"Lo que hemos revelado son presuntos delitos que se están investigando en este mismo edificio en otro juzgado", ha dicho Escolar. "Hay que decir claro y alto que la misión de los periodistas es revelar secretos y lo vamos a seguir haciendo", ha afirmado Ejerique..
#2:
Llegó donde llegó por mentir. Ascendió por mentir. Ganó las elecciones por mentir. Es lo que mejor hace y seguramente lo único que hará, mentir.
#10:
#4El Tribunal Constitucional establece que, siempre que la información sea relevante, prima la libertad de información sobre el derecho a la intimidad. Si es que eres de lectura selectiva
Los periodistas han destacado que se encuentran "muy tranquilos", ya que les protege su derecho constitucional a no revelar sus fuentes y es algo que harán cuando se les cite a declarar como investigados en el Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid.
En la noticia se habla de un derecho constitucional.
Esto has escrito:
El Tribunal Constitucional establece que, siempre que la información sea relevante, prima la libertad de información sobre el derecho a la intimidad.
Como dije antes, en la Constitución no hay ningún artículo que hable de las fuentes del periodista. Dije que otra cosa es lo que diga la doctrina, a la que apuntas tú.
La conclusión que saco es que el periodista tiene derecho a no revelar sus fuentes, pero con matices. Tendrá que ser un Tribunal el que dictamine en cada caso que el derecho a la información prima sobre el derecho a la intimidad.
el articulo 20 de la Constitucion no habla "concretamente" de fuentes periodísticas, pero habla de:
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
Pero es que esta tía es una psicópata. Y en su partido lo sabían. Y ahora lo sabe España entera. Pero durante todos estos años hemos tenido al frente de un Gobierno regional a una señora que en su cuenta bancaria, según confesión propia, sólo tenía 900 euros y ninguna propiedad ni seguridad financiera para ella o para su familia... así le va al país con este pedazo de "gestores". Que contrata a señoras que roban cremas en supermercados y que se preocupan más de qué ropita llevan y cuánto maquillaje se ponen para medrar en la política y para quienes mentir entra dentro de la normalidad.
La gente no suele comentar el clasismo que subyace respecto a los masters y tal.
A mí me hubiera dado más confianza que hubiera tenido trabajo, dos años seguidos ,en una heladería o chiringuito.
El resto jugamos en la liga del mundo real.
#16 Realmente no. La edad de los masters, tras cursar la uni, es el ejemplo más claro para demostrar que tienes apoyo familiar y económico pasados los 20-25.
¿Existe un derecho constitucional a no revelar las fuentes? ¿Incluso si la información se ha obtenido de forma delictiva?
Tengo mis sospechas de que eso sea así, aunque no soy experto en derecho. Desde luego no hay ningún artículo en la Constitución que hable de las fuentes del periodista. Otra cosa será la jurisprudencia que haya al efecto.
#4 De mis años como estudiante de periodismo creo recordar que había ciertas limitaciones a la protección de las fuentes, aunque se las podía proteger en líneas generales. En USA, por ejemplo, creo que la ley las protege al 100%. Ahora consulto y te digo.
#4El Tribunal Constitucional establece que, siempre que la información sea relevante, prima la libertad de información sobre el derecho a la intimidad. Si es que eres de lectura selectiva
Los periodistas han destacado que se encuentran "muy tranquilos", ya que les protege su derecho constitucional a no revelar sus fuentes y es algo que harán cuando se les cite a declarar como investigados en el Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid.
En la noticia se habla de un derecho constitucional.
Esto has escrito:
El Tribunal Constitucional establece que, siempre que la información sea relevante, prima la libertad de información sobre el derecho a la intimidad.
Como dije antes, en la Constitución no hay ningún artículo que hable de las fuentes del periodista. Dije que otra cosa es lo que diga la doctrina, a la que apuntas tú.
La conclusión que saco es que el periodista tiene derecho a no revelar sus fuentes, pero con matices. Tendrá que ser un Tribunal el que dictamine en cada caso que el derecho a la información prima sobre el derecho a la intimidad.
#4 El articulo 20 de la Constitucion lo deja bien claro. Mientras no hagas ninguna ilegalidad tienes derecho a mantener el secreto profesional. Si un tio piratea un ordenador para obtener informacion y te la da el delito lo comete el pirata, no el periodista.
#24Si un tio piratea un ordenador para obtener informacion y te la da el delito lo comete el pirata, no el periodista.
No es ese el debate. La cuestión es otra. Imaginemos que se ha hecho pública una información relevante, pero el que la ha obtenido ha cometido graves delitos al hacerlo. ¿Está el periodista obligado a colaborar con la justicia? ¿Comete un delito si no lo hace?
Nadie discute que el que publica la información no comete ningún delito. Sinceramente, demuestras valorarme muy poco haciendo observaciones tan evidentes.
#28 No se si demuestro valorarte muy poco, pero leyendo este comentario tuyo es cierto, no te valoro demasiado. Peguntas exactamente lo mismo que te he respondido.
#4 Si.Pero no exime de su veracidad e interés general.Si no se cumplen estas dos condiciones no aplica la protección constitucional.
Para el caso español empieza así.
Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 19.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Constitución Española de 1978 reconoce la Declaración:
TÍTULO I
De los derechos y deberes fundamentales
Artículo 10
Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las materias ratificados por España
Artículo 20
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
Sigue.....
Y en el codigo Penal..
Artículo 20.
Están exentos de responsabilidad criminal:
///--///
7.º El que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.
Y el asunto sigue con la jurisprudencia de en Sentencias del Tribunal Constitucional y en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el secreto profesional periodístico.
Comentarios
Llegó donde llegó por mentir. Ascendió por mentir. Ganó las elecciones por mentir. Es lo que mejor hace y seguramente lo único que hará, mentir.
#2 Todo eso en un partido de mentirosos patológicos .
#8 Y buenos catolicos, no nos olvidemos.
#9 Es que es de buen católico mentir. Si no, de qué.
#2 Hombre a una cleptomana cara dura no creo que mentir le parezca algo malo, probablemente tendrá un complejo de Napoleón acojonante la señora.
Pues nada. Una jaqueca de 15 años.
#14 No estoy seguro de que los insultos refuercen tus argumentos.
Peppera mentirosa y corrupta. Sorpreson.
#5 Pues igual que el PSOEro Maxim Huerta que defraudó a Hacienda y se atrevió a ser ministro...
el articulo 20 de la Constitucion no habla "concretamente" de fuentes periodísticas, pero habla de:
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
La migraña amaña
Lo más importante de todo esto, lo que se nos quedará en la memoria con más nitidez, será la canción.
No me voy, me quedo, me voy a quedar....no me voy
Milf.
#12 Eres tan pervertido como yo.
#18 Me uno, aunque yo soy más de Cospe. Ese look con el pelo corto puf...
#29 Pues no. Tú hablas de si es delito publicar o no.
Yo no he preguntado eso.
Ahora soy yo el que te valora en absoluto.
Pero es que esta tía es una psicópata. Y en su partido lo sabían. Y ahora lo sabe España entera. Pero durante todos estos años hemos tenido al frente de un Gobierno regional a una señora que en su cuenta bancaria, según confesión propia, sólo tenía 900 euros y ninguna propiedad ni seguridad financiera para ella o para su familia... así le va al país con este pedazo de "gestores". Que contrata a señoras que roban cremas en supermercados y que se preocupan más de qué ropita llevan y cuánto maquillaje se ponen para medrar en la política y para quienes mentir entra dentro de la normalidad.
http://revista-estudios.revistas.deusto.es/article/view/253/403
Está va por nota pero de verdad
La gente no suele comentar el clasismo que subyace respecto a los masters y tal.
A mí me hubiera dado más confianza que hubiera tenido trabajo, dos años seguidos ,en una heladería o chiringuito.
El resto jugamos en la liga del mundo real.
#11 ¿Clasismo por un máster?
Ya hay que ser imbécil para dárselas de algo por tener un máster. Hoy en día todo el que no se niega a estudiar acaba con carrera y máster.
#16 Realmente no. La edad de los masters, tras cursar la uni, es el ejemplo más claro para demostrar que tienes apoyo familiar y económico pasados los 20-25.
#17 Eso, o ya te han colado en escalas medias-altas de empresas, o directamente te han montado una para que juegues.
#16 no, ella supuestamente engañó para sacar un máster y poder decir con el puño en alto "yo teeengo el poder"
Incendio como en la Ciudad de la Justicia de Valencia en 3....2....1
¿Existe un derecho constitucional a no revelar las fuentes? ¿Incluso si la información se ha obtenido de forma delictiva?
Tengo mis sospechas de que eso sea así, aunque no soy experto en derecho. Desde luego no hay ningún artículo en la Constitución que hable de las fuentes del periodista. Otra cosa será la jurisprudencia que haya al efecto.
#4 De mis años como estudiante de periodismo creo recordar que había ciertas limitaciones a la protección de las fuentes, aunque se las podía proteger en líneas generales. En USA, por ejemplo, creo que la ley las protege al 100%. Ahora consulto y te digo.
#4 El Tribunal Constitucional establece que, siempre que la información sea relevante, prima la libertad de información sobre el derecho a la intimidad. Si es que eres de lectura selectiva
#10 Esto dice la noticia:
Los periodistas han destacado que se encuentran "muy tranquilos", ya que les protege su derecho constitucional a no revelar sus fuentes y es algo que harán cuando se les cite a declarar como investigados en el Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid.
En la noticia se habla de un derecho constitucional.
Esto has escrito:
El Tribunal Constitucional establece que, siempre que la información sea relevante, prima la libertad de información sobre el derecho a la intimidad.
Como dije antes, en la Constitución no hay ningún artículo que hable de las fuentes del periodista. Dije que otra cosa es lo que diga la doctrina, a la que apuntas tú.
La conclusión que saco es que el periodista tiene derecho a no revelar sus fuentes, pero con matices. Tendrá que ser un Tribunal el que dictamine en cada caso que el derecho a la información prima sobre el derecho a la intimidad.
#13 ¿Dije de lectura selectiva? Quería decir corto.
#4 El articulo 20 de la Constitucion lo deja bien claro. Mientras no hagas ninguna ilegalidad tienes derecho a mantener el secreto profesional. Si un tio piratea un ordenador para obtener informacion y te la da el delito lo comete el pirata, no el periodista.
#24 Si un tio piratea un ordenador para obtener informacion y te la da el delito lo comete el pirata, no el periodista.
No es ese el debate. La cuestión es otra. Imaginemos que se ha hecho pública una información relevante, pero el que la ha obtenido ha cometido graves delitos al hacerlo. ¿Está el periodista obligado a colaborar con la justicia? ¿Comete un delito si no lo hace?
Nadie discute que el que publica la información no comete ningún delito. Sinceramente, demuestras valorarme muy poco haciendo observaciones tan evidentes.
#28 No se si demuestro valorarte muy poco, pero leyendo este comentario tuyo es cierto, no te valoro demasiado. Peguntas exactamente lo mismo que te he respondido.
#4 Si.Pero no exime de su veracidad e interés general.Si no se cumplen estas dos condiciones no aplica la protección constitucional.
Para el caso español empieza así.
Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 19.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Constitución Española de 1978 reconoce la Declaración:
TÍTULO I
De los derechos y deberes fundamentales
Artículo 10
Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las materias ratificados por España
Artículo 20
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
Sigue.....
Y en el codigo Penal..
Artículo 20.
Están exentos de responsabilidad criminal:
///--///
7.º El que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.
Y el asunto sigue con la jurisprudencia de en Sentencias del Tribunal Constitucional y en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el secreto profesional periodístico.