Hace 5 años | Por Danichaguito a cadenaser.com
Publicado hace 5 años por Danichaguito a cadenaser.com

En un comunicado, la Fiscalía anuncia que precisamente pedirá a la sala de lo penal del Supremo que revise esta prescripción: desde 2012, el Ministerio Público entiende que el plazo de diez años debe empezar a contar desde que la víctima tiene conocimiento de su posible condición de niño robado, y no desde que cumple la mayoría de edad.El centro del debate sobre la prescripción radica, en primer lugar, sobre qué delito es la referencia para calcular esta fecha de caducidad: tanto la Fiscalía como la sección segunda de la Audiencia Provincial

Comentarios

A

Paripé.

Médicos, enfermeros, monjas, curas, directores de hospitales, funenarias, abogados y muchos mas colectivos implicados.

Ha prescrito porque interesa que prescriba.

D

Si ha prescrito, poco recorrido puede tener, salvo por una ley retroactiva.

Danichaguito

#2 "la Fiscalía anuncia que precisamente pedirá a la sala de lo penal del Supremo que revise esta prescripción: desde 2012, el Ministerio Público entiende que el plazo de diez años debe empezar a contar desde que la víctima tiene conocimiento de su posible condición de niño robado, y no desde que cumple la mayoría de edad.

El centro del debate sobre la prescripción radica, en primer lugar, sobre qué delito es la referencia para calcular esta fecha de caducidad: tanto la Fiscalía como la sección segunda de la Audiencia Provincial entendieron en un primer momento que debía ser el delito de falsedad - por haber falsificado Vela el acta del parto de Inés Madrigal - cuyos efectos siguen vigentes y que por tanto no habría prescrito. Ayer la sección séptima dictó sentencia explicando que la referencia es el delito más grave, el de detención ilegal, que prescribe a los diez años.

La segunda parte del debate, que reconocía la propia sentencia, gira en torno a la fecha exacta: tanto la Fiscalía como la acusación entienden que el plazo debe empezar a correr en 2010, cuando Inés Madrigal afirma haber empezado a sospechar que era una niña robada. La Audiencia, sin embargo, establece el plazo máximo en 1997, diez años después de haber cumplido la mayoría de edad.
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Cuando el robo de bebés no prescribía:
"A partir de ahí empieza "el problema", según dicen las propias juezas "que ha generado un gran debate judicial" en casos de niños robados "y que ha dado lugar a resoluciones de distinto signo en las distintas Audiencias Provinciales, y también en esta de Madrid": el día a partir del cual empieza a correr el plazo de prescripción. O es el día en que la víctima cumple dieciocho años, o en el que se da cuenta de que puede ser un niño robado.
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La sentencia de la sección séptima hecha pública este lunes contradice frontalmente lo que dijeron hace poco menos de dos años sus compañeros de la sección segunda, la que supervisó la investigación llevada a cabo por el juzgado 46 de la Plaza de Castilla. Ya entonces la defensa de Vela alegó la prescripción del delito y ya entonces la Audiencia Provincial explicó que el caso no había prescrito: tomaron entonces como referencia el delito de falsedad documental, y no el de detención ilegal.
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Para la sección segunda de la Audiencia, el caso no había prescrito porque Vela había falsificado algo que se mantenía de forma constante en el tiempo: su identidad. "Se ha vulnerado, y se sigue haciendo, el bien jurídico que protege el delito de falsedad documental", dijeron entonces los jueces. "El delito se estaría cometiendo aún cuando se presentó la denuncia, fecha en la que Inés Madrigal adquirió el conocimiento" de que podía ser una niña robada.
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En ese mismo sentido se pronunció la Fiscalía General del Estado en 2012, entonces con Eduardo Torres-Dulce al frente: ya entonces dijo que "no comenzarán a correr los plazos de prescripción sino a partir del momento en que el sujeto pasivo haya venido tenido conocimiento de la alteración de su filiación", lo que contradice frontalmente lo dicho este lunes por la Audiencia de Madrid en el caso de Inés Madrigal.
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Las diligencias previas de este caso se abrieron en el año 2012. Inés Madrigal asegura que tomó conciencia de que podía ser una niña robada en 2010, después de leer un reportaje en el diario El País. La sentencia ubica el inicio del cómputo en su 18º cumpleaños: el verano de 1987. "Podía ser esta fecha o cualquier otra en la que la denunciante tomara conciencia de su posible situación, lo que afecta de modo importante al principio de seguridad jurídica", dicen las juezas sobre la pretensión de Madrigal de que el cómputo arranque en 2010.
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En este caso, para las magistradas, "la mayoría de edad de la denunciante coincide con la toma de conocimiento de las circunstancias de su situación familiar", explicando que "a partir de ese momento pudo realizar las pesquisas y acciones que tuviera por conveniente". Los tratados internacionales, reconoce la propia sentencia, rechazan que esto prescriba, pero la Audiencia rechaza aplicar esto de forma retroactiva a un caso ocurrido en 1969: eso "tiene una aplicación de futuro y no es procedente otorgarle una interpretación retroactiva por impedirlo la seguridad jurídica".
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cadenaser.com/ser/2018/10/08/tribunales/1539006703_767729.html?int=mas

CEOVAULTTEC

Esto es humor ¿no? El tribunal supremo... Menudo nido de ratas.