Hace 13 años | Por Tusdani a elantirradar.com
Publicado hace 13 años por Tusdani a elantirradar.com

El pasado 8 de abril el Consejo de Ministros estudió el informe sobre el Anteproyecto de Ley de Contrato del Seguro, que incorpora importantes novedades en la relación entre la compañía y el asegurado. Dentro, escondidito, el Artículo 72, toca el fondo de la cuestión: que los conductores no puedan recurrir sus multas ni recibir indemnizaciones por la pérdida del carné de conducir. Otra vuelta de tuerca más; será, quizás, porque la DGT se queda sin cobrar la mitad de las multas que pone: le estorban, y mucho, los recursos.

Comentarios

m

Tanto en la Ley Sinde como en este Anteproyecto, se puede ver que a este Gobierno le molesta bastante la existencia de un Poder Judicial mínimamente independiente.

coliflor

A pagar y a callar.

natrix

A mí me parece lógico en el sentido de que evita que algunos hagan el cafre pensando que el seguro les paga la multa y los puntos.

Podrás seguir recurriendo (sensacionalista), pero no cobrar una indemnización por saltarte la ley a la torera.

P

#4 Aquí las primeras que premian a los infractores son las Administraciones, que te hacen un 50% de descuento en tu multa por ir a 200 por hora si la pagas pronto. Empecemos por ahí.

D

Siempre estan anulando o lacerando la capacidad del ciudadano para recurrir multas.

Los tribunales anulan esas medidas (en su momento, e.g., recuerdo una en la que querian impedir que cupiese recurso judicial contra la resolucion administrativa firme), y ellos insisten, por el mismo camino o con otras laceraciones.

¿Por que resulta impune lacerar el derecho de los ciudadanos a defenderse de la Administracion Publica? Un indignadisimo saludo

D

Otra prueba más de que las multas sí son un mero instrumento recaudatorio. Y ya van unas cuantas.

D

O sea, hablando clarito, quieren quitar el derecho a la defensa. ¡Una mas!

rar

“Quedan excluidos de la cobertura del seguro de defensa jurídica el pago de multas y la indemnización de cualquier gasto originado por sanciones impuestas al asegurado por las autoridades administrativas o judiciales.”

Por mas que busco, no encuentro el párrafo donde "prohiben" los recursos.

Tusdani

#6 Nadie ha dicho que se prohiban.
Creo que se refiere a que van a acabar con los recursos por parte de las aseguradoras que se resume en dificultar más el poder recurrir.
La cosa es que si empiezan con esto...¿Dónde está el límite?

P

#7 Así es también como yo lo he entendido. Hoy en día para recurrir una simple multa hay que ser abogado, ya que las administraciones se pasan el procedimiento por el arco del triunfo, y el procedimiento es la GARANTIA que tiene el ciudadano. Si renunciamos a la garantía estamos listos...

rar

#7 y #10 Pero es que lo único que parece limitar es el pago de multas y la indemnización de cualquier gasto ... etc, etc. No hace mención al recurso de multas, eso son "prestaciones".

D

Cada vez que escucho por la radio anuncios de aseguradoras de multas y puntos, se me revuelve el estómago. Dicen, en resumen: "No se preocupe usted: siga circulando a la velocidad que le dé la gana, saltándose los semáforos y hablando por el móvil mientras conduce. Nosotros nos ocuparemos de que no le pase nada, porque nos admiten todos los recursos, aunque no tenga usted razón. Y si, pese a todo, le pasa algo, lo indemnizaremos y le pondremos un chofer mientras esté sin carnet" Detesto las prohibiciones, pero esto hay que prohibirlo, porque atenta contra la seguridad pública. Utiliza imperfecciones de la ley para impedir que se cumpla. Tolerancia cero para los que conducen peligrosamente.