Aena sostiene que no es cierto que los controladores tengan que devolver a la empresa y trabajar los días que ha perdido por haber estado de baja laboral, por enfermedad, maternidad u otras circunstancias. En la noticia explicación de algunos casos y como se resolverían para los controladores.
En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral.
#21:
#19 no te olvides que a su vez ese decreto ley era la modificacion de las condiciones de otro decreto ley, que a su vez modificaba el convenio colectivo y puenteaba el estatuto del trabajador y saltandose el derecho a la negociacion colectiva se saltaba la constitucion...(vale, es un poco rizar el rizo, no les niegan el negociar el convenio, solamente les fuerzan a aceptar las condiciones que le de la gana al gañan de Blanco al menos hasta que los controladores acepten un convenio que le guste a los nuevos accionistas privados de AENA y aplaque a los campesinos furiosos con las antorchas que han repartido los medios de incomunicacion)
En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral.
#5 Pero qué dices de intoxicar la Cadena Ser en este caso. Está respondiendo AENA a las preguntas de alguien de Cadena Ser.
Vuestro odio os ciega.
No queréis ver más allá de La Gaceta o de Intereconomía.
#7 RD -> Las horas de baja no cuentan como horas laborables con carácter aeronáutico. #0 Aena -> Aena no será malvada.
¿Sensacionalsita, erronea, cansina? Me siento indeciso.
¿Lo prefieres de esta forma? Yo me apoyo en lo que hay escrito en un real decreto, tu me tachas de ¿fanboy de intereconomia?. Creo que es lo más obsceno que me han llamado en la vida
#14 No te estoy juzgando. No te conozco personalmente........no te equivoques.
Estoy discrepando en tu comentario y en tu voto, pero eso no implica que sea nada personal.
Que aquí estamos para entretenernos no para sacarnos los ojos
#12 Manipulación es una foto retocada, esa es una foto real de miembros de USCA tomando cañas mientras los pasajeros estaban tirados en el aeropuerto.
Te acepto que digas que es sensacionalista, pero manipulación ni de coña
#13 Hombre, por las risas que se están echando creo que lo están pasando de coña . Si esa es tu idea de echar unas cañas... Pa mi que el titular no se corresponde con la realidad, por lo que...
Tanto dar la brasa los controladores y ahora resulta que no era cierto.
La he enviado precisamente por eso. Nos han estado mintiendo sobre sus ingresos y sobre el tema de estar obligados a devolver los días de baja.
Parece que no resulta interesante la verdad
#19 no te olvides que a su vez ese decreto ley era la modificacion de las condiciones de otro decreto ley, que a su vez modificaba el convenio colectivo y puenteaba el estatuto del trabajador y saltandose el derecho a la negociacion colectiva se saltaba la constitucion...(vale, es un poco rizar el rizo, no les niegan el negociar el convenio, solamente les fuerzan a aceptar las condiciones que le de la gana al gañan de Blanco al menos hasta que los controladores acepten un convenio que le guste a los nuevos accionistas privados de AENA y aplaque a los campesinos furiosos con las antorchas que han repartido los medios de incomunicacion)
Otra historia es que se haga la buena y diga que no usará ese derecho.
En realidad no tengo yo tan claro que pueda usar ese derecho. Si como dice la noticia el límite mensual es 200 horas (cosa que es una barbaridad) de ahí jamás se podrán pasar (sin incurrir en un ilícito social).
Así, por mucho que quieran hacer recuperación de horas, siempre se encontrarán ese máximo (salvo que saquen otro decretazo que vuelva a atentar contra los más elementales derechos laborales).
#24 pueden usar ese derecho desde el momento en el que pueden meter 40 horas mensuales mas de las 160 tipicas. Vale que no pueden hacerte recuperar en 2 meses lo de los otros 10, pero en 8 meses te pueden hacer recuperar lo que no has trabjado en 2 por poner un ejemplo.
Si has estado 3 meses de baja maternal y en Diciembre ya habías cumplido tu cupo de horas anuales entonces te tocará currar recuperando esos 3 meses que estuviste de baja maternal.
El fondo de la cuestión es que el mes de Diciembre hay que cubrirlo "como sea". Ya sea recuperando bajas o cumpliendo órdenes de Generales del Ejercito.
Esta es la política que ha aplicado el Gobierno. Para ellos los derechos son secundarios, lo importante es que no se note que no hay suficientes controladores y que no se note que han incumplido la promesa de formar a los controladores aéreos militares para el tráfico civil.
Supongo que segun como se mire, tiene razon AENA en que no tienen que devolver las horas, en ninguna parte del decreto dice que las tenga que devolver, solamente dice que no cuentan como trabajadas, vamos, que tu no es que tengas que devolverlas, es que como no cuentan como trabajadas pues las tienes que trabajar en otro momento, vamos, normal y natural...
El tema es que no cuentan como horas aeronauticas, cosa que en mi opinion seria logica... si el limite de 1650 horas de los controladores fuese de horas totales y no horas aeronauticas. Por lo que vale, desde el punto de vista estricto, no, no tienen que devolver las horas, solamente es los dias que estan de baja no les cuentan como dias trabajados a efectos de horas de convenio a diferencia del resto de trabajadores.
Digamos que literalmente no tienen que devolverlas, pero en la practica si tienen que hacerlo por el simple hecho de que no pueden contar como trabajadas a efectos del limite de horas a trabajar.
Deberían expulsar a los del partido ese del poder (me niego a llamarles socialistas... y mucho menos "Obreros") a la puta calle, confiscandoles todo el dinero que han conseguido ilegalmente estos años...
A mí me alucina que estéis todos tan tranquilos con el hecho de que en este país a un colectivo se le haya quitado el convenio colectivo, bajado el sueldo y aumentado la jornada laboral varias veces por decreto ley. Yo estoy temblando por saber si yo iré después. Después del primer recorte de salarios de los controladores fue el de los funcionarios y jubilados. A saber qué harán ahora. En vez de aplaudir deberiamos reflexionar, porque podemos ser los siguientes.
Y según el boe, claro que tienen que devolver las horas, sino para qué lo excluyen del cómputo. Para que trabajen más por el mismo precio. Cada vez me da más miedo volar!
Yo no lo veo tan claro. Que te pongan un límite que no puedes sobrepasar por motivos de seguridad aeronáutica no quiere decir que obligatoriamente tengas que hacer ese número de horas, entiendo yo.
#20 No se tu, pero yo curro las horas que dice mi convenio, no se porque AENA debe hacer algo diferente con sus trabajadores no tendria sentido, especialmente cuando la media trabajada otros años esta entre las 1700 y las 1800 horas(hey, menos que el limite puesto por Blanco).
Si la discusión es que tienen que devolver las horas... yo lo veo claro, los han puteado y las tendrán que devolver... espero que a mi también me devuelvan todo el dinero del viaje que me jodieron.
En mi contrato laboral pone que yo tengo que trabajar 40 horas semanales. Si fuera controlador, que no lo soy, y si me aplicaran ese Real Decretazo, en teoría, si estoy de baja por enfermedad, tendría que recuperar esas horas, lo cual es un precedente gravísimo para el conjunto de los trabajadores.
Pego de nuevo lo que dice el Real Decretazo:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto 1001/2010, la actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales. En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral. Estas actividades, al no afectar a los límites de seguridad aeronáutica, se tomarán en consideración exclusivamente a afectos laborales de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1001/2010.
Comentarios
Basta con leerse el Real Decreto http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/03-2/pdfs/BOE-A-2010-18651.pdf Pág. 101076
En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral.
#4 Exactamente, la cosa está clara, tendrán que trabajar las horas de baja, lo cual es una auténtica barbaridad.
La Cadena Ser intoxicando como si fuera Interconomía.
#5 Pero qué dices de intoxicar la Cadena Ser en este caso. Está respondiendo AENA a las preguntas de alguien de Cadena Ser.
Vuestro odio os ciega.
No queréis ver más allá de La Gaceta o de Intereconomía.
#7
RD -> Las horas de baja no cuentan como horas laborables con carácter aeronáutico.
#0 Aena -> Aena no será malvada.
¿Sensacionalsita, erronea, cansina? Me siento indeciso.
¿Lo prefieres de esta forma? Yo me apoyo en lo que hay escrito en un real decreto, tu me tachas de ¿fanboy de intereconomia?. Creo que es lo más obsceno que me han llamado en la vida
#9 Pues simplemente no has leído el artículo.
Tus ojos se han quedado así al ver Cadena SER, y has votado negativo
#11
No se por que clase de persona me estas tomando... pero sinceramente, creo que te estas equivocando. Y bastante.
#14 No te estoy juzgando. No te conozco personalmente........no te equivoques.
Estoy discrepando en tu comentario y en tu voto, pero eso no implica que sea nada personal.
Que aquí estamos para entretenernos no para sacarnos los ojos
#7 La Cadena Ser es como Intereconomía o peor, sólo hay que echar un ojo a esta captura de su web
(sábado 4 por la noche)
http://1.bp.blogspot.com/_mV_VDtC0BEg/TPqYvMkmn4I/AAAAAAAAAjA/ecoMmUTM_2g/s1600/cadenaser-demagoxia.png
Esto es manipulación.
#12 Manipulación es una foto retocada, esa es una foto real de miembros de USCA tomando cañas mientras los pasajeros estaban tirados en el aeropuerto.
Te acepto que digas que es sensacionalista, pero manipulación ni de coña
#13 Estaban COMIENDO en un restaurante, no estaban de cañas, lo dice además en la noticia
http://www.cadenaser.com/economia/articulo/responsables-caos-canas-centrico-restaurante-madrid/csrcsrpor/20101204csrcsreco_11/Tes
Supongo que tedrán derecho a comer. El Real Decretazo no dice nada al respecto.
#13 Hombre, por las risas que se están echando creo que lo están pasando de coña . Si esa es tu idea de echar unas cañas... Pa mi que el titular no se corresponde con la realidad, por lo que...
#4 RD -> Las horas de baja no cuentan como horas laborables con carácter aeronáutico.
#0 Cadena Ser -> Aena no será malvada.
¿Sensacionalsita, erronea, cansina? Me siento indeciso.
#6 Pues ni una ni otra.......siéntete confundido con lo que lees, no indeciso.
Tanto dar la brasa los controladores y ahora resulta que no era cierto.
La he enviado precisamente por eso. Nos han estado mintiendo sobre sus ingresos y sobre el tema de estar obligados a devolver los días de baja.
Parece que no resulta interesante la verdad
#1 Se llama manipulación....
#la_que_está_liando_zapatero
El Real Decreto le da derecho a AENA a hacer recuperar esas horas a los controladores aéreos.
Otra historia es que se haga la buena y diga que no usará ese derecho.
Pero si cambia de opinión puede exigir legalmente que devuelvan esas bajas. Y si pillas al jefe con un mal día también.
Sigue siendo una aberración lo mires por donde lo mires. Y sigue siendo un cambio unilateral de condiciones que estaban explícitamente definidas en el Decreto Ley de Agosto 2010: presidente-aena-dijo-senado-1670-horas-eran-suficientes#c-13
#19 no te olvides que a su vez ese decreto ley era la modificacion de las condiciones de otro decreto ley, que a su vez modificaba el convenio colectivo y puenteaba el estatuto del trabajador y saltandose el derecho a la negociacion colectiva se saltaba la constitucion...(vale, es un poco rizar el rizo, no les niegan el negociar el convenio, solamente les fuerzan a aceptar las condiciones que le de la gana al gañan de Blanco al menos hasta que los controladores acepten un convenio que le guste a los nuevos accionistas privados de AENA y aplaque a los campesinos furiosos con las antorchas que han repartido los medios de incomunicacion)
#21 Correcto. Cito el de Agosto porqué ahí queda mucha mas clara la definición de "horas aeronáuticas" que son el meollo de la cuestión.
#19
Otra historia es que se haga la buena y diga que no usará ese derecho.
En realidad no tengo yo tan claro que pueda usar ese derecho. Si como dice la noticia el límite mensual es 200 horas (cosa que es una barbaridad) de ahí jamás se podrán pasar (sin incurrir en un ilícito social).
Así, por mucho que quieran hacer recuperación de horas, siempre se encontrarán ese máximo (salvo que saquen otro decretazo que vuelva a atentar contra los más elementales derechos laborales).
#24 pueden usar ese derecho desde el momento en el que pueden meter 40 horas mensuales mas de las 160 tipicas. Vale que no pueden hacerte recuperar en 2 meses lo de los otros 10, pero en 8 meses te pueden hacer recuperar lo que no has trabjado en 2 por poner un ejemplo.
Los controladores, ganando puntos día a día...
Si has estado 3 meses de baja maternal y en Diciembre ya habías cumplido tu cupo de horas anuales entonces te tocará currar recuperando esos 3 meses que estuviste de baja maternal.
El fondo de la cuestión es que el mes de Diciembre hay que cubrirlo "como sea". Ya sea recuperando bajas o cumpliendo órdenes de Generales del Ejercito.
Esta es la política que ha aplicado el Gobierno. Para ellos los derechos son secundarios, lo importante es que no se note que no hay suficientes controladores y que no se note que han incumplido la promesa de formar a los controladores aéreos militares para el tráfico civil.
Supongo que segun como se mire, tiene razon AENA en que no tienen que devolver las horas, en ninguna parte del decreto dice que las tenga que devolver, solamente dice que no cuentan como trabajadas, vamos, que tu no es que tengas que devolverlas, es que como no cuentan como trabajadas pues las tienes que trabajar en otro momento, vamos, normal y natural...
El tema es que no cuentan como horas aeronauticas, cosa que en mi opinion seria logica... si el limite de 1650 horas de los controladores fuese de horas totales y no horas aeronauticas. Por lo que vale, desde el punto de vista estricto, no, no tienen que devolver las horas, solamente es los dias que estan de baja no les cuentan como dias trabajados a efectos de horas de convenio a diferencia del resto de trabajadores.
Digamos que literalmente no tienen que devolverlas, pero en la practica si tienen que hacerlo por el simple hecho de que no pueden contar como trabajadas a efectos del limite de horas a trabajar.
Deberían expulsar a los del partido ese del poder (me niego a llamarles socialistas... y mucho menos "Obreros") a la puta calle, confiscandoles todo el dinero que han conseguido ilegalmente estos años...
Y SOY DE IZQUIERDAS!
A mí me alucina que estéis todos tan tranquilos con el hecho de que en este país a un colectivo se le haya quitado el convenio colectivo, bajado el sueldo y aumentado la jornada laboral varias veces por decreto ley. Yo estoy temblando por saber si yo iré después. Después del primer recorte de salarios de los controladores fue el de los funcionarios y jubilados. A saber qué harán ahora. En vez de aplaudir deberiamos reflexionar, porque podemos ser los siguientes.
Y según el boe, claro que tienen que devolver las horas, sino para qué lo excluyen del cómputo. Para que trabajen más por el mismo precio. Cada vez me da más miedo volar!
Y otra cosa. Rubalcaba, Zapatero y Pepe Blanco llenándose la boca con lo de las acciones disciplinarias, las condenas que les iban a caer al los controladores, y todo apunta a que no van a poder pillarles por ningún sitio... http://www.elpais.com/articulo/opinion/Mucho/ruido/pocas/condenas/elpepiopi/20101210elpepiopi_4/Tes
Yo no lo veo tan claro. Que te pongan un límite que no puedes sobrepasar por motivos de seguridad aeronáutica no quiere decir que obligatoriamente tengas que hacer ese número de horas, entiendo yo.
#20 No se tu, pero yo curro las horas que dice mi convenio, no se porque AENA debe hacer algo diferente con sus trabajadores no tendria sentido, especialmente cuando la media trabajada otros años esta entre las 1700 y las 1800 horas(hey, menos que el limite puesto por Blanco).
Si la discusión es que tienen que devolver las horas... yo lo veo claro, los han puteado y las tendrán que devolver... espero que a mi también me devuelvan todo el dinero del viaje que me jodieron.
En mi contrato laboral pone que yo tengo que trabajar 40 horas semanales. Si fuera controlador, que no lo soy, y si me aplicaran ese Real Decretazo, en teoría, si estoy de baja por enfermedad, tendría que recuperar esas horas, lo cual es un precedente gravísimo para el conjunto de los trabajadores.
Pego de nuevo lo que dice el Real Decretazo:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto 1001/2010, la actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales. En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral. Estas actividades, al no afectar a los límites de seguridad aeronáutica, se tomarán en consideración exclusivamente a afectos laborales de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1001/2010.