Hace 3 años | Por Temple_97 a 20minutos.es
Publicado hace 3 años por Temple_97 a 20minutos.es

El derecho al teletrabajo estaría orientado a facilitar la conciliación y sería una forma de priorizar productividad sin medirla en tiempo

Comentarios

Sikorsky

A priori me "parece" una buena noticia. Pero en el país de los "contratos de 0 horas", el concepto de priorizar la productividad sin necesidad de medirla en tiempo me da miedete.

E

#5 Evidentemente no es todo ni blanco ni negro, tiene mucha complejidad (dimensionamiento de oficinas, pc's o pagos de compensaciones por byod, securización de comunicaciones en red, y otras mil cosas que no se me ocurren) hacer el cambio de la ley de un día para otro puede llevar a la ruina a "muchas" empresas si se hace mal, pero debería ser el camino.

Lo que hay en la leu actual española, dejandolo todo en manos de la buena voluntad de las empresas no es mas que una mierda pinchada en un palo, con un lacito

Arcueid

#8 Esos puntos que comentas son a tener en cuenta, pero por la parte que conozco, tengo cierto convencimiento de que ninguno de los puntos que comentas ha cambiado sustancialmente en el caso que me compete. Quizá dado que ya había un poco de experiencia con el teletrabajo no se tuvo que mirar todo eso de cero, y ya funcionaba bastante bien.

En otros casos, efectivamente el dimensionamiento de oficinas se reconsideró, para terminar pagando menos de alquiler; y posiblemente otras cosas a tener en cuenta, como la factura eléctrica de la empresa o que posiblemente aquellos que den bonificaciones por transporte o restaurante las anulen para los empleados en teletrabajo.

Naturalmente no digo que todo sea blanco ni negro, ni sencillo. En un marco donde las necesidades de diferentes sectores, empresas y hasta del propio individuo son tan diferentes, buscar ciertas garantías a la vez que se ofrece suficiente flexibilidad es complejo. Pero que no lo vendan entonces como un gran éxito, porque no lo es. Cuando estaban consultando la opinión pública me informé de la ley que había hasta el momento, que (al menos para los que no tienen la disculpa/necesidad de conciliación familiar) era un acuerdo entre empleado y empleador de la mejor manera que viesen las partes. O sea, más o menos nada, como ahora.

E

#9 Estas diciendo exactamente lo mismo que yo, que la ley actual es la nada embotellada. Los únicos que pueden realmente negociar son los cuatro puestos muy cualificados (TIC y cuatro mas) que se pueden permitir irse al día siguiente a otro sitio donde si les den teletrabajo.

Todo lo que digo antes en mi comentario es que no se puede pretender ser mas papista que el papa, y que hay que hacer las cosas bien para no cargarse a un monton de empresas (y los empleos correspondientes y por tranto trabajadroes) en el camino. Porque la mayoría de las empresas no tienen contratos de alquiler de oficinas de 1 año ni 2, por ejemplo, o que si a una pyme le exijes que de un día para otro tenga que comprar 15 portatiles y montar una infraestructura para conexión remota, lo mismo los has arruinado (o lo mismo no, pero casos habrá).

Por mucho que nos joda a los curritos, estas leyes tienen que tener un recorrido largo, lo que no quita para que haya que iniciar este recorrido con medidas reales y no el paripé que hay ahora mismo.

i

#6 pues muy bien me parece. Creía que ya estaba superado eso, poniendo en el contrato claras las condiciones de trabajo que se contratan y se pagan.

i

Antiguamente, en los contratos de trabajo, ponía la dirección del sitio donde quedabas contratado y la obligación de acudir en el horario estipulado, o las horas a realizar en dicho centro de trabajo.
No sé si es que ahora no existe esto. Supongo que lo más fácil es que las condiciones estén claras en el contrato para ambas partes. Y cada uno verá si le conviene el acuerdo. Lo de obligar a hacer una cosa de determinada manera, no lo veo, la verdad. Bien que haya gente a quien le interese teletrabajar, pero no a todo el mundo le gusta o puede.

Arcueid

#4 Hablan de un "derecho predeterminado al teletrabajo", al igual que ahora hay un "derecho predeterminado al trabajo presencial".
Entiendo que no es la obligación de que los empleados teletrabajen, sino de que estos no puedan ser obligados a trabajar presencialmente. Si los empleados lo quieren, naturalmente podrán hacerlo.

Si las dos modalidades se protegiesen de igual manera, se podría hacer con mucha más flexibilidad que todos pudiesen trabajar de la forma que les resulten más adecuada. No todos trabajamos del mismo modo.

Y entiendo que en los contratos de trabajo sigue habiendo centro de trabajo, por eso en esta última ley española de teletrabajo se ha de indicar "el lugar donde se realizará el trabajo" (que puede variar, pero esto no lo contemplan en un único contrato).

Arcueid

"Según los planes del Gobierno británico para la época 'pospandemia', la ley haría imposible que los empleadores presionaran al personal a asistir al lugar de trabajo a menos que puedan demostrar que es esencial."

En la ley actual de teletrabajo en nuestro país se indica que se ha de poder volver siempre a la presencialidad y se permite que los empleadores puedan presionar para volver al lugar de trabajo. Por lo que leí, el teletrabajo se puede pedir bajo la premisa de conciliar la vida familiar (hijos, cuidado de ascendientes u otros familiares) y el trabajo y la empresa ha de justificar objetivamente la negación, en caso de darse.

Es decir: la presencialidad está asegurada, pero no se asegura el teletrabajo si cualquier empleado así lo quiere. El hacer imposible que los empleadores presionan al personal a una modalidad que el empleado no quiere acogerse (siempre que su empleo lo permita) sería una manera de equiparar las dos modalidades.

Pero no lo hay, y por eso (y algunos otros detalles) esta ley necesita muchas mejoras para adecuarse a las posibilidades actuales, no sólo a las necesidades más acuciantes.

E

#2 hasta que no se quite la voluntariedad por parte de la empresa en la ley española, todo lo demas es inutil

Arcueid

#3 Es que para equiparar las dos modalidades habría que hacer imposible que la empresa pueda imponer una modalidad por encima de la otra, sin el acuerdo del empleado. La elección, siempre y cuando no se demuestre fehacientemente que el trabajo no se puede hacer en remoto, debería ser del empleado.