Hace 2 años | Por Chabelitaenanit... a larazon.es
Publicado hace 2 años por Chabelitaenanita a larazon.es

El Tribunal Supremo considera discriminatorio despedir a una trabajadora después de que haya avisado a su empresa que va a disfrutar de un permiso de matrimonio. En la sentencia en la que anula el despido de una empleada en estas circunstancias, la Sala Social del alto tribunal subraya que la discriminación por razón de estado civil está proscrita no solo en el Estatuto de los Trabajadores, sino en la propia Constitución, en especial cuando se trata de mujeres.

Comentarios

Aguarrás

Estaría bien conocer el nombre de la empresa. Poner al sol las vergüenzas del empresaurio y su cortijo.

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La Sala, presidida por la magistrada Virolés Piñol, resuelve así el caso de una trabajadora que había anunciado a su empresa que pensaba solicitar el permiso por matrimonio porque iba a casarse. Poco después, pese a que la empresa le había comunicado en esas mismas fechas que su contrato de trabajo finalizaría tres años después, cuando concluyera el proyecto al que estaba adscrita, se le comunicó su cese por fin de contrato.

Fue dar la noticia y automáticamente prescindir de ella.

otama

Joder, conozco un caso MUY cercano, prácticamente igual. Está ya visto para sentencia y muy probablemente favorable

placeres

¿Alguien me puede explicar a que demonios viene la mención a la ley de igualdad y no simplemente a los derechos fundamentales de la propia Constitución?

Lo único que se me ocurre (no mencionado en la noticia) es que el tribunal presumiera que la empresa temiera que una vez casada en "sagrado matrimonio", la chica quisiera quedarse embazada ("Como es su sagrado deber") y eso sería un riesgo/costo inasumible... Me parece un razonamiento absurdo en la actualidad, pero cosas peores hemos visto.

Robus

#4 totalmente de acuerdo, la frase final “ en especial cuando se trata de mujeres” me ha sonado a un paternalismo extremo.