En el precepto 395 LOPJ, se destaca “no podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos”. Por ende, los magistrados del TC también quedarían supeditados al artículo 395 LOPJ que prohíbe expresamente pertenecer a partidos o sindicatos. "La afiliación de Pérez de los Cobos entra en contradicción con el más elemental principio de imparcialidad".
Comentarios
ok! Soy nuevo, no sabía muy bien cómo iba esto
Borra los > de las etiquetas #0
Ja Ja !!
Todos los juicios de este vendido son una engañifa y son nulos, ja ja !!