Hace 11 años | Por --347068-- a abc.es
Publicado hace 11 años por --347068-- a abc.es

El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Santander ha condenado a Liberbank a devolver los 54.000 euros que había invertido en participaciones preferentes una cliente de Caja Cantabria, una jubilada "sin perfil inversor de riesgo".

Comentarios

Entretenida

#8 Una cosa es la realidad, y otra cómo nos gustaría que esta fuese. Tú puedes pensar que lo ideal sería que lo firmado vinculara sin tener en cuenta las circunstancias de la persona que firmó (si la otra parte le engañó, si no estaba mentalmente sano y no se enteraba de nada, etc.), pero la realidad no es así. Como ya han dicho, eso sí se tiene en cuenta, pero no de ahora sino de siempre, y por eso existen las categorías de los vicios de los contratos (error, dolo, etc.) Es decir, que SÍ existe ese derecho a quejarte si consideras que has sido engañado a la hora de celebrar un contrato. Y eso es indiscutible. Otra cosa es que tú opines que no se debería tener este derecho.

rutero69

#5 El engaño no está en el documento que se firma, sino en lo que la ley llama "palabras o maquinaciones insidiosas" que inducen a que la persona firme. Es como si a la misma jubilada le das una pistola cargada y le dices que no lo está, no puedes excusarte diciendo que ella no comprobó la recámara. En todo caso se podrá modular la responsabilidad, pero no excusarse totalmente de la misma. Las entidades financieras colocaron productos de mucho riesgo a ahorradores sin ese perfil... y eso es un engaño se mire como se mire.

D

#6 Siii "Yo no quería" "las voces me obligaron"......

Todos sabemos perfectamente lo que es un banco y lo que es un contrato. Si en el contrato pone "AÑO 9999" y lo firmas, no tienes ningún derecho a quejarte de nada.

D

#8 Si tenemos en cuenta el derecho consuetudinario, la exposición verbal y el correspondiente apretón de manos cierran un trato, y en muchos casos se firmaba no directamente el contrato completo, era un anexo que se agregaba al contrato con esa fecha concreta.

D

Que se anden con mucho ojo con condenas de este tipo por que corren el peligro de hacer que los contratos firmados valgan cero.

marioquartz

#2 Pues va a ser que no.
Solo pasara en aquellos en los que se pueda acreditar que fueron engañados. Pero para eso hay que probarlo.

rutero69

Si se ha firmado mediante engaño el contrato firmado vale cero, ahora y siempre, artículos 1269 y 1270 del Código civil, vigentes desde el año 1889... Ah! y algunos empleados de banca deberían ir a la cárcel por estafadores #2

D

#4 ¿Firmado mediante engaño?

No no. La realidad es: Han firmado sin leer lo que firmaban.

Ningún banco pone en sus contratos algo diferente a lo que realmente es.

eltiofilo

Y de nuevo se demuestra que los yayos se las preferentes eran ávidos inversores que pedían productos de alto riesgo /ironic

D

La tasación hipotecaria, nunca se ha ajustado a la realidad, como cliente el unico referente que tienes es el entorno y no eres consciente de que eso es un precio ficticio que no se va poder pagar en su totalidad. Una persona que ha comprado casa para vivir en ella con su familia y no como segunda vivienda para especular, tiene el mismo perfil que esa señora y derecho a dación en pago, supongo.