Publicado hace 1 año por Meneador_Compulsivo a cadenaser.com

La Audiencia Provincial de Salamanca ha revisado la condena, tras la entrada en vigor de la ley conocida como la del 'sólo sí es sí', a un hombre que violó a tres mujeres en días diferentes de 2009, todos ellos entre el 11 y el 18 de noviembre. El autor de los hechos fue condenado inicialmente a 33 años y dos meses de prisión. Ahora, tras la revisión, el hombre, que actualmente cumple condena en Francia por otras tres violaciones en el país galo, hará frente a una pena de 24 años de cárcel.

Comentarios

kiwipiña

#2 Y que dijeran si la revisión es en firme o si es solo lo que se propone y luego ya se verá si se dicta esa sentencia o no.

kiwipiña

#4 Pues eso te está diciendo #2 : que el periodista nos explique cuál es ese nuevo mínimo, cuál era el anterior, cuáles son los agravantes del delito, si la antigua pena cabe dentro de la nueva ley... Si esto fuese una ecuación matemática, no vale con decir "el resultado es 2", habrá que analizar cuáles han sido los pasos de las operaciones.

K

#5 Creo que #2 y tú confundís una noticia con un reportaje didáctico. Prácticamente ninguna noticia judicial se da detallando los pormenores jurídicos al nivel que decís, salvo que suponga algo novedoso que merezca la pena explicar más en detalle. Como dice #4, a estas alturas todos conocemos más o menos la problemática judicial de la nueva ley, y estas noticias no merecen muchas más explicaciones.

kiwipiña

#8 Creo que más bien se está viendo lo contrario. Se da mucho bombo a las noticias de petición de revisiones de condena o excarcelaciones (de las que solo se están pasando a trámite 1 de cada 4, por cierto), aunque todavía ninguna de estas peticiones se ha hecho firme. De hecho, el CGPJ (a pesar de estar en manos de quien está) ha admitido que en la mayoría de los casos no habrá reducciones de condena.

Así que sí, los ciudadanos necesitamos más información para saber en manos de qué jueces estamos y los motivos por los que toman ciertas decisiones. Si no se hace, se está formando esta idea artificial de que la ley está sacando YA a gente de la cárcel, cuando es absolutamente falso. Pero, ah, para algunos todo vale en "la guerra".

K

#11 Por supuesto que la ley está sacando ya a gente de la cárcel, aquí un mero ejemplo: https://www.lavozdegalicia.es/noticia/lugo/lugo/2023/02/14/violador-serie-portal-lugo-sale-hoy-prision-tras-beneficiarse-ley-solo-/00031676375560654259874.htm

Que no sea firme signfica que se puede recurrir, pero hasta que se recurra y el recurso progrese, la rebaja de pena es efectiva.

En cualquier caso si queremos medir la profesionalidad de nuestros jueces en base a unas noticias redactadas por un conjunto de medios sectarios (porque no hay ni uno ni medio independiente), vamos por muy mal camino.

S

#8 Realmente creo que las noticias sí deben tener un fin didactico, pero vamos, puede ser más discutible hasta qué punto debe profundizar/explicar una noticia los hechos.

WarDog77

#4
"y por tanto los hechos condenados al mínimo, que no se vuelven a juzgar, reciben el nuevo mínimo"
No y además en ningún lado dice que tenga que ser así.

Si a ti te condenan a 3 años por sobrepasar en 30km/h la velocidad de la vía (pena mínima) y ahora se modifica la ley añadiendo que los que superen la velocidad de la vía en 20km/h seran condenados a 2 años (nueva pena mínima) tú debes de seguro condenado a 3 años porque superaste la velocidad de la vía en 30km/h, no en 20.

o

#4 tambien dicen q se podrian aplicar agravantes pertinentes en el caso q los jueces están obviando

Aeren

#2 Hoy en día ya no hay periodistas que busquen informar. Hay juntaletras asalariados por unos medios politizados. Así que para ellos el informar y el difundir la verdad es lo de menos.

D

Rápido, que no se vea que pasa lo que no iba a pasar.

h

24 años! Alguien sabe cuando puede salir en tercer grado?

oso_69

#1 "En el mismo artículo 36 del Código Penal encontramos enumerados múltiples motivos para la aplicación o no del tercer grado. Vemos, por ejemplo, que “cuando la duración de la pena de prisión impuesta sea superior a cinco años, el juez o tribunal podrá ordenar que la clasificación del condenado en el tercer grado de tratamiento penitenciario no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta”."

https://www.newtral.es/tercer-grado-que-es-penitenciario/20200704/

S

Si votamos negativo y hacemos como que no existe, entonces no pasó.