La Agencia Tributaria ha publicado este 2025 una actualización clave sobre la fiscalidad de las criptomonedas, un terreno que en los últimos años se ha vuelto cada vez más relevante por el crecimiento del mercado digital y la expansión de los criptoactivos. En su comunicado, el organismo recuerda que las criptomonedas deben considerarse bienes inmateriales con contenido económico, lo que implica que deben declararse tanto en el Impuesto sobre el Patrimonio como en el IRPF, dependiendo de los casos.
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A partir de cierto patrimonio, creo que son 700 mil a nivel estatal pero puede ser inferior en ciertas CCAA, sí estás obligado a hacer la declaración de patrimonio y entonces sí tributa.
En cuanto a la declaración de saldos si los tienes en el extranjero es equiparable al modelo 750 que también obliga a declarar patrimonio fuera de España a partir de los 50 mil euros creo que es. En este caso no es por que tribute sino por que el estado tiene… » ver todo el comentario
#6 juraría que binance está fuera de la UE, me suena que estaba en un paraíso fiscal.
A raíz de esto yo entiendo que sí en cualquier caso (por ejemplo en el IRPF).
¿Puede que hubiera cambiado?
Puede ser una duda qué es una ganancia y una pérdida, porque puede ser la plusvalía (el valor de venta sobre el de compra, y por lo tanto solo efectiva el día que vendes, no hay ganancia o pérdida mientras "holdeas"), o la variación patrimonial, que se produce a cada minuto según su valor de mercado fluctúa.
Me contó un inspector que detectan miles de irregularidades y errores evidentes, pero que por 100 pavos no van iban a mirar ni discutir nada. Cuesta más una hora de inspector. Ahora, si un día te someten a una inspección por lo que sea, te crujirán grandemente.
Si estás obligado a hacer la declaración de patrimonio el último apartado es "otros bienes", ahí cabe todo. De hecho las criptomonedas iban ahí hasta que posteriormente les añadieron un apartado específico. Si lo de los bonsáis se generalizase acabaría teniendo casilla propia.
Entiendo que si vendo alguno tendría que declarar el ingreso, pero ahora mismo no existen fiscalmente.
Si tienes una ganancia… » ver todo el comentario
La ley de 1991 obliga de forma explícita a declarar el patrimonio en la declaración de patrimonio, lo hace así:
1. Naturaleza y objeto del Impuesto.
El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava el patrimonio neto de las personas físicas en los términos previstos en esta Ley. A los efectos de este
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es.wikipedia.org/wiki/Firma_de_anillo
es.wikipedia.org/wiki/Prueba_de_conocimiento_cero
El proceso judicial sigue su curso, el responsable del proceso de restitución a priori sigue intentando recuperar más de lo robado y en caso de conseguirlo en una cuantía significativa se haría otro reparto, incluso a quienes ya se ha repartido. Sé que las probabilidades son mínimas pero técnicamente la posibilidad está ahí, así que entiendo que se podría defender no declarar aún esa pérdida del 80%.
En el caso del proceso judicial de Mt Gox… » ver todo el comentario
Le he preguntado al chatgpt y dice que según el art. 33.5 Ley IRPF, la fórmula sería:
valor de adquisición (tu base histórica) – valor recuperado (lo efectivamente recibido) = pérdida patrimonial
Si por ejemplo perdiste 5 BTC y recuperaste 1
valor de… » ver todo el comentario
Yo creo que se habla poco de él: dinero digital que no se puede rastrear, como las chistorras, los soles y las lechugas.
Sólo una pista, en los exchanges oficiales no la puedes comprar porque la han proscrito.
No han sido capaces de rastrearla cuando lo han intentado, y se han acojonao. El resto de monedas ahí siguen.
Si lo que quieres es un umbral, tienes los 3000€ con los que los bancos avisan a hacienda de cualquier movimiento, o los 1000€ que no se pueden pagar en efectivo a una empresa.
Si vendes una carta magic por 1000€ y no tributas esa plusvalía, te caería una multa. Y tiene todo el sentido.
Necesitas previamente denunciar esa pérdida a la policía para que quede constancia formal de ello.
Aquí te lo explican con mayor detalle: cryptobooks.tax/es/blog/criptomonedas-robadas-estafas
Se refieren tanto al caso de ser víctima de un robo como en la pérdida, a nivel fiscal es lo mismo.
Traducción: Creo que tu respuesta no tiene nada que ver con mi comentario.