Hace 2 meses | Por tropezon a rtve.es
Publicado hace 2 meses por tropezon a rtve.es

El Tribunal Supremo considera delito contra la libertad sexual quitarse o no usar el preservativo habiéndolo pactado, o impuesto, al prestar el consentimiento. La pena que ha de fijarse deberá ser la propia de una penetración sin consentimiento . El Tribunal Supremo (TS) declara por unanimidad que estos casos (denominados 'stealthing') pueden considerarse delitos contra la libertad sexual

Comentarios

t

#1 #2 Llegué tarde.
Para variar el sistema no me avisaba nada. E incluso buscando por preservativo tampoco

makinavaja

¿Y dejar de tomar la píldora también será delito?

Vamvan

#3 Ponte condón cuando folles.

Caravan_Palace

#3 según la web confilegal, si

Bueno, dejar de tomarla no , se entiende que el delito sería mentir sobre ello a la pareja y quedarse embarazada

Por tanto: ¿Se podría acusar a una mujer que engaña a su pareja hombre a tener una relación sexual con la creencia que ella no se va a quedar embarazada, es posible delito de abuso sexual?

Yo entiendo que sí.

El Código Penal español dice que es abuso sexual: “El/la que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses”.

Según la Real Academia de la Lengua Española, indemnidad es el «Estado o situación de quien está libre de daño o perjuicio». Perjuicio es el hecho de tener que aceptar en contra de su voluntad a un hijo, no deseado.

Por ende, creo que sería plausible denunciar a una mujer que se queda embarazada sin el consentimiento del hombre con el que ha mantenido relaciones sexuales libres, pero bajo engaño.

Pero es más, creo que existen dos delitos conexos en este caso: Para poder quedarse embarazada la mujer debe haber engañado al hombre. Y eso es delito.

El Código Penal es muy claro cuando dice que: “Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”

QAR

#0 Ya es la tercera vez que se envía desde ayer: http://menea.me/2cjjb