La responsabilidad civil derivada del incendio del edificio de Nou Campanar en Valencia, que ha costado diez vidas, no podrá recaer ni sobre el constructor, ni sobre el arquitecto al estar prescrita desde hace cinco años. De hecho, esta prescripción, que actualmente tiene un máximo de diez años y que era hasta el último cambio legislativo de 15, tampoco se podrían haber aplicado, ya que, según ha podido saber ElPlural.com de fuentes conocedoras del asunto, los 15 años se cumplieron en enero, un mes antes del fatídico incendio, que ha sucedido e
Comentarios
Joe con el Plural:
La prescripción, con respecto a las responsabilidades civiles tanto de arquitecto como de constructor, la marca el momento en que se entregó definitivamente la obra tras obtener todos los informes favorables.
Si cuando se hizo la obra cumplía con la normativa del momento (que es lo que habría que mirar) no se puede achacar ninguna culpa al arquitecto, en todo caso a los que diseñaron la normativa.
Pero como va a estar prescrito sip el hecho ( el incendio( acaba de ocurrir!
Es como si mato a mi mujer y me dicen que está prescrito porque la decisión que lo generó todo (casarnos) es de hace 15 años.
#2 No, es como si le construyes una casa a tu mujer, y a los 20 años se le cae un ladrillo encima y la mata, y no te pueden juzgar por ello. Por si quieres un ejemplo realmente comparable usando a tu mujer y su muerte.
#2 El hecho es la construcción y diseño. Es como una garantía.
Fijate tú que suerte.
Errónea de manual. Lo que dura 10 años es la garantía decenal de la construcción, la Responsabilidad Civil no tiene nada que ver con eso, el siniestro ocurre en la fecha que ocurre y a partir de ese momento empiezan a correr los plazos.