Hace 15 años | Por --94036-- a laverdad.es
Publicado hace 15 años por --94036-- a laverdad.es

Las diligencias abiertas por la Guardia Civil, cuya copia ofreció ayer La Verdad en exclusiva, fueron remitidas al Juzgado de Violencia de Género de Caravaca. Ayer, la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia aseguró que Elena M.S. compareció el 28 de diciembre ante el juez y manifestó su renuncia a la «denuncia interpuesta por ella y a la celebración de un juicio de faltas», por lo que el juzgado la archivó.

Comentarios

D

#2 en los delitos perseguibles de oficio (malos tratos) el perdon de la victima no exime a la fiscalia de continuar con el proceso.

D

#4, Sin embargo, mira:
"Artículo 130 CP.
La responsabilidad criminal se extingue:
Por la muerte del reo.
Por el cumplimiento de la condena.
Por la remisión definitiva de la pena, conforme a lo dispuesto en el artículo 85.2 de este Código.
Por el indulto.
Por el perdón del ofendido, cuando la Ley así lo prevea. El perdón habrá de ser otorgado de forma expresa antes de que se haya dictado sentencia, a cuyo efecto el juez o tribunal sentenciador deberá oír al ofendido por el delito antes de dictarla".
Ignoro si, en este caso concreto, la Ley lo prevee, no he logrado encontrarlo.
Otra cosa, era una falta, no un delito. Añado otra ignorancia más: no se si el perdón del ofendido afecta de manera diferente a las faltas con respecto a los delitos.

D

la mujer presenta una denuncia, la retira-no confirma y pregunta porque no hizo nada el juzgado?

D

La verdad es que no lo entiendo, aunque debo decir que si ha retirado la denuncia, el que la justicia debiera o no seguir con el procedimiento lo ignoro, pero desde luego no creo que haya lugar para pedir "medidas". Si la retiró que se lo hubiera pensado antes.

D

Pues sí, para mí que está buscando "pasta.