Procedimiento (#FI_V)

Dada la proximidad del inicio del nuevo curso, se recuerda a los gestores de centros mediocrizadores la obligatoriedad de seguimiento del protocolo 137 (apartados 137.2-A y 137.2-B) sobre “implementación logística para el funcionamiento normativo del procedimiento de desexcelencia”.

En particular, será diligenciada, con adecuada anticipación, la reposición semestral de stocks de bebidas azucaradas, bollería industrial, dispositivos audiovisuales y mobiliario de reposo. La previsión será, consecuentemente con la directriz 137.8-A, inferior a la del curso anterior. De producirse un incremento, deberá justificarse en base a crecimiento vegetativo positivo en la demarcación territorial, resultados anómalamente elevados de las pruebas en los centros de clasificación o, en su ausencia, una propuesta de ajustes en el condicionamiento conductual operativo. En caso de incumplimiento se iniciará, de oficio, un proceso de disciplinamiento local, que pudiera desembocar en una higienización del territorio vía el sistema de canalización y potabilización hídrica.