Hace 8 años | Por --502958-- a cadenaser.com
Publicado hace 8 años por --502958-- a cadenaser.com

El Tribunal Constitucional ha resuelto inadmitir la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a raíz de una petición de la Junta tras los recursos de varios centros docentes privados de educación diferenciada por denegarles el concierto educativo.

Comentarios

angelitoMagno

#3 Pues hay medidas de igualdad que exigen discriminar por sexo. Por ejemplo, las ayudas a mujeres maltratadas discriminan por sexo. Con el cambio constitucional que indicas, habría que eliminarlas, lo cual es un retroceso para la igualdad.

Pepetrueno

#6 Como me chive a@lamonjamellada de lo que estás diciendo, la vamos a liar.

javiblan

#6 No lo creo. Cuando discriminas por sexo (o cualquier otra circunstancia) lo haces para llegar a la igualdad venciendo vicios, costumbres o situaciones de hecho que no son igualitarias.

En el caso de la violencia de género no tienes porqué favorecer a las mujeres frente a los hombres, basta con favorecer al físicamente (o psicológicamente) débil frente al fuerte. Y esto valdría incluso para casos de maltrato de (mujer/hombre)-fuerte frente a (mujer/hombre)-débil y obtendrías una legislación para violencia en la pareja de uso mucho más ámplio y natural.

angelitoMagno

#8 Si existe una situación de desigualdad en la que el colectivo A está en situación de inferioridad frente al colectivo B, ¿cómo vas a ayudar al colectivo A si no discriminas?

javiblan

#9 Ya, pero no discriminas por el sexo, o la religión o la ideología sino por esa condición de inferioridad. En definitiva, pones recursos legales en favor del débil frente al fuerte. Eso no es contrario a una legislación que impida discriminar por sexo, religión o ideología y sí por favorecer al débil frente al fuerte: Por ejemplo para favorecer a los preferentistas de 90 años frente a los banqueros.

angelitoMagno

#11 Vale, pero me estás reconociendo que la ley de violencia de género habría que cambiarla entera, ¿no?
De hecho, ya discrimina desde su misma nombre.

favorecer a los preferentistas de 90 años frente a los banqueros.
Si haces eso, estás discriminando por edad.

javiblan

#12 A: La ley de violencia de género no hay porqué cambiarla en lo sustancial, pero si le vendría bien una revisión de conceptos para que, además de proteger específicamente a la mujer frente al hombre pudiera proteger también al hombre frente a otro hombre o a la mujer frente a otra mujer (en el caso de parejas homosexuales) y al hombre frente a la mujer en los escasísimos casos de una violencia ejercida en el sentido contrario sin olvidar, por supuesto, que en el caso de la violencia de género el 99% de los casos es del hombre sobre la mujer.

B: Cuando pongo a los preferentistas de 90 años estoy hablando de alguien que por su naturaleza es extremadamente débil. No estoy circunscribiendo el caso (y no estoy hablando de ponerlo en la Constitución como he dicho en #13), estoy poniendo un caso de uso.

angelitoMagno

#11 Por cierto, lo de por esa condición de inferioridad me parece muy mal expresado.

Yo creo que hacen falta leyes para corregir desequilibrios que afectan a las mujeres (machismo), a personas de otras razas (xenofobia) o LGBT+ (homofobia y derivados). Pero son eso, desequilibrios. Ellos no son inferiores. Así que no hablemos de condición de inferioridad.

Ah, y me parece bien que si alguien le pega una paliza a dos homosexuales por besarse en la calle, pues que el agresor tenga mayor pena. Pero para hacer eso tengo que poner en la ley algo referente a la orientación sexual del agredido. Lo cual implica discriminar por orientación sexual.

¿O tu pondrías algo del estilo "si el agredido pertenece a un colectivo en inferioridad"? ¿Y como defines lo de "colectivo en inferioridad"? Porque una ley no debería ser ambigua.

javiblan

#14 No digo que sean inferiores, digo que por vicios, costumbres o situaciones de hecho estén en situación de inferioridad (no condición de inferioridad). Mañana podríamos entrar en un periodo homosexual de nuestra cultura y el débil ser el heterosexual. En cualquier caso, anotada esa "especial protección a los débiles" en la Constitución se podría legislar en cada momento según casos específicos de debilidad coyuntural de un determinado colectivo.

Y ahora te pregunto:
¿Crees que si un energúmeno le pega a una pareja homosexual por besarse en público debería tener más pena que si lo hace a una pareja heterosexual por hacer lo mismo? ¿Por qué?

(En tu respuesta estará la mía)

angelitoMagno

#16 Bueno, la Constitución ya establece que la igualdad debe ser uno de los principales valores a alcanzar por el estado.

¿Crees que si un energúmeno le pega a una pareja homosexual por besarse en público debería tener más pena que si lo hace a una pareja heterosexual por hacer lo mismo? ¿Por qué?

Porque la causa de la agresión es externa al agredido. Es decir, el que pega a unos homosexuales lo hace porque odia a los homosexuales. Nadie va pegando a parejas heterosexuales por ser heteros. Quien pega a una pareja hetero lo hará por una razón del agredido. Celos o algo parecido.

En cierta forma las agresiones homosexuales son actos de cuasi-terrorismo, en el sentido que se ejercen contra todo un conjunto de la población (te pego a ti sin conocerte de nada, solo por tu condición sexual). Lo cual afecta a todo un conjunto de la población, y no solo a la pareja agredida.

Por ello pienso que los delitos de odio de este tipo deben ser penados con más fuerza, porque sus efectos no se atañen solo al agredido, sino a todo un colectivo.

javiblan

#17 Bueno, pero entonces no estamos hablando del concepto de igualdad sino del de respeto al diferente. Hay papel para incluir eso en una Constitución: Respeto a las minorías, el diferente, el discrepante.... uf! Bienvenida esa precisión.

SIEMPRE que respetar a ese diferente no vaya contra la legislación: por ejemplo, respetar a alguien que no respeta a su vez al diferente.

a

#3 Es que la Constitución sólo establece el derecho a la educación y, en tanto no se niegue la educación a alguien por motivos discriminatorios, no hay nada de inconstitucional. La Constitución (cualquiera) es sólo el marco jurídico, no la regulación de todo. Y ya bastante extensa salió la nuestra como para que tenga que entrar a profundizar en la estrategia didáctica de las escuelas. Para cambiar eso no haría falta cambiar la Constitución, ni tan siquiera tiene (ni debe) regularse en la Constitución. Basta con elegir a gobernantes que sigan la política educativa que consideremos más adecuada. A mí me parece retrógado y contraproducente segregar por sexos, pero si la mayoría de ciudadanos quisiera educar a sus hijos en aulas separadas lo democrático sería dejarlos y allá ellos con sus decisiones. Por eso la Constitución no debe meterse en ello. Lo que la Constitución tendría que hacer es establecer los mecanismos para garantizar de verdad la independencia de poderes y que éstos representen de la manera más fiel posible a los ciudadanos. Con cambiar eso, las leyes ya reflejarían un poco mejor la voluntad del pueblo.

javiblan

#10 Segregar por sexos es tan grave, desde un punto de vista de una legislación que promueve la igualdad de derechos y deberes para con los ciudadanos independientemente de su sexo, que yo creo que debería estar en la Constitución. Pero no explicitando un caso concreto, como es la educación, sino de forma más genérica: "En ningún caso lo poderes públicos, por acción u omisión, podrán establecer o permitir preferencias o exclusividad de género, religión, creencias, nivel económico ni ideología.". Así de fácil.

tiopio

¿Y por razas?

Artículo 14

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

D

#1 pues vete tú a saber.. la cuestión que se planteaba aquí era la educación diferenciada por sexo

Pepetrueno

#1 Ni por opinión. Hagamos colegios para niños que opinen que los trajes de Baltasar no son reales.
Ah, no, que esos colegios ya existen: son los mismos que discriminan por sexo, religión, nacimiento (referido a buena cuna)...