Publicado hace 11 años por El_Toguero a elblogdeltoguero.blogspot.com.ar

El instrumento legal al que pueden acogerse las pequeñas empresas para sortear el ajuste fiscal impulsado desde el Gobierno es la conversión pactada del contrato de trabajo en contrato de trabajador autónomo dependiente, acordando los términos más ventajosos para ambas partes y adaptando el puesto de trabajo a los términos expresos de la propia norma. El objetivo es evitar los dos graves problemas que enfrenta el empleo en las PYMES: el trabajo en negro o el despido.

Comentarios

Kantinero

La fórmula que se podría aplicar, ya que con esto el empresario se libera de más del 35% de las cargas sociales, es reducir estas en un 30% e incentivar esta conversión del contrato con un aumento del 5% en el salario. (Ej: si el empresario, por un salario neto de 856 euros está pagando 1712, ahora pasaría a pagar 1116 + 85,6 (1201 euros brutos y en torno a unos 945 netos por los 256 euros de cotización al RETA). El empresario ahorra con este ejemplo más de 500 euros mensuales por trabajador

Y que tal si los empresarios le echan un poco de imaginación y optimizan el rendimiento de sus empresas sin tener que recurrir al trabajador.
#1 No solo es el paro, las bajas, las vacaciones, derechos d formación etc...

El_Toguero

#3 Las PYMES normalmente no tienen capacidad de influencia en el mercado como para optimizar mediante estrategia comercial sus ventas, solo pueden competir con los grandes a costa de sus propios beneficios y afectados por una fiscalidad muy regresiva para ellas(no así con las grandes corporaciones). En las condiciones fiscales y de concentración económica como las actuales, las PYMES no pueden competir con las grandes empresas. Lo que se plantea aquí es eso, un balón de oxígeno que permita hacer las inversiones y los cambios necesarios sin despedir empleados, sin afectar al salario e incluso pudiendo pactar condiciones de protección laboral superiores a los de la legislación laboral actual.

Kaleen

#1 tambien le pude subir los precios un 100% si le sale de los wevos, o no dar servicios durante un mes por motivos personales, o dejarlos tirados si le sale algo mejor sin consecuencias... Si ese trabajador se pone las pilas y pilla mas clientes le puede salir rana la cosa a la empresa.

Lo que no puedes es quere tener tu esclavo de 8 horas sin pagarlo, esto es absurdo...

El_Toguero

#1 Eso no es cierto. El Estatuto del Trabajador Autónomo contempla el derecho al subsidio por desempleo y la indemnización por rescisión(por cierto bastante más amplia que con la última reforma laboral).

El_Toguero

#9 Las mutuas de accidentes de trabajo son instrumentos de la propia patronal, no hay que sorprenderse por esto. En cualquier caso el testimonio de esta persona es revelador, pero su problema es solucionable. Antes que nada no debe perder tiempo porque los plazos pasan y, en las condiciones actuales, los derechos parece que también.

v

Lo que viene siendo un falso autónomo de toda la vida. O tener más cara que espalda, como más guste. Lo peor es que hay gente que por desesperación acepta.

Por si interesa ya que tiene cierta relación, hablando de cara duras: El chollo de ser (mal) empresario en España

El_Toguero

#2 No, lo que se plantea aquí es una alternativa al despido, no a los derechos laborales.

v

#8 Alternativas al paro hay muchas a costa de precarizar las condiciones laborales. Espero que nadie en su sano juicio acepte estas condiciones.

El_Toguero

#10 Aquí en ningún caso se plantea la precarización laboral, sino plantear una alternativa viable para las PYMES frente a los cierres o despidos. El contrato de trabajo de autónomo dependiente es un contrato con obligación de cumplimiento, en los mismos términos que cualquier obligación recíproca. Puede ser temporal o indefinido, su incumplimiento otorga el derecho de acceso a la jurisdicción social, tiene representatividad sindical y goza de las mismas protecciones del derecho laboral vigente.

El_Toguero

No se trata de eso. Se trata de dar un balón de oxígeno a las PYMES que creen que tienen que despedir a su empleado porque no pueden afrontar el gasto de las cargas sociales.

Un contrato en estos términos, con las cláusulas bien claras, no tiene por qué implicar una merma en los derechos de los trabajadores, más bien al contrario si partimos de lo bastardeados que están en la actualidad. Obviamente de considerar esta posibilidad, se recomiendan varios aspectos:

-Debería ser la empresa la gestora de esta forma de contratación, organizando administrativamente los trámites de los empleados en condición de autónomos.
-Sería conveniente aplicar un incentivo salarial a los empleados que quieran acogerse a este nuevo régimen. Dicho incentivo tendría un carácter neutro, pues se haría a cuenta de las cargas sociales que ahorraría la empresa.
-El marco estatutario actual del trabajador autónomo, permite establecer cláusulas de rescisión contractual e indemnización en términos similares a los de la legislación laboral más protectora del trabajo, que se recomienda tener en cuenta como incentivo de esta conversión para el trabajador.
-La adopción de este marco implicaría cambios en la organización de la empresa, adaptando los ritmos y formas de la misma a lo establecido en el Estatuto regulador del trabajo autónomo.

Un saludo