Publicado hace 9 años por --391503-- a usuariosdebancayseguros.adicae.net

Registradores de la propiedad y notarios, sin necesidad de pronunciamiento judicial previo, pueden y deben rechazar cláusulas abusivas en los contratos con consumidores. Relacionada:Los notarios abren una web para informar sobre las cláusulas abusivas de las hipotecas
Hace 9 años | Por Contra_molinos a 20minutos.es
Publicado hace 9 años por Contra_molinos
a 20minutos.es

Ofrece información sobre las cláusulas declaradas abusivas por ley o sentencia. Presta especial aten [...]

Comentarios

porsena

#6 Mariano, aunque lo sea y cobre por ello, no ejerce, es algo que no entiendo, la excedencia deberia de ser por un tiempo limitado, maximo digo yo tres años, y sin tener retribucion por ese puesto durante ese tiempo, pero aqui, se coje plaza de registrador, abogado de el estado o un puesto bueno en la administracion, y a chupar del bote, y si sale mal a mi puesto.

ur_quan_master

#7 eso es mentira... Salvo algunas cosas.

LuCiLu

#6 poner de ejemplo a un señor que hace más de 20 años que no pisa un registro es como medir la seriedad de los biólogos por las cosas que hace Ana Obregón...

D

No; siguiente pregunta?

gonas

Los notarios lo único que controlan es que les pagues y que sus clientes (los bancos, no tu) queden contentos.

Rorschach_

Pues hombre, teniendo en cuenta que los primeros que abusan son ellos... no, no creo.

caracoless

NO

Porque si el periodista tubiese argumentos (pruebas, fuentes etc). no pondría signos de interrogación en el titular

D

#9 El No está implícito y el titular tiene una pizca de ironía, porque todos sabemos la respuesta.

porsena

la mayoria de ellos no te miran ni a la cara, van a leerse el contrato.

D

Yo a Rajoy no le veo tan lince. Otros pudiera ser.