El alto tribunal confirma que la comunidad conocía y toleró la instalación durante más de una década y no se opuso a las obras hasta que estuvieron terminadas, vulnerando la buena fe.
La doctrina de los actos propios, derivada de un profuso tratamiento en el derecho romano, la encontramos ya en las Siete Partidas de Alfonso X del siglo XIII con un caso similar a este por el componente de la copropiedad:
"Los señores de los edificios o de las heredades, pueden poner cada uno dellos servidumbre a su edificio, o a su heredad, pero si muchos fueren señores de un edificio, o de una heredad, a que quieran poner servidumbre, todos la deven otorgar quando la ponen. E si
la salida de humos autorizada entonces es de por vida, pase lo que pase, cambie el local, el dueño del local, cambien de idea y de miembros la comunidad que en su día lo autorizó, etc...? alguien que entienda de estas cosas y lo explique? qué tendrían que haber hecho para haber revocado correctamente la autorización? gracias!
No puedes ir en contra de ello si lo has autorizado anteriormente. Otra cosa es que fuera demostrable que la reforma que quiera hacer el nuevo propietario afecte negativamente a la comunidad porque la actividad del establecimiento va a ser mucho mayor, y ahí está la oportunidad de pararlo: dejar que siga teniendo una actividad que ya tenía pero no dar las condiciones para ampliarla.
"permitió la ejecución de las obras de reforma sin oponerse, pese a conocer el proyecto y la intención de mantener la actividad de restauración, por lo que su decisión posterior vulneró la doctrina de los actos propios y el principio de buena fe."
Parece que debieron oponerse desde el principio de la obra. La cuestión no es que no puedan prohibirlo en un futuro, sino que lo hicieron al final, a sabiendas de lo que se estaba ejecutando.
"permitió la ejecución de las obras de reforma sin oponerse, pese a conocer el proyecto y la intención de mantener la actividad de restauración, por lo que su decisión posterior vulneró la doctrina de los actos propios y el principio de buena fe."
Parece que debieron oponerse desde el principio de la obra. La cuestión no es que no puedan prohibirlo en un futuro, sino que lo hicieron al final, a sabiendas de lo que se estaba ejecutando.
"permitió la ejecución de las obras de reforma sin oponerse, pese a conocer el proyecto y la intención de mantener la actividad de restauración, por lo que su decisión posterior vulneró la doctrina de los actos propios y el principio de buena fe."
Parece que debieron oponerse desde el principio de la obra. La cuestión no es que no puedan prohibirlo en un futuro, sino que lo hicieron al final, a sabiendas de lo que se estaba ejecutando.
"Los señores de los edificios o de las heredades, pueden poner cada uno dellos servidumbre a su edificio, o a su heredad, pero si muchos fueren señores de un edificio, o de una heredad, a que quieran poner servidumbre, todos la deven otorgar quando la ponen. E si
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Parece que debieron oponerse desde el principio de la obra. La cuestión no es que no puedan prohibirlo en un futuro, sino que lo hicieron al final, a sabiendas de lo que se estaba ejecutando.
Parece que debieron oponerse desde el principio de la obra. La cuestión no es que no puedan prohibirlo en un futuro, sino que lo hicieron al final, a sabiendas de lo que se estaba ejecutando.
Parece que debieron oponerse desde el principio de la obra. La cuestión no es que no puedan prohibirlo en un futuro, sino que lo hicieron al final, a sabiendas de lo que se estaba ejecutando.