Hace 15 años | Por --139700-- a elcorreodigital.com
Publicado hace 15 años por --139700-- a elcorreodigital.com

El Ayuntamiento de la localidad guipuzcoana de Arrasate ha retirado una serie de carteles colocados en varias zonas del Casco Viejo del municipio, en los que se homenajeaba a miembros de la organización terrorista ETA. La retirada de los pasquines se ha realizado tras remitir la Ertzaintza a los responsables municipales un requerimiento en el que se recordaba la normativa vigente relacionada con la exhibición de este tipo de carteles y se daba al Consistorio un plazo máximo de de 24 horas para retirarlos.

Comentarios

D

#4 Exacto, las estatuas tenían un afan enaltecedor, y las fotos un afan reivindicativo y de reconocimeinto... idem, y los jueces suelen saber más que usted de la ley

francisco

#76, no, si De Juana es famoso por su tarea en la divulgación del Euskera, no te jode.

Cumplio su condena, si, pero eso no borra lo que es. No defendamos a escoria como De Juana por favor, todo tiene un límite, si quieres defender a Otegi que después de su condena está "centrado" en la política vale, pero no pretendas defender a un terrorista lo bastante hijoputa para alegrarse de la muerte de los demás que no ha hecho nada más relevante en la vida que matar gente.

No jodamos en exceso, De Juana lo único que ha hecho en los últimos 35 años es ser terrorista.

D

#26 Veo que ha manejado pocos textos jurídicos:

Artículo 578. Redacción según Ley Orgánica 7/2000, de 22 de diciembre.

El enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años. El Juez también podrá acordar en la sentencia, durante el período de tiempo que el mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57 de este Código.

Colocar la foto de un asesino en el pueblo del asesinado se considera por todas las sentencias a partir de esta ley como enaltecimiento al terrorismo por constituir una grave afrenta a las víctimas.

D

#68 Me hace mucha gracia la gente que cita algo que debería ser tan sagrado como la Declaración Universal de Derechos del Hombre para apoyar el derecho a pegar pósters de terroristas por las calles. Me parece como mínimo, infantil. Me pregunto qué pensarías si alguien invocara el derecho a no ser molestado por sus opiniones si estas incluyeran el apoyo explícito a los militantes del Batallón Vasco Español, el enaltecimiento de gente como Franco, José Antonio Primo de Rivera o Ynestrillas, la difusión de artículos de prensa prometiendo dolor a todos los vascos separatistas o la creación de una red "intelectual" de apoyo al exterminio de los que quieren la independencia de Euskadi. Al fin y al cabo, serían delitos de opinión.

A mí, desde luego, me parece que habría que perseguirlos dentro de lo que permita la ley.

La_patata_española

#50, el despliegue y exhibición victimista de determinados simpatizantes no entiende de razones, explicaciones, lógica o hechos. Tu paciencia y aportaciones son dignas de alabanza. Pero este tipo de victimismo solo entiende de cubrir cuanto más mejor, incluidos muertos si hace falta, derechos humanos, pluralidades y opiniones. No de dialogar o aportar y recibir.

D

Venga vale. Pongamos que de aquí en adelante poner una foto de un preso de ETA es enaltecimiento y se mete a la carcel a quien lo haga. (Digo "de aquí en adelante" porque hasta ahora nunca lo ha sido)

¿Donde ponemos el límite? ¡Porque digo yo que la madre del preso no va a tener que tirar las fotos de su hijo de su casa a la basura por miedo a que le digan que es enaltecimiento!

¿En la calle no y en lugares cerrados sí?
¿Si son familiares y amigos sí y sino no?

Por favor, quien defienda estas medidas proponga donde pondría el límite.

D

#38 Vale, lo has buscado y no lo encuentras. Como yo. Gracias.

francisco

#8, supongo que si te ponemos una foto de franco, primo de rivera, hitler y mussolini en el portal de tu casa te parecera lo mismo entonces que si sonm Gandhi, la madre Teresa, Einstein y Pasteour...

¿no?

Para mi es que si importa quién sale en la foto, salvo que sea un tema artístico...

D

#31 Al #27 quieres decir... y yo de nuevo a los dos últimos parágrafos de #28.

D

#50 Tenemos todos los datos menos las sentencias condenatorias por colocar fotografías de militantes de ETA Lo dicho, que colocar una fotografía de un militante de ETA constituya enaltecimiento del terrorismo es una interpretación subjetiva.

#51 No creas que lo que me preocupa es que no se puedan colocar fotos de militantes de ETA por las calles sino que se le metan palos a la libertad de expresión.

D

#19, #23 Yo tampoco, como #26. En todo el documento no he encontrado ni "imagen" ni "fotografía" ni "símbolo" ni nada por el estilo.

#27 Pero lo que tú decías era que una colocar la foto de un terrorista era enaltecimiento del terrorismo y que así lo recogía la ley, pero eso no aparece por ninguna parte en los textos que has aportado. Eso que tú decías solo se puede extraer en base a interpretaciones subjetivas.

¿Entonces si se coloca una foto de un miembro de ETA, *solo una foto*, en apoyo a ese preso porque ha sido torturado también es enaltecimiento del terrorismo?

D

#52 ése aspecto ya ha sido explicado, no hay sentencias firmes puesto que se han empezado a retirar las fotos recientemente, aunque si hay una extensa jurisprudencia al respecto en cuanto a enaltecimiento desde el 2000. Ocurre además algo que quizás se le haya pasado, con la ilegalización de muchas candidaturas de ANV el número de municipios que se arriesgan a una denucia de este tipo es muy baja, y en cuanto existe una orden desde la diputación provincial de retirar las fotos se hace, ya que hasta que no pasa un plazo de vienticuatro horas no se interpone denuncia.

#51 La libertad de expresión está regulada por la ley, pero sin duda yo estaría con usted, si manifestara la misma preocupación por la libertad de expresión de los justificadores del asesinato que por el derecho de los familiares de los asesinados a no ver la cara del etarra que les dejó sin padres, sin hermanos, o sin hijos.

D

#22 Si entraron sin una orden judicial es que era un lugar público.

La sectas y las mafias hay que erradicarlas y la publicidad hace más dificil su erradicación luego no veo nada de malo en prohibir su publicidad, aunque sea subliminal.

D

#7 El límite lo pone la ley, en las casas de los familiares de ETA es un lugar privado y por lo tanto el reconocimiento a la "labor" de su familiar entra en el ámbito de lo privado, con lo que no es delito, sin embargo reivindicar "el trabajo" de los asesinos etarras es un delito de enaltecimiento, y ésa es el fin que la ley establece que tienen las fotos colgadas...

Es más, sin ser etarras ni nada, existen leyes por las cuales no se pueden colgar carteles en fachadas públicas.

D

#61 Varias veces ha preguntado lo mismo, y varias veces le he contestado, no puedo hacer más... y como agnóstico no creo en los milagros.

Saludos.

D

#21 Pues ayer mismo entro los ertzainas en la sociedad Marruma de Gros (Donosti). Pidieron al responsable que quitase las fotos de los presos, y tras la negativa, le amenazaron con que le pondrían una denuncia por enaltecimiento.

¿Se ha pasado ya el límite?

D

#65 Pero, tras ver que una fiesta de homenaje a los presos de Hernani no constituye ningún delito (según el Juzgado), ¿sigues opinando que mostrar unas fotos sí lo es?

Es lo que quería preguntarte. Tal vez la sentencia que te he mostrado te ha hecho cambiar de opinión...

D

#67 Yo por eso soy contrario a los delitos de opinión como el enaltecimiento. Son tan subjetivos que la labor interpretativa del juez lo hace muy peligroso.

Recordemos, de paso, lo que dice la Declaración Universal de Derechos del Hombre:

"Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir información y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión"

D

#9 ¿Y en las "Herriko Tabernas"? ¿Y en sociedades privadas?

D

#2 Por cierto, que una estatua de Franco no se retira por enaltecimiento. Ni se amenaza a quien lo puso (o a quien no quiere quitarlo) a meterlo en la carcel por enaltecimiento.

D

#76 Que raro tenia entendido que De Juana Chaos asesino a 25 personas, pero se ve que que iba por libre, no tenia nada que ver con ETA.

D

#62 Yo he dicho que considerar que colocar una fotografía de un miembro de ETA es enaltecimiento es algo subjetivo y tú me lo has confirmado aunque me has dicho que la ley está por encima de nuestras opiniones y que esta lo considera un acto de enaltecimiento. Y, sin embargo, no hay ninguna ley ni ninguna sentencia que recoja lo que tu has dicho. Y no me trates de ud. anda, que no soy tan mayor.

D

#66 En todo caso, que portar monigotes de militantes de ETA en una procesión en un pueblo sea enaltecimiento y homenajes a presos en las fiestas de otro no, creo que deja bastante claro que todo esto está sujeto a las circunstancias y características concretas de cada caso y también a las interpretaciones que se hagan a la hora de juzgarlos.

D

#79 También ha sido perseguido y encarcelado por escribir artículos de opinión, su última estadía en prisión ha sido como preso político.

D

#10 Tu consideras que no hay diferencia entre fotos y estatuas. Yo sí.

D

#13 ¿Dice eso la ley? ¿Dónde? No lo se, eh.

D

#2 Pero las estatuas, las que yo conozco, tienen finalidad enaltecedora o memorial ¿no? Ahora, una foto, psss...
#3 Colgar simples fotos de terroristas no puede ser enaltecimiento del terrorismo, lo cojas por donde lo cojas. Me gustaría ver los carteles retirados para poder decidir.

D

#33 Ya le he buscado la ley, no encontraba el artículo y se lo he dado masticado, ¿quiere que le dé tambien una relación de sentencias? si quiere lo hago, pero por eso cobro.

#32 Lo siento, con tanto número me pierdo, explique mejor lo que quiere decir.

#34 Claro que tiene que ver, en ambos casos se está cumpliendo las leyes al respecto.

Lo dicho señores, si no están de acuerdo con la legislación vigente, en vez de entrar aquí sin conocimiento de la misma a dar la vara, primero entérense, y luego luchen pacíficamente por cambiarla, para eso tienen mi apoyo.

D

#14 En una sociedad privada digamos una empresa, si cuelga la foto en una dependencia pública también debe ser retirada, en el caso de que sea el despacho o unos dependencias privadas pueden tener si quieren hasta un altar con las fotos de Otegui y de Juana Chaos.

s

las fotos están colocadas a tamaño XL en la vía pública. ¿Y si fueran las de un pedófilo? ¿Las de Franco?
Basta de tonterías sobre la ley, todos sabemos que el único sitio donde deberían de estar esas fotos es en las comisarías.

D

#44 Volvemos a lo de siempre. Que una foto con la imagen de un miembro de ETA sea enaltecimiento del terrorismo queda abierto a las especulaciones y a las características del caso concreto.

#46 Pero ahí dice que están absueltos ¿?¿?

aupa

Según el código penal español: Es apología, a los efectos de este Código, la exposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor. La apología sólo será delictiva como forma de provocación y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito.

aupa

Por cierto, las fotos de Otegi y de De Juana Chaos no son fotos ni de presos ni de etarras.

aupa

¿ha cumplido su condena? Sí, pues ya está, ni es preso ni es etarra.

aupa

#79 ¿defender? yo no soy abogada de nadie, digo que la foto de un fulano que era miembro del grupo armado X y que ha cumplido su condena, no es una foto ni de un preso (porque ya no es preso, está libre con condena cumplida) ni de un integrante en banda armada. Y donde dice "fulano" y "X" pones los casos que prefieras (que cumplan las condiciones, claro está, de haber estado en banda armada y haber cumplido la condena).

D

#51 YO he intentado mantener el debate en el ámbito de lo legal... otra cosa es que no haya logrado hacerlo ya que ninguno de los artículos que he colgado han sido rebatidos con argumentos legales (porque no es posible).

D

#64 NO, para mi, si un juez dice que no hay enaltecimiento, no lo hay, puesto que sabe más de leyes que yo. Al igual que para mi, si la policía vasca retira las fotos por una orden de la consejeria de interior del gobierno Vasco lo doy por ajustado a la ley ya que son ellos los que están encargados de hacerla cumplir. Quizás sea esto lo que no comprende.

D

#16 lo tiene fácil, consultela o quiere que le haga el trabajo?

Bueno... se lo hago: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo7-2000.html

D

#66 No, no me ha hecho cambiar de opinión porque yo no hablaba aquí de mi opinión sino de la ley, dejar que el acto que usted cita se llevó a cabo bajo la decisión de un juez, por lo tanto yo no puedo discutirle que no encontrara indicios suficientes aunque para mi los hubiera, pero de la misma manera al ser al policia vasca un parte de un poder del estado, tampoco puedo discutirle su potestad para denunicar hechos que según sus directrices creen delictivos.

Lo que no parece entender es que el ayuntamiento de Arrasate ha decidido retirarlas, y lo ha hecho sin oposición, ya que tenían otro camino, que era dejarlas, que pasara el plazo fijado y entonces la policia vasca debería haber denunciado ante el juez, retirando las fotos como medida cautelar y esperando a que el juez se pronunciara. Y desde luego ni que decir tiene que los familiares o simpatizantes de estos asesinos pueden llevar todos estos casos a los tribunales para defender los que crean sus derechos.

D

#58 Creo que aunque le explique lo mismo mil veces con mil argumentos distintos usted no querra entenderlo, es lo que tiene el exceso de ideologización, como decía Ortega y Gasset, es muy difícil abstraerse a los planteameintos de base, que se dan por supuestos y que constituyen una raíz tan profunda que nunca serán puestos en duda... ése es desgraciadamente su caso.

D

#8 Por ése mismo razonamiento también una estatua de franco puede estar sujeta a la interpretación subjetiva y personal.

D
D

#52 ése aspecto ya ha sido explicado, no hay sentencias firmes puesto que se han empezado a retirar las fotos recientemente, aunque si hay una extensa jurisprudencia al respecto en cuanto a enaltecimiento desde el 2000. Ocurre además algo que quizás se le haya pasado, con la ilegalización de muchas candidaturas de ANV el número de municipios que se arriesgan a una denucia de este tipo es muy baja, y en cuanto existe una orden desde la diputación provincial de retirar las fotos se hace, ya que hasta que no pasa un plazo de vienticuatro horas no se interpone denuncia.

D

¿Que ha sido torturado? bien, si ha sido torturado habrá una sentencie que lo corrobore, y al torturador se le habrá castigado, pero sigue siendo ilegal colgar la foto de un asesino en una plaza pública, la ley es clara al respecto.

#36 Creo que va siendo hora de que haga sus propios deberes, es muy fácil dejar la carga de la prueba siempre al mismo.

D

#12 su opinión y la mía son respetables, pero la LEY que cuenta más que su opinión y la mía, da la razón a aquellos que dicen que se trata de un delito de enaltecimiento, si está en contra de la ley, intente cambiarla por medios pacíficos.

En una Errikotaberna es un lugar pública, si hay una denuncia por parte de alguien se debe retirar, y si el ayuntameinto tiene conocimiento de la existencia hacerlo de oficio.

D

#22 Tienen todo el derecho a denunciar, y los denunciados a defenderse en los tribunales, en este caso los ertzainas tenían razón y les van a obligar a quitarla de cualquier lugar de acceso público, pero tienen derecho a defenderse en los tribunales, por eso estamos en un Estado de DErecho donde los amigos de los pistoleros y los pistoleros tienen todas sus garantías jurídicas aseguradas.

D

#25 No es ninguna "falacia" ya que en ambos casos constituye un delito, en este caso la estatuas de franco están prohibidas por la reciente ley de Memoria Histórica.

D

Bueno... he intentado explicarles la ley, ya tienen todos los datos, pueden seguir ustedes equivocados cuanto quieran, pero al menos no digan que no se les ha intentado explicar las cosas de forma sosegada y sin censuras a ninguna opinión.

Y les vuelvo a repetir, si quieren cambiar la ley, tienen todo mi apoyo siempre que sea por medios pacíficos.

#48 Lo siento, no me apetece volver al principio, usted puede verlo incomprensible, y yo lógico, de todos modos es su opinión y la mía, la ley esta por encima de ambas.

D

#29 ¿No digamos cosas raras, como pretendes meter en la cárcel a un muerto o al Estado?

#28 Le remito al mensaje 26

D

#45 no, la interpretación según la ley no es posible, si hay foto en lugar público, es delito...

D

#42 Pero si no te valen las leyes... y lo que quiere son noticas en prensa digital aquí tienes campeon:

http://www.lukor.com/not-esp/terrorismo/portada/08073021.htm

D

#39 NO lo he buscado puesto de nuevo desconoce de lo que habla, no hay sentencias firmes al respecto puesto que la aplicación de la ley es reciente, ya que los encargados de velar porque se aplicara era el gobierno vasco en manos del PNV, y hasta ahora no lo hicieron, las fotos de etarras salian como setas aunque la ley establece que es ilegal, es ahora cuando se empiezan a cumplir ése tipo de leyes, y por eso ahora ustedes se quejan... pero lo tienen fácil, como les digo solo tienen que luchar contra ellas de forma legal, empezando por recoger firmas, y terminando por convencer al PNV que se decida a defender sus tesis o las del PSOE

D

#42 Mientras yo doy fuentes, textos legales usted solo da opiniones

Aquí tiene lo que dice la ley sobre la jurisprudencia al respecto:

A tenor de lo preceptuado en el art. 578 del Código Penal. La jurisprudencia y la doctrina, entiende por delito de enaltecimiento del terrorismo una manifestación pública de alabanza, elogio. No es necesaria la utilización de los medios de comunicación social, basta que el medio elegido tenga capacidad de difusión y alcance público (S 9/5/96). El delito de apología no pretende prohibir manifestaciones ideológicas pues
sería contrario al art. 20 de la Constitución sino la reprobación de comportamientos delictivos.

D

#13 ¿Y una sociedad privada? Eso no me has contestado.

D

#23 No encuentro ninguna referencia al ámbito de aplicación de esta ley. Por eso pregunto donde pondríais vosotros el límite (si lo pondríais).

D

#69 "Me pregunto qué pensarías si alguien invocara el derecho a no ser molestado por sus opiniones si estas incluyeran el apoyo explícito a los militantes del Batallón Vasco Español, el enaltecimiento de gente como Franco, José Antonio Primo de Rivera o Ynestrillas"

¿Infantil? Gracias hombre. No se que te hace pensar que no voy a ser coherente con mi propia postura. Obviamente si digo que estoy en contra de los delitos de opinión me refiero a todos los casos (incluidos los que tu citas). Y con eso no digo que me parezca bien que se enaltezca o se calumnie. Solo digo que son palabras/opiniones y en mi opinión no deberían tener castigo penal.

D

Relacionado:

http://www.diariovasco.com/20090624/politica/juzgado-permite-homenajes-presos-20090624.html

#62 Para ti supongo que esto también sería enaltecimiento (con más razón que unas simples fotos). En cambio, un juzgado ha decidido que no hay razón para prohibir el acto. Tu teoría de "los dos tenemos opiniones y los juzgados me dan la razón a mí" tal vez no funciona.

D

#15 Todas esas leyes tienen un límite bien establecido. Por eso pregunto si esta nueva moda de decir que las fotos son enaltecimiento también lo va a tener, y donde lo pondríais.

D

#27 "Colocar la foto de un asesino en el pueblo del asesinado se considera por todas las sentencias a partir de esta ley como enaltecimiento al terrorismo por constituir una grave afrenta a las víctimas"

¿Eso lo ha dicho un juez en sentencia firme? ¿O es tu interpretación?

D

#41 "no hay sentencias firmes al respecto puesto que la aplicación de la ley es reciente, ya que los encargados de velar porque se aplicara era el gobierno vasco en manos del PNV, y hasta ahora no lo hicieron"

#27 "Colocar la foto de un asesino en el pueblo del asesinado se considera por todas las sentencias a partir de esta ley como enaltecimiento al terrorismo por constituir una grave afrenta a las víctimas"

Muy coherente.

D

#35 Hombre, decir que hay sentencias que lo demuestran y no poner ninguna fuente... Venga, búscalo y me cargas la factura a mi cuenta.

Yo ya lo he buscado y no encuentro ninguna sentencia firme ("un juez investiga...", "la ertzaintza retira...").

Seré muy malo con Google.

D

#30 Pues eso, que no tiene que ver un caso con el otro.

D

#11 y #15 las Herrikos son lugares públicos , las sociedades privadas a puerta cerrada y sin subvenciones del gobierno no.

Con suerte cuando acaben con eta irán a por las sectas y los nazis que también son expertos en publicidad lava cerebros

panzher

Solo hay que hacer 2 cosas.
La 1ª, retirar de inmediato los carteles.
La 2ª, encarcelar al responsable del ayuntamiento que ha ordenado o permitido la colocación de dichos carteles.
En especial la 2ª, para que alguno se lo piense 2 veces antes de cometer estupideces con total impunidad.

La_patata_española

#76, #78, #80, que sí. Ni es preso ni es etarra (bueno, eso último "aceptamos barco" porque yo no le he visto el carnet). Es un asesino que por una parte ha cumplido con la sociedad ("aceptamos barco", siendo "barco" la ley vigente entonces) y, por otra, no ha mostrado arrepentimiento y sigue siendo todavía causante de dolor y tortura psicológica para sus víctimas. Por lo tanto es libre legalmente, asesino históricamente, y motivo de dolor psicológicamente.

A partir de lo dicho, repito #71.

D

#60 Yo también comprendo que es mas fácil hacer ese discurso que aportar una buena justificación de por qué colocar una foto de un militante de ETA es enaltecimiento del terrorismo, en cualquier contexto.

D

#55 Si son fotos de militantes de ETA es una cosa. Si son fotos de militantes de ETA con lemas como Gora ETA Militarra debajo, es otra.

#56 De acuerdo, gracias. Pero entonces no hay nada que confirme que la colocación de fotografías sea enaltecimiento.

#57 ¿Y quién ha dicho que no me preocupo?

#58 ¿Existe ese derecho? Yo comprendo que hay situaciones muy duras en Euskal Herria, pero que eso justifique todo no lo veo bien. Ni por un lado ni por el otro.

s

¿las han quitado? ¿Y ahora que voy a usar para afinar mi puntería con la carabina?

D

#47 ¿Pero cómo se come que colocar una foto sea enaltecimiento del terrorismo?

D

#41 Pues ya me extraña que el PNV no aplique una ley que apoya.

D

#38 En #28 estaba poniendo un ejemplo, no digo que haya ocurrido así.

D

#35 Quiero decir que en tu comentario #31 en realidad me querías remitir a tu comentario #27 y yo, como respuesta, te remito a los dos últimos parragos de #28.

D

#6 Las fotos por si mismas, fotos son. Retratos de personas. La interpretación de la intencionalidad con la que se colocan que le quieras dar tú es puramente subjetiva.

Exacto #7. ¿Una madre no puede tener en su mesilla de noche una foto de su hijo aunque sea militante de ETA? ¿O la arrestará la policía por tenencia de material lpropagandístico de ETA o algo así?

¿Y dónde estaban los carteles colocados? Por cierto, la noticia no lo dice.

D

¿Una fotografía de un miembro de ETA es enaltecimiento del terrorismo? Joder...