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Almorca

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En menéame desde abril de 2006

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3 Notas
  1. Se presentan soluciones simples y políticamente incorrectas a un problema complejo. Esta mierda va a triunfar en menéame. A portada.
  2. #12 ¡Coño! ¡Un auténtico meridianista!

    Te apuesto lo que quieras a que yo soy capaz de indicar con mayor precisión, sin más herramienta que mi vista, cuándo es el amanecer y la puesta de sol, que tú cuándo es mediodía.

    ¿Y sabes qué? la imagen que seguramente tomarás como referencia, donde se ve que en Londres y en Barcelona, más o menos, amanece a la vez es, como en el artículo, una ilusión, pues eso sólo pasa un par de días al año. Hay días donde amanece a la vez en el norte de Alemania y Galicia mientras que en Londres es de noche.

    Importa MUCHO más cuándo amanece, para empezar el día, que el mediodía, que sólo se refiere a la mitad de un plazo de 24 horas.

    Según tú, en los días más largos (entre salida y puesta de sol) de verano, que en la España peninsular son unas 15 horas, la salida el sol debería ser a las cuatro y media de la mañana, habiendo luz ya a las cuatro si no antes,

    Como bien dice #18, te olvidas de el ángulo del eje de rotación de la Tierra respecto al plano de traslación.
  3. #8 ahí va  media
  4. ¿Y por qué?

    [...]ha prohibido a esa unidad investigadora usar el contenido de los dispositivos incautados hasta que no se haya realizado un expurgo con el que quiere apartar todo lo que no sea objeto de investigación.

    [...]y, lo que es más relevante, “el expurgo de cualquier actuación procesal, documentación o información que no tenga que ver con los hechos objeto de la causa o con el periodo en que se concretan dichos hechos” -de 2021 a 2023-.

    Al hilo, la defensa explicaba que, en caso de que no se apartara de la causa todo lo que no tuviera que ver con el objeto de la investigación, la UCO podría recabar “diligencias que nada tienen que ver con los hechos” y se podrían emitir “juicios de valor por lo que es, lo que hace, cómo vive o cómo actúa una persona en todo su ámbito personal, profesional o vital”. Esto, añadía, permitiría que “entrara en juego el derecho penal de autor y no de acto, que es el que prima (…), donde solo se persiguen conductas concretas

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