Hace 4 años | Por Condetino a cadenaser.com
Publicado hace 4 años por Condetino a cadenaser.com

Un tribunal de Barcelona ha aceptado anular un matrimonio porque el marido ocultó durante décadas a su esposa que le gustaba vestirse de mujer

Comentarios

Iori

#3 Y algunas de esas cosas pueden ser motivo de nulidad matrimonial (o no)

Maddoctor

#4 Ya, pero esa...Y masturbarse pensando en el vecino y soltarlo un día de vino en plan tenemos que contarnoslo todo...

Varlak

#3 Hombre, pues se supone que no... y si ocultas partes importantes, pues te puedes encontrar con que tu pareja se sienta engañada y lleguen a este punto

Maddoctor

#19 Volviendo al caso. Qué yo en mi intimidad me vista de mujer, qué motivos le da a un juez para considerar nulo el matrimonio? Como si fuera una infidelidad o un lucro no manifiesto? Qué se divorcie y listo si considera que eso es motivo de separación.

editado:
Por cierto a poco después de 8M una mujer que habla de ropa de hombre y de mujer.... pensé que lo de falda y pantalón ya estaba superado...

Varlak

#22 lo dice la noticia: es un hecho que el hombre ocultó y que habria hecho que la mujer decidiera no casarse. Me da igual que la razón sea que te travistes, que eres del madrid, que tienes una amante o que te gusta la coprofagia, ninguna de esas cosas son ilegales pero puede ser razón suficiente para no casarte con alguien. Al final quien decide qué es una razón suficiente para no casarse con alguien es la pareja, no somos ni tu, ni yo, ni el juez.

Maddoctor

#23 Cualquier escusa puede valer para decidir no haberse casado...

Qué equivocas la libertad de divorciarte con la aplicación de anulación de matrimonio por causas mayores (adulterio, fines lucrativos, etc).

El que decide es el juez precisamente, si no jamás habría divorcios, serían siempre anulaciones de matrimonio.

Las repercusiones legales y las diferencias son enormes.

Varlak

#25 Pero porqué el adulterio es una causa mayor y este engaño no? De hecho en general un adulterio es divorcio y esto es anulación.

Maddoctor

#26 Es que no lo es, pero precisamente es un ejemplo de la locura de este acto, porque lo dice la ley....

Las causas de nulidad del matrimonio civil, se enuncian en el art. 73 del Código Civil de la siguiente forma:

1.º El matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial.

2.º El matrimonio celebrado entre las personas a que se refieren los artículos 46 y 47, salvo los casos de dispensa conforme al artículo 48. Se refiere a los matrimonios celebrados por menores no emancipados, personas con vínculo matrimonial no disuelto.

3.º El que se contraiga sin la intervención del Juez de Paz, Alcalde o Concejal, Secretario judicial, Notario o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos.

4.º El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento.

5.º El contraído por coacción o miedo grave.

A las que habría que añadir la que afecta por la incompetencia o falta de nombramiento legítimo del Juez, Alcalde o funcionario que lo autorice (art. 53 CCivil).

Que nulidad y divorcio son conceptos jurídicamente muy diferentes.

El primero implica que el matrimonio nunca existió y para ello las causas son bien claras.

Varlak

#27 Si, y esto cuadra totalmente con el punto 4, al menos para la persona de la noticia.

Maddoctor

#28 No para nada. Además que no depende de la interpretación o sentimientos de la persona, sino del juez.

Varlak

#29 De la noticia:
La sentencia, con el juez Francisco Javier Pereda como ponente, concluye que en 1975 el hombre ya se vestía de mujer y que su esposa, de haberlo sabido, no se habría casado, llegando al conocido como "error en la cualidad personal" del artículo 73.4 del Código Civil. Que la pareja sepa si su futuro marido se viste de mujer "es sin duda significativo en la configuración" del "consentimiento matrimonial" ya que es una "condición", según la sentencia, que "puede ser repudiada razonablemente por quien pretende contraer matrimnonio y mantener una convivencia prolongada en el tiempo con la pesona que lo practica".

El travestismo, dicen los jueces, "no es ajeno a la creación de una apariencia de condición femenina, ni a un trasfondo erótico, y constituye por ello una condición personal". El "error" que alega la mujer, explica la sentencia, "no guarda relación con la coindidencia de rol sexual, pues hoy en día está reconocido el matrimonio homosexual, sino con la aceptación libre y recíproca de la forma de construir conjuntamente la relación sexual y con la exigencia de honestidad al plantear el matrimonio".

A mi me parece bastante razonable. Ha ocultado voluntariamente y durante medio siglo una "cualidad personal que hubiera sido determinante a la prestación del consentimiento". Me parece indiscutible.

Maddoctor

#30 Ya verás como no, habrá recurso. Es que cae de cajón. Por eso cabe recurso ante las sentencias judiciales.

La noticia ya la leí, precisamente comento que es una locura.

Varlak

#31 Bueno, a mi no me parece una locura, pero en fin. Tambien es verdad que nunca he entendido muy bien el concepto de matrimonio, simplemente me limito a interpretar lo que dice la ley y me parece que cuadra totalmente.

Maddoctor

#32 Pues no, te cuadrará para matrimonio eclesiástico no civil.

Varlak

#33 Pues no se ¿La ley que me has pegado en #27 es eclesiástica o civil?

Maddoctor

#34 civil

Varlak

#35 pues segun lo que has pegado, la nulidad tiene todo el sentido del mundo

Maddoctor

#38 Vale.

Maddoctor

#34 Mira, yendo un paso más allá, ocultación de homosexualidad (que no es el caso, pero parecería un grado mayor de ocultación)

https://www.domingomonforte.com/nulidad-matrimonial-ocultacion-dolosa-de-la-homosexualidad-indemnizacion-por-dano-moral/H

Varlak

#36 no he entendido nada

Varlak

#9 Pues exáctamente lo mismo. No entiendo tu comentario.

D

Ahora ha sido la Audiencia Provincial de Barcelona la que ha dado la razón a la mujer declarando la nulidad del matrimonio y atribuyendo a la mujer el uso de la vivienda familiar hasta que se produzca la división.

Como en toda separación o divorcio, busca el dinero: La mujer ya tenia el divorcio sentenciado, pero me da a mí que tenian separación de bienes, así que se quedaba con poco cacho, así que pide nulidad para asi poder reclamar daños y perjuicios por vicio de consentimiento. Un matrimonio es un contrato civil al fin y al cabo, si yo te alquilo un terreno diciendo que tiene agua y es estupendo para frutales y luego resulta que tras perforar 20 catas no hay ni gota vas al juzgado y pides la nulidad y daños y perjuicios.

ContinuumST

"La sentencia, con el juez Francisco Javier Pereda como ponente, concluye que en 1975 el hombre ya se vestía de mujer y que su esposa, de haberlo sabido, no se habría casado, llegando al conocido como "error en la cualidad personal" del artículo 73.4 del Código Civil."

¿Qué? ¿Cómo? ¿Esto existe? ¿En serio?

D

#6 es lógico que exista este supuesto. Imagínate que alguien se casa y descubre después que su cónyuge estuvo en la cárcel por algún delito que le cause repugnancia y nunca se lo dijo, pues a lo mejor se siente engañado al punto en que desea anular el contrato que han firmado (que eso es un matrimonio, al fin y al cabo). Otra cosa es este caso particular que sinceramente parece un poco cogido por los pelos.

inventandonos

#10 de acuerdo con lo del delito, pero travestirse no me parece una razón de nulidad, igual que no lo puede ser que te guste más la tortilla sin cebolla... y mira que me cuesta entender a esa gentuza sincebollista

D

#11 #13 por eso he puesto que este caso está cogido por los pelos. Pero respondo a por qué existe cierto artículo que permite anular el matrimonio.
Me parecía bastante obvio que no hablaba del caso de la noticia.

Kantinero

#10. descubre después que su cónyuge estuvo en la cárcel

Tu ejemplo creo que no es válido, si hay cárcel hay delito, lo de travestirse no es ningún delito, entiendo que menos con la nueva ley.

earthboy

#10 Comparas que alguien se vista libremente (si controla como te vistes es maltrato) con cometer un delito.

D

#40 has llegado a la última frase de mi comentario de cuatro líneas en la que digo que "otra cosa es este caso"?

No sé, me parecía bastante obvio que una cosa es explicar porqué existe un supuesto legal y otra comparar o decir que este caso pueda incluirse.

RoterHahn

#6
"error en la cualidad personal" del artículo 73.4 del Código Civil."
Mejor que no se entere mi mujer. roll

Gol_en_Contra

Si que se enfadó la esposa.

LeMat_

Esto roza la transfobia, estoy bastante seguro de que puede deninciarla.

mudit0

¿Josémari por la noche es Mariví?
.

hasta_los_cojones

Homofobia

a

una mujer diciendo a su hombre como no debe vestir igual a nulidad del matrimonio

un hombre diciendo a su mujer como no debe vestirse igual a cerdo machista.

esto lo llaman igualdad.

Varlak

#17 Nadie le ha dicho cómo se tiene que vestir, simplemente le ha dicho que a ella no le gusta y no se hubiera casado con él de saberlo. De verdad, que cualquier excusa os vale para venir a hablar de vuestro libro ¿eh?

ChukNorris

Pues no entiendo muy bien la diferencia entre nulidad y divorcio, si una nulidad tras un matrimonio tan largo genera los mismos (beneficios) en cuanto a pensión, cotizaciones y todas esas cosas ...

P

Menos mal q Pablín no se ha casado...
aunq este es más de bondage.

Me lo pongo que no es de Cs ni de Vox,y no ha barra libre.