igualmente en un meneo sobre aborto o eutanasia, de un conductor borracho, o del que deja a un crio olvidado en un coche. Evidentemente todo tiene su calificación pertinente respecto a la ley.
#4 Es que la ley debe ser ciega, entiendo que no estés de acuerdo con la calificación, pero la cuestión es si esa consideración es acorde a la ley o no. En caso contrario, entramos en lo que ya comentaba en #8.
#2 "al menos hasta que se procede a colocar al menor boca abajo y a taparle la cara con una almohada, acción que era permitida en casos excepcionales," "”una imprudencia con resultado de muerte“", “Este caso se suma a las numerosas denuncias por malos tratos que han ido saliendo a la luz durante varios años, así como a las numerosas voces, de antiguos trabajadores e internos, que han pedido a la Junta que se investigue en profundidad sobre las actuaciones en el centro”
pues yo no acabo de entender esto. Osea q cumplieron el protocolo, pero hubo imprudencia. Posteriormente actualizaron el protocolo. ¿Cual fue la imprudencia? ¿cual fue la causa de la muerte? El centro tenia numerosas denuncias por malos tratos....El artículo no da demasiados detalles, pero huele a chamusquina totalmente. Si yo fuera un menor en ese centro, estaria asustado
https://www.eldiario.es/andalucia/almeria/muere-centro-andaluz-internamiento-inmovilizado_1_1159729.html
#1 Esa decisión no es de ningún juez, sino de la Fiscalía.
Por otra parte, la muerte de un ser humano puede incluso no ser delito, si es por puro accidente sin que medie intención ni negligencia. Y eso lo dicen las leyes (aprobadas por políticos), no los jueces.
#3 en efecto
#1 Delito no, falta. Quiénes consideran una falta leve el fallecimiento con las características detalladas en el artículo no tiene corazón. Yo no diría que fue asesinato, pero tampoco falta.