Hace 3 años | Por Verdaderofalso a elcomercio.es
Publicado hace 3 años por Verdaderofalso a elcomercio.es

El primer filtrado identificará el motivo de la consulta y su prioridad, aunque el usuario acudirá a la consulta si lo pide

Comentarios

shinjikari

#1 ¿En qué momento dice la noticia que tendrás que contarle al administrativo lo que te pasa o te deja de pasar?

Ahora mismo en Andalucía tenemos algo parecido. Si llamo a mi CS, un administrativo me pregunta si quiero cita presencial o telefónica. SI es para recetas, por ejemplo, elijo telefónica, porque me es mucho más cómodo y me ahorro meterme en una sala de espera durante media hora. Si considero que nmi MAP necesita verme, pido cita presencial.

No entiendo muy bien dónde está el problema en que el paciente pueda elegir si quiere cita presencial o no.

shinjikari

#6 Si sabes leer habla de triaje

Se leer. ¿Y tu, sabes leer y lo que es un triaje? Lo podrán llamar triaje, pero eso NO es un triaje.

«Esto ya se detectó hace un año y brilló por su ausencia; ahora lo quieren hacer con prisas y de urgencia», critica el presidente del Simpa, Javier Alberdi. «Si el administrativo no es un clínico, por mucho que les formen, si el paciente quiere ir a la consulta, irá a la consulta», añade María José Sánchez Trapiello, delegada de Sicepa-Usipa.

Las instrucciones sobre la gestión de citas subrayan que «en la medida de lo posible, si el paciente requiere una atención presencial, se tratará de organizar todos los actos necesarios en una sola visita al centro de salud».


De verdad, que mala baba gastáis algunos por aquí...

D

#8 Mira chico, si habla hasta de darle al administrativo unos conocimientos clínicos para hacer el triaje:

"Aquí es donde entra el triaje, o pretriaje: un primer contacto con el centro de salud a través del personal administrativo. De cara a que mejore su capacidad de filtrado, Salud les formará en un mínimo de conocimientos clínicos. Atendiendo al cronograma marcado, prácticamente en un tiempo récord, quince días."

De mala baba nada, yo no tengo la culpa de tus carencias en comprensión lectora...

shinjikari

#9 Sigues siendo un maleducado. Lo he leído. ¿Te parece un triaje una valoración que te puedes saltar libremente? Si resulta que el administrativo me dice que cita telefónica y yo le digo que no, que cita presencial, y me la da...¿donde está el problema?

D

#14 Cuánto daño ha hecho la LOGSE,

shinjikari

#20 ¿A que ley educativa tenemos que culpar de los que apelan al analfabetismo del contrario como único argumento?

Urasandi

#6 Ese juntaletras no tiene NPI de lo que es un triaje. Le debe molar el palabro.

BobbyTables

#1 el problema principal no creo que sea ese sino que una persona con nulos conocimientos médicos (a parte de los que podamos tener el común de los mortales) decida sobre la prioridad de un paciente. Entiendo que en ese momento la inmensa mayoría va a pedir ir a consulta pero si por alguna circunstancia esto no ocurre y la enfermedad termina con algo grave para el paciente por la demora al no ver la urgencia el administrativo, va a ser muy divertido esa situación.

M

#1 El secreto profesional no tiene que ver con el nivel de formación/cargo del personal. Si un trabajador, del nivel que sea, es informado de que no puede comunicar datos personales, los que sean, no puede hacerlo (protección de datos).

Esto sirve igual para los administrativos que trabajan en Hacienda. Los datos fiscales son "secretos", igual que los de salud. Un administrativo de un despacho de abogados no puede hacer públicos datos personales de los clientes. Y así...

D

#10 El acceso a los datos de tipo médico están regulados por la LOPD y no lo puede hacer ningún administrativo.

K

#11 Preguntarle a alguien qué le duele solo para asignarle un especialista no está regulado por la normativa de protección de datos.

Urasandi

#13 No es un especialista, es el médico de familia. Al menos en mi Comunidad no puedes elegir ir a un especialista de la pública por tu cuenta, te tiene que derivar el de familia.

M

#11 Si y no... Según la ley de autonomia del paciente (Ley 41/2002), art.16:
"4. El personal de administración y gestión de los centros sanitarios sólo puede acceder a los datos de la historia clínica relacionados con sus propias funciones"

La 41/2002 establece que la LOPD y la General de Sanidad regularan el acceso al historial médico por personal directamente implicado por cuestiones judiciales, epidemiológicas, de investigación, enseñanza, ... pero no dice nada de que los administrativos "per se" no pueden.

Si bien es cierto que el administrativo en general no puede acceder al historial clínico, salvo para los datos directamente relacionados con su trabajo (pongamos la contabilidad/facturación de un paciente) también está sujeto al secreto profesional, ex art. 16.6: "El personal que accede a los datos de la historia clínica en el ejercicio de sus funciones queda sujeto al deber de secreto."

ayatolah

Prepandemia, te dirigías al mostrador:
- Buenos días. Quería una cita para el ginecólogo.
- ¿Para qué?
- ¿y a ud. que le importa? Quiero una cita y punto ¿o es que acaso me la va a negar por no decirle el motivo?

Urasandi

#12 En la noticia no te preguntan por qué, solo te dicen si consulta presencial o telefónica.

shinjikari

Importante, la noticia se refiere exclusivamente a Asturias.

Gry

Hasta que la palme alguien y demanden a los servicios sanitarios.

Verdaderofalso

Y así es como vamos a salir mejores de todo esto…

ur_quan_master

Próximamente lo hará el segurata.
"Al hospital en zapatillas no entras, nene".

Ante estos abusos la única acción posible es la denuncia.