Los dos denunciados por su participación en los altercados del pasado 27 de octubre a la salida de un acto en el Palacio de Festivales al que asistía el líder de Podemos, Pablo Iglesias y en el que se produjeron agresiones y amenazas a asistentes y medios de comunicación, serán procesados por delitos leves de agresiones y amenazas, pero no por delito de odio, coacciones o manifestación ilegal. relacionada Agresión a una periodista en Santander
#5 no. lo que hicieron fue aprovechar un acto de campaña de pablemos para protestas contra la independencia de catalnya e insultar y agredir a los que estaban fuera. periodistas trabajando y ciudadanos. todo esto desde el odio, la exaltación y la estulticia.
Comentarios
No es que la justicia sea ciega, es que está cara al sol
El delito de odio solo se aplica a catalanes
#3 catalanes y murcianos
España es un estado de fascistas.
Es que era libertad de expresión.
Si es contra alguien religioso ya no, hombre...
#1 ¿Entraron dentro y le boicotearon el acto?
#5 Cambia las pilas de tu detector de sarcasmo.
#5 no. lo que hicieron fue aprovechar un acto de campaña de pablemos para protestas contra la independencia de catalnya e insultar y agredir a los que estaban fuera. periodistas trabajando y ciudadanos. todo esto desde el odio, la exaltación y la estulticia.
#9 no te molestes, este es uno de los fascistas que estarían allí o le hubiera gustado.
#10 ahm. bueno, ahí queda. para que lo lea cualquiera, independientemente de su perfil ideológico
Nunca es delito de odio si el agresor tiene la misma ideología que el juez.