Hace 14 años | Por --85940-- a gentedigital.es
Publicado hace 14 años por --85940-- a gentedigital.es

Unión Progreso y Democracia anunció hoy la presentación de un ponencia que "volverá a defender" que los parlamentarios vascos "juren o prometan el acatamiento de la Constitución española antes de tomar posesión de sus cargos".En un comunicado, el parlamentario de UPyD, Gorka Maneiro, afirmó que "parece lógico y fundamental que para que un parlamentario pueda ejercer como tal deba acatar las leyes básicas que rigen la convivencia de los ciudadanos".

Comentarios

D

#10

A los cachorrilos de ETA y sus mayores no les hace gracia tu comentario. No se si hubo suicidios (en una mente de imbécil puede darse sin mayor problema), pero fue un duro golpe para los batasunis el acceder a un cargo político teniendo que jurar la CE. Para muestra un botón:

http://es.wikipedia.org/wiki/%C3%81ngel_Alcalde

Así que cuidado no te señalen con una diana por burlarte de los quemacajeros.

raoulduke

#18 Ese artículo de la wikipedia necesita una enmienda urgente. Cualquiera diría que es un copia-pega de una ficha policial.

kkmonokk

#18, igual lo de #10 es sarcasmo...

D

#4

Y los Colegios de Abogados, por citar otro ejemplo, esos viles opresores que obligan a los nuevos colegiados a jurar que cumplirán la CE. Que cosas más raras esa de respetar las leyes. Habrase visto.

#2

Se jura la CE. Si cambia es porque se ha cambiado con el consenso de todos (incluido Referendum para el tema del que hablas). Así que no pasaría nada. Absolutamente nada.

D

#17 Se jura la CE. Si cambia es porque se ha cambiado con el consenso de todos (incluido Referendum para el tema del que hablas). Así que no pasaría nada. Absolutamente nada.

Sí ... y luego algún partido que no tiene nada mejor que hacer lo lleva al Constitucional (porque claro, que la niña pueda ser reina es inconstitucional) y el TC se harte a pajas mentales durante años y años para investigar qué es primero, si la voluntad popular o el texto sagrado (constitución)

D

#19
Tu... estudiar, lo que se dice estudiar (o simplemente leer, no ya estudiar), las funciones del TC no lo has hecho verdad.

La barbaridad que has soltado es tan grande que has conseguido acallar las vuvuzelas.

Has conseguido que@fdalida sea sinónimo de "Ni se lo que es el TC ni me importa, pero opino".

D

#23@p11951 ... perdona, pero no me hagas contestarte la "gracieta" de definir mi nick, porque no llegaríamos a ninguna parte.

El TC se está rompiendo ahora los cuernos para decidir si es más importante la voluntad popular que la santa constitución, porque en vez de obligar a una reforma de la constitución para que se adapte a la voluntad del pueblo soberano español, lo que quiere es modificar una ley aprobada por todos los españoles para que "quepa" en la constitución.

D

#29

Te estás convirtiendo en un persistente ignorante. Y además, parece que te enorgulleces. Déjalo. Busca y aprende el funcionamiento del TC y verás que estás completamente equivocado.

D

#30 1.- Por favor deja de insultarme 2.- Además, si quieres, estaría bien que dieras argumentos. Si todo tu argumento es que soy ignorante (cosa que quizás sea verdad, pero que quizás no), es que tu tampoco tienes muchas luces.

D

#31

Atento porque solo te lo repetiré una sola vez:

El TC se limita a aplicar la CE, no puede en ningún caso, jamás, solicitar su modificación. Por tanto esto es una chorrada:

El TC se está rompiendo ahora los cuernos para decidir si es más importante la voluntad popular que la santa constitución

No, el TC está decidiendo si el Estatuto se adapta a la CE o no. Nada que ver con lo que dices. Primero porque no se le ha planteado (no se puede pronunciar sobre lo que no se le plantea). Segundo porque no es su cometido. Su cometido es verificar que las leyes aprobadas se adaptan a la CE, no a la inversa. Punto.

En cuanto al despropósito de #19

Sí ... y luego algún partido que no tiene nada mejor que hacer lo lleva al Constitucional

Una modificación de la CE no puede llevarse al TC. Como ya te he dicho, el TC se pronuncia sobre la adecuación de las Leyes a la CE, pero nunca puede juzgar a la propia CE. Si ERC quiere llevar eso ante el CE será (como tu lo has sido) el ignorante del Parlamento. Ni tan siquiera está legitimado para dar una opinión, mucho menos para juzgar.

Más claro no se te puede dar.

D

El TC no puede solicitar una modificación de la CE ... pero cuando le llega un recurso de inconstitucionalidad de un texto refrendado por todos los catalanes, que precisamente hace referencia a aspectos del mismo nivel que los que contiene la constitución (habla de una organización determinada del Estado), y que este mismo texto ha sido por todos los españoles por vía de sus representantes en el congreso de los diputados, el TC PUEDE emitir un comunicado, nota, sentencia o como se le quiera llamar diciendo que no es competente para valorar la constitucionalidad del texto y que, en todo caso, puede entrar a valorarla para ayudar no a adaptar el texto a la constitución sino para adaptar la constitución al texto.
Eso, el TC podría haberlo hecho el primer día en que ser reunieron. Las obligaciones jurídicas del TC serán las que quieras, pero su obligación máxima es ser coherentes y respetar la voluntad democrática de los ciudadanos, y si el texto de la constitución no se lo permite, tienen que decirlo alto y claro, y no someterse al dictado de los diferentes partidos políticos.
No vale callar durante 4 años intentando hacer política, prestándose a los juegos estratégicos de los partidos políticos, donde sólo debería de haber sentido común en la interpretación de las leyes.

No me jodas, hombre, si incluso están intentando, por vía de la RAE, cambiar la definición de "nacionalidad" para poder quitar la palabra "nación" del Estatut!!!!

Por cierto, sigue sobrando tu prepotencia en #32, por muy listo y cultivado que te parezca que eres.

D

#33
Vamos a ver:

el TC PUEDE emitir un comunicado, nota, sentencia o como se le quiera llamar diciendo que no es competente para valorar la constitucionalidad del texto y que, en todo caso, puede entrar a valorarla para ayudar no a adaptar el texto a la constitución sino para adaptar la constitución al texto.

El TC dirá que no es competente cuando no lo sea, pero no es el caso ni mucho menos que nos ocupa, porque como todos sabemos, todas las leyes tienen siempre rango inferior a nuestra CE y deben adaptarse a sus designios. En caso de que choquen sus pretensiones (como ocurrió con la Ley de la "patada en la puerta") será declarada inconstitucional y se tendrá por no vigente.

Las obligaciones jurídicas del TC serán las que quieras, pero su obligación máxima es ser coherentes y respetar la voluntad democrática de los ciudadanos,

No se quién te habrá comentado semejante despróposito (obviamente yo no he sido). Su obligación es pronunciarse sobre la constitucionalidad o no de las leyes que se aprueban. Punto. Si el Estatuto incumple algunos de los mandatos constitucionales serán derogados, es lógico, por supuesto.

Se puede decir que está politizado. Que se actúa conforme a los designios de los partidos, lo que quieras, porque será verdad o no, pero lo que no se puede hacer es criticar sin tener la más mínima y elemental base de cómo funciona el TC, que es lo que estás haciendo comentario tras comentario con ahínco y esmero.

No puedes soltar las barbaridades que has soltado en esta noticia y pretender tener razón. Puedes convencerte a ti mismo (que no me cabe duda que así será), pero la empecinada realidad, con sus molestas leyes, se encargan de desmentirte. Lo siento.

D

#34 De verdad, eh? ... "barbaridades", "ignorante", "pretender tener razón", "convencerme a mi mismo", "lo siento" ... parece que tu ego no puede resistir expresarse con todo su esplendor cada vez que dictaminas y expones la verdad absoluta de la santa y divina constitución, y sus profetas, el tribunal constitucional.
Venga, que pases un buen San Juan.

D

#35

Venga, que pases un buen San Juan.

Te agradezco enormemente la felicitación por mi Santoral. Prácticamente nadie se había acordado. Espero que al menos yo te haya enseñado algo sobre el funcionamiento del TC.

Pachuli

#37 Tiene razón #36 cuando dice que el TC sirve para lo que sirve. Es más, si no me falla la memoria del poco Derecho Consitucional que estudié el TC no puede actuar de oficio, es decir solo puede evaluar la consitucionalidad de una norma mientras se haya planteado recurso por parte de uno de estos entes: Presidente del Gobierno, el defensor del pueblo, 50 diputados, 50 senadores, el gobierno de una Comunidad o la Asamblea de una de estas. Sin embargo de unos años a esta parte ha quedado patente su gran mediatización no solo política, si no partidista, convirtiéndose en una especie de tercera cámara donde los 2 grandes partidos dirimen no pocas de sus disputas.
Y esto nos lleva a la pregunta de si el reglamento que regula el correcto funcioamiento del TC es el más deseable. No son pocos los juristas que sostienen que con el asunto del Estatut han quedado patente sus defectos y déficits, pues aspectos como los numerosos filtrajes a la prensa (terminantemente prohibidos pos dicho reglamento), el controvertido mecanismo de recusación, el mal resuelto mecanismo de renovación de cargos vacantes y caducados (¿Alguien se imagina a un gobierno que trasncurridos 4 años prosiga sus funciones y se haga el remolón a la hora de convocar elecciones?) o la aberración jurídica de enjuiciar una norma que ha sido plebiscitada planteando con ello un peligroso choque de legitimidades (Me gustaría saber quien fue el genio que se le ocurrió acavar con el mecanismo del recurso previo).
Uno podrá estar legitimamente en contra del Estauto catalán, pero si sustenta su posición en razones como el igualitarimo de derchos, deberes y oportunidades o la ausencia de privilegios territoriales, como español y demócrata que se le supone antes de ello debería estar avergonzado y enojado con el pésima imagen de instituciones como el TC a la que se les supone seriedad, rigurosidad e independencia.
Como en Cataluña vemos que se antepone el antiestatustismo al correcto y justo funcionamiento de las instituciones pues no es de extrañar que cada vez haya más gente que prefiera romper con esas instituciones, o lo que es lo mismo, la secesión.

D

#38 pues más o menos es lo que quería decir yo, pero lo has hecho mil veces mejor. A mi me da igual el reglamento y las leyes que regulen al TC mientras este TC esté al servicio de lo que está ...

D

A todos los que piden un acato incondicional a la santa constitución ... ¿porque, ya puestos, no pedimos un acato incondicional a todas las leyes (de hecho, emanan de la divina constitución) e impedimos así que se cambie ninguna?. Y el que no esté de acuerdo con alguna de ellas, se le prohíbe presentarse a las elecciones y ya está.

D

Si se jura o promete la constitución, ¿qué va a pasar el día que se tenga que cambiar para que una hija del borbón pueda ser reina, en caso de que tenga una hermano menor?

Negret

Mareando la perdiz que es gerundio.

D

Pues doble felicitación, tocayo!
Gracias por tus esfuerzos por intentar culturizarme (no es fácil!) jejejeje ...

Venga, lo dicho, que lo pases bien.

D

El partido españolista gasta el tiempo en bobadas igual que cualquier otro partido nacionalista

D

Confiemos que llegue a buen puerto ésta propuesta sensata de UPyD

raoulduke

Gorka Maneiro afirmó que "parece lógico y fundamental que para que un parlamentario pueda ejercer como tal deba acatar las leyes básicas que rigen la convivencia de los ciudadanos".

Poco futuro tiene este chico en UPyD. No se dice la convivencia de los ciudadanos, se dice de los españoles. Un poco de coherencia en el discurso, hombre.

D

¿No lo hacían hasta ahora?

D

#1 No, estallaban en llamas.

D

ays fíjate... Demócratas de toda la vida, D E M O C R A C I A se os llena le boca diciéndolo, Lejos de los que pensabais que iba a criticar la propuesta, yo me uno a ella con jolgorio y alegría, pero solo si se lleva un pequeño pasito mas allá;

¿Y si sometemos la Constitución a referendo popular?

el que no este de acuerdo con la propuesta que abandone el "cargo"

D

#11 La Constitución.

D

¿Y por qué los vascos y no los catalanes o los extremeños?

¿Por qué UPyD se empeña en crear desigualdades de trato entre los españoles?

Ah... espera... que a lo mejor es que no somos todos iguales.

D

#22 Porque los extremeños y catalanes ya lo tienen que hacer.

Reglamento de la Asamblea de Extremadura.
TÍTULO II.
DEL ESTATUTO DE LOS PARLAMENTARIOS.
CAPÍTULO I.
DE LA ADQUISICIÓN, SUSPENSIÓN Y PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE DIPUTADO.
Artículo 15. Adquisición de la condición plena de diputado.

1. El diputado proclamado electo adquirirá la condición plena de diputado por el cumplimiento conjunto de los siguientes requisitos:

Por presentar la credencial expedida por el correspondiente órgano de la Administración electoral.

Por cumplimentar su declaración a efectos de incompatibilidades, que serán las establecidas en el presente Reglamento y en la Ley Electoral, reflejando los datos relativos a profesión y cargos públicos que desempeñe.

Por efectuar declaración de bienes, intereses y actividades y presentar copia de su declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto del patrimonio, o declaración jurada de no tener obligación legal de presentarla, para su inscripción en el Registro de Actividades, Bienes e Intereses, conforme a lo previsto por el artículo 31 del Reglamento.

Por prestar en la primera sesión del Pleno a la que asista la promesa o el juramento de acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía para Extremadura si no lo hubiera hecho en la sesión constitutiva.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ex-reg190608.t2.html#

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA, B.O.E. nº. 38 de 14/2/2006.

REGLAMENTO del Parlamento de Cataluña, aprobado por el Pleno del Parlamento, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2005.
Capítulo IV.

La adquisición y la pérdida de la condición de diputado o diputada y la suspensión de los derechos parlamentarios.

Artículo 16. Acceso al pleno ejercicio de la condición de diputado o diputada.

1. El diputado o diputada proclamado electo accede al pleno ejercicio de la condición de parlamentario o parlamentaria una vez cumplidos los dos requisitos siguientes:

a) Presentar al Registro General del Parlamento la credencial expedida por el órgano correspondiente de la Administración electoral y prometer o jurar respetar la Constitución española y el Estatuto de autonomía de Cataluña.

b) Presentar las declaraciones de actividades y de bienes que especifica el artículo 12.

2. Los derechos del diputado o diputada proclamado electo no son efectivos hasta que no ha accedido al pleno ejercicio de la condición de parlamentario o parlamentaria, de conformidad con el apartado 1.

http://www.protocolo.org/ceremonial/legislacion_leyes_decretos_reglamentos_y_otros/reglamento_del_parlamento_de_cataluna_aprobado_por_el_pleno_del_parlamento_en_sesion_celebrada_el_dia_22_de_diciembre_de_2005_parte_i.html

D

Que políticos de un país tengan que jurar para acceder a su cargo la mayor de las leyes de su propio país y que eso sea noticia... solo puede pasar en España.

Soriano77

#6 ¿Si? ¿cuando?
#7 Te devuelvo el negativo, que no se a que ha venido.

Soriano77

Yo quiero que haga lo mismo el jefe de estado.

D

#5 Lo hace.

Ramen

#6 ¿Juro la constitución o El Movimiento Nacional? Lo de las bases del movimiento si se sabe que lo juró. ¿Alguien sabe si juró la constitución del 78?

LaResistance

#6

*El* actual Jefe de Estado no juró, sin embargo, la Constitución de _1978,_ que institucionalizaba la monarquía en un sistema parlamentario. La propia Constitución sólo prevé la realización de este juramento en la proclamación del monarca, que en el caso de Juan Carlos de Borbón ocurrió en 1975, tres años antes del nacimiento de la Carta Magna. Así pues, el actual Jefe de Estado juró defender los principios del Régimen franquista, pero no los principios de la Constitución del 78.

http://www.larepublica.es/spip.php?article7535

vale, q es una fuente discutible y tal, pero si tienes una que argumente lo contrario dimelo