Hace 2 años | Por --630601-- a elpais.com
Publicado hace 2 años por --630601-- a elpais.com

El hecho de golpear "fuertemente" y recortarle las orejas a un cachorro, con fines estéticos, no constituye delito de maltrato animal. Así lo ha considerado la Audiencia Provincial de Valencia en una sentencia que se puede consultar en este enlace. El tribunal razona que un falso veterinario no actuó con el propósito de causarle “un padecimiento grave al animal”, que falleció después de la intervención y de que le pegara para “mostrarle autoridad”.

Comentarios

baraja

#2 Meneante español comentando como meneante español, sin conocimientos jurídicos y sin haberse leído la sentencia. Estamos acostumbrados. Tampoco va a cambiar nada

D

#4 Claro que si... Meneante que sabe desde su sofá qué conocimientos tiene el meneante al que comenta...

El corte de orejas por motivos estéticos está prohibido en España desde el 1 de febrero de 2018, fecha en que entró en vigor el Convenio Europeo sobre Protección de animales de Compañía. Golpear animales de compañía, también...

Hay jueces del siglo XXI y jueces del siglo XX. En sus sentencias se vislumbra qué tipo de jueces son... Cierto es que si les dejamos entreabiertas puertas para hacer de su capa un sayo, lo harán. Por ello hay que legislar mas y de forma aun mas clara. En este tema y en muchos otros.
En camino tenemos la ley estatal de bienestar animal, que se retrasa demasiado, que será aun mas restrictiva en cuanto al maltrato animal.

Unas noticias relacionadas:

https://www.lavanguardia.com/natural/heroes-villanos/20180927/452055709448/condenado-cortar-orejas-rabos-perros.html

https://www.lavanguardia.com/natural/20180201/44445948055/cortar-cola-orejas-mascotas-peros-gatos-prohibido-espana.html

https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/10708-ultimas-sentencias-sobre-maltrato-a-los-animales/

Para ahondar en el tema:

Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalidad Valenciana, sobre Protección de los Animales de Compañía. (Lugar donde ocurren los hechos)

https://www.boe.es/eli/es-vc/l/1994/07/08/4/con

Código de Protección y Bienestar Animal. (Nivel nacional)

https://www.boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=204&modo=2¬a=0&tab=2

Un saludo!!!

baraja

#13 Una parrafada para reconocer no haberse leído el artículo ni la sentencia.

El típico meneante

o

#2 ¿Lo mismo una recortada de orejas y un par de patadones en el lomo?

Al parecer no es para tanto, ¿no? roll

Anomalocaris

#8 #12 No. Es para mostrarle autoridad. Hay que joderse con la lógica que se gastan algunos.

x

¿No se pasó una ley que prohibía la amputación de orejas y rabo de los perros por motivos estéticos? ¿Tenemos otro juez prevaricador?

baraja

#5 Si nos ponemos a leer el artículo puede que incluso veas que sí que se le ha condenado por algo

Ze7eN

#5 Creo que haces referencia a la nueva Ley de Bienestar animal que está preparando el Gobierno y que todavía no ha sido aprobada.

x

#10 Pensé que ya lo estaba, gracias.

D

#10 No, hace referencia al Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía que entró en vigor en España en 2018.

Ze7eN

#16 Gracias por la información. Le he echado un vistazo al texto de ratificación del convenio aprobado en el BOE, pero en ningún momento veo que hable por ejemplo de la amputación de orejas y rabo de los perros por motivos estéticos. Creo, por lo tanto, que te equivocas.

Ese convenio parece un poco papel mojado, sobre todo vista la sentencia de este juez.

D

#17

ARTÍCULO 10
Intervenciones quirúrgicas
1. Se prohibirán las intervenciones quirúrgicas cuyo objeto sea modificar la apariencia de un animal de compañía o conseguir otros fines no curativos y, en particular:

a. el corte de la cola;

b. el corte de las orejas;

c. la sección de las cuerdas vocales;

d. la extirpación de uñas y dientes.

2. Sólo se permitirán excepciones a estas prohibiciones:

a. si un veterinario considera necesarias las intervenciones no curativas, bien por razones de medicina veterinaria, o bien en beneficio de un animal determinado;

b. para impedir la reproducción.

3.

a. Las intervenciones en las cuales el animal vaya a sufrir o pueda sufrir dolores intensos sólo podrán efectuarse con anestesia y por un veterinario o bajo su supervisión.

b. Las intervenciones que no requieran anestesia podrán ser efectuadas por una persona competente con arreglo a la legislación nacional.

Ze7eN

#18 Gracias, había usado el buscador con la palabra "estético" y por eso no lo encontraba.

D

#17 #5 Se juzgan hechos de 2014, ergo esta ley no se aplica.

Ze7eN

#19 Eso te iba a decir, se aprobó en 2017.

Cuesta creer que en 2014 no hubiera una ley que amparara el bienestar animal. Afortunadamente parece que en los últimos años se están dando pasos en la buena dirección.

Ze7eN

Estaría bien hacérselo al juez que ha dictaminado semejante atrocidad, lo de golpearle y recortarle las orejas, digo. Pero no con ánimo de causarle un padecimiento grave al animal, eh, Dios me libre. Solo con fines estéticos y para mostrarle autoridad, ya tú sabes...

Pointman

A ver si lo he entendido: un señor, jugando a ser veterinario sin serlo, golpea y opera sin necesidad a un animal que acaba muriendo... pero no es maltrato por que no había intención de causar daño...

Pues que no se enteren en las cárceles, que seguro que están llenas de gente que tampoco tenía intención de causar "padecimiento grave" a nadie.

D

Pos fale... Creo que al fondo a la derecha está la mesa con los pins...

mund4y4

Ostia puta.

J

#24 Por cierto, la noticia es sensacionalista, el juez no puede inventarse lo que es o no es, aplica las leyes, y aparentemente eso han hecho en este caso. Tal como están las leyes, tendría que haber existido un padecimiento grave en la operación, y dolo en el golpe.

D

Que le corten las orejas y le apaleen a ver si le parece bien al falso veterinario. Total, los jueces no lo consideran maltrato.

J

Tendrán que recurrirlo y muy posiblemente ganen el recurso.

El "veterinario":
- No estar titulado
- Prácticar una operación ilícita, el corte de las orejas con fines estéticos
- Golpea al animal fuertemente, lo que procovó su muerte.

Por otra parte, el dueño tiene lo suyo porque "no sabía" que esa operación era ilegal. Hasta diría que fue justamente a un veterinario no titulado porque es el accedía a dicho tipo de operaciones, pero bueno, vamos a asumir que honestamente no lo sabía. Si tienes animales que quieres no los confies a cualquiera y pon un poquito de interés en informarte siempre de cualquier procedimiento, y de los profesionales que le tratan.

J

#23 Tampoco es mi intención hacer de abogado del diablo, así que me limito a comentar un poco lo que dice la sentencia...

El día 12 de marzo de 2014, D. Gines llevó a su perro al domicilio del acusado donde, previa administración de la oportuna anestesia total, este le cortó las orejas. Dicha intervención no era necesaria para la salud del animal y le produjo un padecimiento grave, precisando puntos de sutura y tratamiento veterinario.

Entiendo que el juez justamente dice que no es un padecimiento grave. Entiendo que no discute en sí mismo que haya maltrato o no, solo que en los hechos probados se considera como "grave" porque sí. Y que en la legislación vigente era necesario.

Por supuesto, el fallecimiento del animal, causado mediante un maltrato injustificado, sí es plenamente subsumible en el precepto legal citado. Sin embargo, debemos matizar que este delito solamente puede cometerse en forma dolosa, [...] En cambio, la causación imprudente de la muerte no está prevista expresamente, por lo que no es punible, de conformidad con el art. 12 del Código Penal (LA LEY 3996/1995)

Esto tiene que ver con qué ley estaba vigente en el momento de los hechos. No me puesto a mirar a fondo lo que dice cada una. Básicamente, que el daño tendría que ser intencionado para considerarse maltrato. Los hechos son de 2014, así que no aplican otras leyes.

PS: Me hace gracia, que en su defensa alega que no es veterinario, y que no se pidió ningún certificado al colegio de verinarios para certificar que no lo es, y que no tiene actividad como tal. Ya, coño, si todos sabemos que no lo eres, pero sí sabemos que tenías una mesa metálica, que realizaste una operación bajo anestecia. lol