El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Ley 5/2025, que incorpora una deducción específica en el IRPF para trabajadores con ingresos anuales iguales o inferiores a 18.276 euros, es decir, quienes cobran el Salario Mínimo Interprofesional. Aunque la norma entra en vigor formalmente en julio de 2025, la disposición señala que sus efectos serán retroactivos desde el 1 de enero de 2025, por lo que el impacto se reflejará en la declaración de la renta que se presente en 2026.
|
etiquetas: hacienda , irpf , deducciones
¿Se han currado el titular para que parezca que te quitan pasta de la nómina?
La nómina de la.imagen no tiene nada que ver con la.noticia e induce a error
Aquí lo explican algo mejor.
garanta.es/la-nueva-deduccion-de-340-e-en-el-irpf-como-funciona-y-quie
La imagen de la nómina que aparece en la noticia parece indicar que sí, pero no. Es una nómina de 2015. Ese recuadro que aparece es engañoso.
No me creáis, mirad la modificación en la disposición final tercera de la ley 5/2025, a ver si habla de retenciones.
Si tienes un contrato de 6 meses y vienes del paro te van a retener un 2 en vez de un 24 o un 14 o un 11 o lo que te corresponda según tu situación familiar.
Es decir ese tipo es variable según lo que pagues de IRPF.
Es más, puedes ajustarlo tú y pedir que te retengan más si quieres. "La declaración" es… » ver todo el comentario
No sé si estás liado o estás intentando justificarte huyendo hacia adelante pero no desinformes.
En la nómina podrían notarse por afectar a la retención, en todo caso, reducciones sobre la base, no deducciones sobre la cuota.
Esto entró en vigor en julio, así que si puedes hacerlo, compara una nómina de agosto de alguien que cobre el SMI o menos, con otra anterior, de mayo por ejemplo, para que no afecte la paga extra. Verás como no cambia nada.
El cálculo de la retención es… » ver todo el comentario
Y sobre tus gustos personales, que quieres que te diga. A mí sinembargo me parece cómico tu tono que supongo que piensas que le da validez a tu pobre argumento. En serio. El IRPF lo pagas en tu nomina. La declaración es un ajuste. no todos tenemos las mismas retenciones aún teniendo elismo salario. A partir de ahí, di lo que quieras o intenta irte por donde quieras. Pero la realidad es que si lo vas a notar en tu nómina si estás en esos importes
Por deducción se suele entender como el descuento en la declaración de la renta, no en la nómina.
En la nómina se pagan cotizaciones que luego se pueden deducir en la declaración.
Esto beneficia a quienes se han visto obligados a tributar tras las subidas del SMI.