Hace 2 años | Por --643649-- a publico.es
Publicado hace 2 años por --643649-- a publico.es

Da la razón a la Comunidad de Madrid, que había recurrido la sentencia del TSJ que la obligaba a establecer en el plan de riesgos laborales los cupos de pacientes y los tiempos mínimos de atención. También debe desaparecer de la sentencia recurrida la obligación de cubrir las vacantes del personal sanitario.

Comentarios

D

Por si no quedaba claro para quien trabaja el tribunal supremo...

sotillo

Para el que no lo sepa los del Supremo no saben lo que es un Centro de Salud de la Comunidad de Madrid
Pd y Ni puta falta que hace
Esto lo dicen sin inmutarse

D

Como se burlan

musiquiatra

Esto es una puta vergüenza