Hace 10 días | Por senfet a confilegal.com
Publicado hace 10 días por senfet a confilegal.com

La mujer le llevaba al joven 5 años. Había estado casada antes. De la relación con su joven novio se quedó embarazada. [...] La sentencia de apelación absuelve también a la joven del delito de inducir al menor a abandonar el domicilio familiar, al no entender probado que ejerciera tal influjo –había sido condenada a otros 6 meses de prisión– pero mantiene inamovible la multa de 1.620 euros que también había recaído sobre ella por delito de quebrantamiento de medidas cautelares.

Comentarios

QAR

Mujer y gitana. Tenía todas las papeletas para recibir un trato… benigno, digamos.

Manolitro

Strike alert: comenten bajo su propia responsabilidad

senfet

#4 Pues #2 me pide que ponga etiquetas... Pensaba poner "responsabilidad irresponsable"

CC #5

D

En que momento hemos aplicado perspectiva de etnia en la justicia ?

makinavaja

#10 Pues igual que se aplica la perspectiva de género, también la étnica... son los nuevos tiempos...

a

Alguna noticia de las opiniones de Irene Montero, Ione Belerra y Angela Rodriguez Pam sobre esta agresión y condena.
roll roll roll
Ya me parecía a mi.....

b

#13 A mí me gustaría conocer la opinión de Ayuso, pero como la noticia va de pobres, ya ves. No eres el único que tiene calzadores para cualquier ocasión, ya ves.

s

Ithilwen2

Da igual que la agresora sea gitana o paya. Asi solo perpetuamos los prejuicios raciales.
#0, Las etiquetas demasiado genéricas.

senfet

#2 "Da igual que la agresora sea gitana o paya". Pues parece que no:

En el juicio, la defensa de la joven alegó que ambos tenían una relación amorosa recíproca, recordó que los dos son gitanos y en su etnia es frecuente casarse con 13, 14 ó 15 años

makinavaja

#6 Por mucho que en su etnia sea frecuente casarse con 13, 14 ó 15 años, eso no es legal en España, y las relaciones sexuales con esa edad se entienden como no consentidas... a ver si empezamos a aplicar la ley igual para todos...

senfet

#7 Otra cosa que no tiene mucho sentido:

La sentencia de apelación absuelve también a la joven del delito de inducir al menor a abandonar el domicilio familiar, al no entender probado que ejerciera tal influjo

[...]

Fue entonces cuando, 15 días más tarde, la acusación pública sostenía que la joven se desplazó hasta el instituto de Segovia donde el menor cursaba estudios para, haciéndose pasar por su tía, contactar con él en la puerta del centro educativo y pedirle, con éxito, que regresara con ella a Valladolid para reiniciar su relación de pareja.

Así, la pareja continuó haciendo vida en común en Valladolid en varias casas abandonadas[...]

Diciembre2024

Son sus costumbres y hay jurisprudencia al respecto.