Hace 5 años | Por --594381-- a 20minutos.es
Publicado hace 5 años por --594381-- a 20minutos.es

El vehículo cuenta con una potencia que obliga a que esté matriculado, motivo por el cual además el conductor necesitaría un permiso de conducción del que también carecía, han informado a Europa Press fuentes policiales.

Comentarios

perrico

#7 Pues que te pueden multar con una bicicleta, andando, etc. Si un patinete eléctrico circula bajo unas condiciones no adecuadas le podrán multar como a culaquiera. Si circula a una velocidad inapropiada, por ejemplo. No hace falta que sea considerado vehículo a motor.

powernergia

#9 En este caso el asunto es diferente, si lo han retirado ha sido porque han considerado que no es un VMP (Vehículo Movilidad Personal), y que por tanto requiere matrícula y permiso de conducción.

Para considerar que no es VMP, aparte de que sea evidente que lo sea (un patinete con motor de gasolina por ejemplo, o una moto eléctrica...), la única manera es que haya superado los 30 kmh.

D

#9

Te equivocas. El reglamento general de vehículos está para algo. Y una de las cosas más importantes es la definición de todo lo que incluye el reglamento.

Una bicicleta está definida, un peatón, un vehículo de tracción animal, un vehículo a motor, etc...., también están definidos. Un patinete eléctrico no.

Y si no está definido no tienes forma de saber si es obligatoria su matriculación o qué tipo de permiso es necesario para su conducción, si es que es necesario alguno.

Y por el mismo motivo no puedes multarlo por velocidad porque las infracciones por velocidad están redactadas para conductores de determinados vehículos.

D

Felicitaciones a la policia y alcalde por la medida ... ¡ya esta bien de experimentos!

D

#1 salvo que se estén saltando la ley, supongo....

Porque dudo muchísimo que un patinete eléctrico no esté ni siquiera definido en el reglamento general de vehículos. Y si no está definido no se puede saber si se tiene que matricular o no. Y para matricularlo se debe estar en posesión del certificado de características técnicas que le habilitan a circular por vías públicas. Y lo del permiso de conducción es kafkiano....que permiso exiges si no sabes qué tipo de vehículo es?

Podra haber otros motivos para retirarle el monopatín pero por los motivos que comentan en la noticia, no. No tienen sentido

powernergia

#2 Los patinetes eléctricos no están considerados "vehículos a motor", por lo que en principio, y a falta de regulaciones municipales donde las haya, se asimilan a las bicicletas.
Para no ser considerados "vehículo a motor", no pueden superar los 25 kmh, supongo que en este caso la policía ha considerado que el vehículo podía superar esa velocidad (porque iba más rápido) y por eso le han multado.

http://revista.dgt.es/es/noticias/nacional/2019/02FEBRERO/0211Uso-patinetes-en-ciudad.shtml#.XOEBHuntY0M

CC #3

D

#4 para mí no hay manera de multar y retirar un patinete eléctrico por carecer de matrícula con la reglamentación en la mano, que es lo que dice la noticia....

powernergia

#8 Si consideras que ha superado los 30 kmh si.

D

#10 en base a que?

Y no entro en lo de "si consideras", puesto que la velocidad máxima deberá certificarse e incluirse en las características técnicas del "vehículo", que aún no tenemos....

Es el clásico vacío legal que no hay por donde cogerlo

D

#4 y a que velocidad iba? podria ser 27,5 km/h o 37 km/h, en el primer caso se considera que va a 25 km/h y en el segundo no, a no ser que muestra la velocidad real con la foto oficial el policia no sabe a que velocidad iba, para eso existen los radares de trafico

powernergia

#16 "y a que velocidad iba? podria ser 27,5 km/h o 37 km/h,/"

Claro, eso es lo que no dice la noticia.
Puede que fuera a 50 kmh o que fuera a la velocidad que fuera, el policía dice que iba a más de 30 kmh.

No hay otras razones para multar a falta de un análisis técnico del vehículo que considere que puede superar esa velocidad.

D

#17 el analisis tecnico no garantiza que la velocidad en el instante de la infraccion fuese ilegal o alegal

Lekuar

#18 Pero determinaría si el vahiculo puede o no superar la velocidad máxima que tiene permitida.
Un ciclomotor que pueda alcanzar los 120km/h no se puede homologar como ciclomotor.

D

#21 un coche puede superar 30 km/h en ciudad y no lo multan por ello,

Lekuar

#22 Pero un coche no está limitado a una velocidad máxima por construcción como si lo están los ciclomotores.
Un ciclomotor circulando a 90km/h es ilegal aunque vaya por una vía limitada a 100km/h.

D

#23 es alegal mas que ilegal y un coche puede superar los 120 km/h, velocidad maxima pemitida en España y no le ponen un limite por construccion como a los ciclomotores

Lekuar

#24 Es que te vuelvo a decir que los coches no tienen una limitación de velocidad por construcción y los ciclomotores si la tienen.

Un ciclomotor capaz de alcanzar los 100km/h no es alegal, es ilegal y no te permitirían circular con el en ninguna vía por no cumplir las condiciones de homologación que corresponden a su categoría de vehículo.

powernergia

#18 Técnicamente se puede saber si un vehículo supera los límites o no, pero en realidad es más sencillo, la policía solo tiene que decir que los ha superado, y será el infractor el que tendrá que demostrar lo contrario.

D

#26 la presuncion de inocencia no significa nada ?

powernergia

#27 Pues como cuando un policía te dice que has saltado un stop.

D

#28 eso es distinto, si dice que superaste la velocidad maxima tiene que decir que velocidad es, digo yo, los radares estan para algo y tienen que estar homologados

powernergia

#29 Pues a lo mejor tenían un radar, o a lo mejor el del patinete iba a 80 por hora.

No lo sabemos.

D

mi modesta opinion: no se puede matricular algo que no esta definido como un vehiculo, asi que primero y antes de matricularlo hay que regularlo para despues poder multarlo

perrico

#3 Quizas tampoco pueda circular un vehículo a motor no homologado.

D

#5 si es no homologado es que ya esta definido como vehiculo

perrico

#3 ¿No te pueden multar como peatón si cruzas un semáforo en rojo?

D

#6 si, pero eso que tiene que ver?

D

#6 un peaton no es un vehiculo

D

#6 el otro día vi como multaban a uno por cruzar en rojo , osea que sí.

D

A ver, si un ciclista o alguien en monopatin debe circular por la acera a la misma velocidad máxima que un peatón, no puede venir alguien con un patinete y pasarse la norma por el arco de los gayumbos porque "no está definido".