Publicado hace 11 años por thingoldedoriath a eleconomista.es

Una sentencia ha anulado la cláusula suelo-techo de una hipoteca y ha condenado a Novagalicia Banco (NCG)... ...el juzgado de lo civil número 4 y de lo mercantil de Ourense estima íntegramente la demanda de dos clientas copropietarias de una vivienda que suscribieron una hipoteca con una cláusula suelo del 3,25% y techo del 9%. Además de declarar la nulidad, la sentencia ordena a la entidad bancaria a devolver lo cobrado de más, en total 7.971 euros, así como a dar por amortizados otros 2.868.

Comentarios

thingoldedoriath

#1 Supongo que te refieres a lo de "devolver lo cobrado de más..."; porque la jurisprudencia sobre las cláusulas suelo ya la sentó el TS. No??

Saludos.-

D

#4 a eso me refiero

takamura

#1 Esto no es Yanquilandia.

D

#5 ni falta que hace

takamura

#6 Pues entonces un tribunal ordinario no sienta jurisprudencia.

D

#8 pues entonces que emulen a su compi de profesión

thingoldedoriath

#8 Ten en cuenta que en este caso se aplica el Derecho Mercantil (yo no lo conozco demasiado). Si se tratase del Código Penal estarías en lo cierto. Es más, ni siquiera el TS podría haber dictado una sentencia que establece claramente la "retroactividad de una ley"... una sentencia que establece la nulidad de cláusulas que se firmaron ante notario cuando era legal hacerlo, es claramente retroactiva. Eso, en el caso del CP se caería en el TC.

De todas formas, en el sistema judicial español se vienen aplicando unas cuantas variedades de "jurisprudencia".

takamura

#11 En el mercantil los tribunales ordinarios tampoco sientan jurisprudencia.

http://es.wikipedia.org/wiki/Jurisprudencia#Espa.C3.B1a

thingoldedoriath

#13 Gracias por la aclaración. Para mí todo lo que no sea CE, CP, LEC, LOGP; es un mundo desconocido

#16 El Ministerio Público, sobre todo de las Audiencias Provinciales hacia arriba, aplican lo que ellos llaman "doctrinas", "directivas", "directrices"... Es decir, las fiscalías acuerdan determinadas actuaciones (más en lo que se trata de recurrir fallos de juzgados) y las aplican de "forma generalizada", de tal forma que cuando un letrado hace un recurso, si conoce la doctrina de la fiscalía con respecto a esa tipología delictiva, en ese momento; "ya sabe las dificultades que va a encontrar". En algunos casos más que dificultades es un auténtico muro¡!

Y, claro... esas doctrinas cambian al calor de valoraciones tan poco fiables (y tan alejadas del derecho) como "la alarma social" o la tendencia del partido que gobierne.

Saludos.-

alecto

#21 Si esas ddirectrices no se avalan por un juez, y luego otro, y luego el TS, no valen nada. Eso no tiene nada que ver con la jurisprudencia. Lo mismo para un acuerdo entre jueces para adoptar un criterio en sus actuaciones, si llega al TS y no lo válida, es agua de borrajas.

caradeculoconpelos

#1 El comentario más votado muestra un profundo desconocimiento de las leyes.

#3 Y el segundo más votado es una frase populista.

#16 Si tuviera karma te votaría positivo, y a #11

D

#17 realmente lo que diga una caradeculoconpelos además de tonto facha me la suda porque será que con esa caradetontoconpelos no tienes karma porque sera. (cada vez que abres la tapa del water te frien anegativos)
TODOS LOS FASCISTAS LIBRES CARAA AL CULO

caradeculoconpelos

#19 Demuestras ser un gran defensor de la libertad de expresión.

calipocho

#17 Entonces esas leyes deberían ser anticonstitucionales, ya que es responsabilidad del Estado legislar por el bienestar de sus ciudadanos, y no hacerlo por el bienestar del gran capital.
Así que la cláusula suelo habría que aplicársela a quien la hizo legal, y dos metros por debajo a poder ser. Y ahora me puedes llamar radical antisistema, que yo te llamaré #almorrano

D

#17 bueno, tú eres un tonto los cojones lamebotas y probablemente seas el típico esquirol come rabos vende-compañeros por 4 duros y nadie te dice nada, nadie es perfecto

thingoldedoriath

#27 Las noticias (de estas dos sentencias) hablan de suelos del 5% y techos sobre el 16%... Tengo claro que lo del 70% e s usura pero no tengo conocimiento de que ninguna entidad bancaria española haya concedido créditos hipotecarios a ese interés.

En cuanto a las "doctrinas", "directrices", "acuerdos" y otras componendas "al margen de la ley y en ocasiones de la propia CE"; las aplican las fiscalías y algunos jueces, como por ejemplo en muchos JVP. Y, provienen de varios estamentos entre los que no figura el CGPJ. La línea jerárquica de los fiscales va por otra vía, hasta el Fiscal General del Estado que es nombrado por el gobierno de turno; que también es el que nombra al ministro de interior de turno, al ministro de justicia de turno, y a los directivos de las FCSE.

Es decir, a los jueces del CGPJ los eligen (los proponen, los ascienden, los destinan y los elevan) los representantes de los partidos políticos según su representación (ahora mismo PP y PSOE) a los fiscales los manda "directamente" el gobierno de turno y nombra a su jefe a dedo.

Esas doctrinas y directrices, que en la mayoría de las ocasiones ni siquiera están escritas, existen y en la práctica se pueden ver a diario. Algunas como por ejemplo la "Doctrina Parot" si están descaradamente escritas y aunque son claramente inconstitucionales parece que cuentan con el apoyo de la ciudadanía (sobre todo de la parte que confunde justicia con venganza, que es la mayoría...); pero esa doctrina no figura en ninguna ley¡! Tampoco en la jurisprudencia... pero se aplica.

alecto

#32 Hipotecas al 70% no he visto, pero préstamos personales por encima del 50% (de esos rollos tipo Cofidis) sí han llegado a los juzgados, y se ha fallado en el mismo sentido. No hay retroactividad en la anulación de la cláusula abusiva porque se supone que nuestra legislación considera nula esa cláusula si contraviene las leyes. Las leyes prohiben la usura y también el abuso de posición dominante, de modo que cuando alguien la firmó esa cláusula ya era nula de pleno derecho, el contrato era nulo de origen, no es que se anule a posteriori.

Respecto al asunto de las doctrinas, directrices y demás... Jurisprudencia es algo que, una vez establecido, es de obligado cumplimiento por todos los actores del sistema judicial, y que no puede ser cambiado, salvo que cambie la ley que se aplica.

Una directriz de la fiscalía que diga 'vamos a acusar de asesinato' a todos los que maten con el coche sólo llegará a sentar jurisprudencia cuando el TS diga (dos veces o en auto de unificación de doctrina) que está de acuerdo con esa interpretación. Antes no lo es, es simplemente una idea de la fiscalía que intenta endurecer las penas saltándose al legislador. Y un recurso ante el TS que diga que esa interpretación es incorrecta desmontaría todos y cada uno de los casos en que el juez haya admitido esa interpretación del fiscal. Por eso no se puede llamar jurisprudencia, porque es anulable sin cambiar la ley.

Parot existe, y se siguió aplicando, porque en un día de borrachera el TS primero, y luego el TC, avalaron esa interpretación. Hasta que el TS dijo que era legal, y el TC que no vulneraba los derechos de los presos, era sólo un sistema de conteo de penas sin aval de ninguna ley ni de la Justicia. Y si el TC hubiese dicho "coño, esto se salta todas las leyes fundamentales, la irretroactividad, el derecho del preso a ser sentenciado conforme al CP vigente, etc, lo declaro nulo", no se habría anulado únicamente al recurrente, sino a todos y cada uno de los presos que sufrieron la aplicación de esa doctrina. Porque eso significa la jurisprudencia: que ya nadie puede llevar la contraria a los fundamentos de esa sentencia.

Por eso tuvo que intervenir el tribunal europeo, porque España ha vulnerado las más básicas garantías del Estado de Derecho, sí, pero lo ha hecho con el aval de los más altos tribunales. Sin él, Parot no es más que papel mojado.

thingoldedoriath

#34 Una directriz de la fiscalía que diga 'vamos a acusar de asesinato' a todos los que maten con el coche sólo llegará a sentar jurisprudencia cuando el TS diga (dos veces o en auto de unificación de doctrina) que está de acuerdo con esa interpretación.

Sí, eso lo se. Pero para eso tendrían que llegar al TS muchos recursos que no llegan; sobre "doctrinas" aplicadas "de facto" por las fiscalías (y por algunos juzgados como los JVP) que como escribí antes, no están escritas en ningún documento oficial y por tanto es difícil demostrar (en un recurso individual) que se están aplicando de forma colectiva a una tipología delictiva.

Y claro, como bien dices, además de llegar al TS, esos recursos tendrían que ser admitidos y que el TS se pronunciarse en contra en varias ocasiones o librara un auto de unificación de doctrina; pero que pasa si el TS o incluso el TC se pronuncian a favor de esas doctrinas incluso cuando resultan a todas luces claramente inconstitucionales?? Como en el caso de la Doctrina Parot y en otros... estoy pensando ahora mismo incluso en leyes como las de Apología del Terrorismo, que también lesionan derechos fundamentales que figuran en la CE.

Por otra parte, las mayoría de las sentencias del TEDH no son vinculantes para el Estado. Quedan, eso si, como un "triunfo moral" para los afectados¡! muchos de ellos siguen en las cárceles con una sentencia de Estrasburgo que dice que los tribunales españoles no respetaron las garantías jurídicas (la mayoría son por enervar el derecho a la presunción de inocencia y el derecho a la tutela judicial efectiva).

Cuando escrbí: ...en el sistema judicial español se vienen aplicando unas cuantas variedades de "jurisprudencia"; me refería a este tipo de doctrinas, directrices y acuerdos que se aplican de facto y con carácter colectivo (o genérico) a determinadas tipologías delictivas; al calor de una muy discutible "alarma social" y que no tienen apoyo de ley. Algunas están escritas, como la Doctrina Parot y otras muchas no están escritas; pero que tienen en común el hecho de no figurar en ningún artículo de ley, vulnerar derechos fundamentales (individuales y/o colectivos) y la aplicación colectiva o genérica (lo cual también vulnera algunos derechos de los ciudadanos y corrompe la administración de justicia).

Creo que en general estamos de acuerdo en la mayor: "toda la Jurisprudencia está en los libros de Aranzadi y si no está no es Jurisprudencia" Pero hay sucedáneos de "jurisprudencia" que no están en esos tomos y que se aplican "de facto".

Un saludo.-

noexisto

#27 la "famosa" Ley de Azcárate, la jurisprudencia del TS que la cita/matiza/aplica a la realidad vigente, órdenes del banco de Espańa, sentencias TJUE/Directivas (consumidores) ...... El día que el Registro de Clásulas Abusivas funcione correctamente invito a todo Menéame a comer lol lol lol

D

#15 ya me lo acalrarón gracias

PereztMaria

Sentencia que ha ganado Ausbanc, que ya llevan más de 70 de cláusula suelo. Yo he leido la noticia aquí, ya que también han ganado otra de Caja Mar http://www.ausbanc.es/web/NCG_BANCO,_condenado_a_anular_la_clausula_suelo_y__2013524133047.asp

ayatolah

En este caso aún le pusieron el techo en el 9%, a mi en el mismo banco me pedían de techo un 19%, con un suelo de 3%.
Por lo menos la persona de la noticia se movería en márgenes aceptables. Pero como le dije yo al del banco cuando le protesté por el suelo al 3% y el me dijo que tenían que compesar su riesgo con el techo al 19%: "si llegamos a un interés del 19%, vais a tener muuuchos problemas para cobrar, y ya no de mi, sinó de quien sea"

iveldie

#10 pues yo tengo un suelo del 4,5 y no tengo techo. Estoy en tramites para ir a juicio. Ahora le he hecho una oferta al banco, que me quiten el suelo y me devulevan la mitad de lo cobrado de más sin ir a juicio, a ver que dicen.

Black_Diamond

#12 Suerte en el juicio.

D4v1d

El miedo vá a cambiar de bando.

n

Lo más divertido de esto va a ser cuando dentro de 10 o 15 años la economía vuelva a funcionar, en algún momento, por alguna razón, los tipos de interés se pongan por las nubes y los bancos se dediquen a anular esta cláusula a sus clientes.

Nomada_Q_Sanz

De la que se estan librando estos usureros, lo que habria hacer es exigir que se tasaran todas y cada una de las viviendas construidas en los ultimos diez años y que estan sobrevaloradas muy por encima de la demanda de mercado.

Seta_roja

#28 y eso que tendrá que ver? Cuando una persona pide una hipoteca por el 120% del valor del piso para amueblarlo y para el coche, sobre un piso que tiene un precio inflado por el tasador del banco y pagando 20.000 euros en B al de la constructora, se merece unas bofetadas y algo más...

Por culpa de todos los que compraron carton a precio de madera estamos así. Y ya nos llega con pagar un banco malo con los impuestos como para que ahora regalen las hipotecas a todos los que no hicieron sus deberes...


Economia para niños:
Cuando voy por la calle y quiero comprar un chicle, que me va a durar mucho rato, comparo precio con el caramelo... Si ambos salen a 5 centimos compro el chicle. Si cuesta el doble, me lo pienso, pero si cuesta cinco veces más, le pregunto al de la tienda si el chicle tiene droga, compro el caramelo o me busco otra tienda...

Pista: chicle=> compra, caramelo => alquiler@

d

Y estos de Ausbanc son fiables o son unos saca dineros?

drone

#30 Ayer, en Málaga, esta vez con devolución del dinero cobrado de más (Ausbanc)
http://www.diariosur.es/20130524/local/malaga/juzgado-condena-entidad-bancaria-201305241357.html