Hace 7 años | Por Pepox a europapress.es
Publicado hace 7 años por Pepox a europapress.es

El juez ha ordenado libertad provisional para el conductor de una furgoneta detenido este jueves por haber dado positivo por cocaína y como presunto autor de...

Comentarios

D

Comparecencia semanal, prohibición de salir del país y retirada del carné.

Aunque no confío mucho en que no siga cogiendo el coche aún sin él

RojoRiojano

#3 yo te voy a comentar algo: a diferencia de las pruebas de alcoholemia, las pruebas de drogas sólo indican la presencia de drogas en el organismo. No indican ni la cantidad, ni si el sujeto al que se le hace la prueba va bajo sus efectos. No quiero defenderlo, pero las pruebas de drogas que se practican ahora mismo se usan para criminalizar con demasiada ligereza. Este individuo podría haber estado ayer con sus amigos y se metió 4 rayas, y resulta que hoy, muchas horas después de que se le hayan pasado los efectos, habiendo dormido, desayunado y demás, y aún así da positivo. Este tema debemos tratarlo con más cuidado.

Si el conductor no hubiese dado "positivo por drogas", cual sería tu veredicto?

D

#4 Para veredictos está el juez. Para mi, el resultado es el mismo: dos muertos sin comerlo ni beberlo (ni esnifarlo) La más que probable causa también: un conductor que invade el carril contrario. Lo del control de drogas (que "se usan para criminalizar", suena como lo de los radares para recaudar) no sería más que un agravante.

GatoMaula

#5 "se usan para criminalizar", suena como lo de los radares para recaudar

Es que se usan para recaudar, por presencia en organismo sanción administrativa de 1000 pavos, si conducción bajo influencia sanción penal de tres a seis meses en cana.

D

#4 Invadir el carril contrario es una negligencia grave, por lo tanto un agravante. Eso al juez le va importar poco, presencia de drogas en la sangre por lo tanto de algún modo va bajo la influencia, otro agravante. Pero vamos, que es un agravante, el delito de homicidio por imprudencia no te lo salva nadie aunque no vayas drogado.
#3 Yo añadiría congelación o embargo de todas las cuentas e inmuebles y hasta la parte del salario que exceda el IPREM para cubrir las posibles resposabilidades porque la aseguradora va a decir que si hay droga en la sangre no paga un duro.

RojoRiojano

#6 relaja, que cuando la aseguradora se quiere lavar las manos, se tiene que hacer cargo el consorcio, que para eso está.

Si como dices por el solo hecho de que tenga una mínima cantidad en sangre ya va bajo sus efectos, amigo, y el alcohol que. Si da negativo por 0.24, qué? Solo porque no sea una sustancia legal no significa que porque haya presencia en tu organismo vas bajo los efectos, hace falta una cantidad mínima para producir esos efectos, sin contar que cuando ya se han pasado los efectos, el organismo sigue eliminando la droga, y digo cualquier droga, legales y no. Y eso no significa que te siga afectando.

G

#6 Invadir el carril contrario no es un agravante ni una negligencia grave, puede reventarte una rueda e invadir el sentido contrario y ser un accidente, no ser una negligencia ni agravante de nada, no digas tonterías.

La negligencia grave se da y dependen del motivo por que has invadido el carril contrario, no por el hecho de hacerlo.

Osea en este caso la negligencia grave sería conducir drogado provocando un accidente.

Y provocando muertos seguramente tendrán que demostrar que iba bajo os efectos no solo que dio.

cc #4

Mateila

#6 No, si lleva "una mínima cantidad en sangre" no tiene por qué ir bajo sus efectos. El THC persiste en sangre hasta 15-30 días: ¿si te fumas un porro, un mes después sigue bajo sus efectos? Te equivocas. Otra cosa es si estaba o no estaba intoxicado por cocaína en el momento del accidente, cosa que no dice el artículo, por mucho que lo interpretes así.

D
D

#9 Informe de evaluación del cacharro detector de droga escrito por el mismo señor de las declaraciones del artículo que enlazas (Prof. Manuel López-Rivadulla):
http://www.dgt.es/Galerias/seguridad-vial/investigacion/estudios-e-informes/INFORME-EVALUACION-DEL-DISPOSITIVO-DRAEGER-DRUGTEST-17.pdf

Pues resulta que va a tener un problema de cuatificación de droga en sangre en cacharro, no lo digo yo, lo dice el señor de tu artículo y varias gráficas de su informe. De todas formas concluye que el cacharro es muy bueno para su función y que las pruebas son siempre revisadas en laboratorio antes de aplicarse la sanción así que #4 tiene parte de razón.

RojoRiojano

#9 me parto. Se ve que sabes mucho de medicina y drogas.

Lo pone claramente al final del artículo. Ponen en el criterio de un agente de la GC el decir si vas bajo sus efectos o no.

Lo del laboratorio es muy bonito, pero seguimos hablando de PRESENCIA, sin delimitar una cantidad.

El metabolismo de cada persona es MUY diferente, y lo que unos eliminan en 4 horas, otros no lo hacen en diez.

En un control de alcoholemia mandan pruebas a laboratorio para confirmar?? NO, lo que deja bien claro que los controles de drogas sólo detectan presencia y punto. La mayoría de las drogas da positivo durante por lo menos 3 veces más tiempo que el tiempo que estás bajo sus efectos.

Lo que no puede ser es que yo me fume un petardo después de cenar en mi puta casa tranquilamente, y a la mañana siguiente, me paren me hagan el control y me multen. Y que venga San Dios a decirme que después de dormir y descansar, desayunar y ducharme, sigo bajo sus efectos.

No está bien planteado y punto. Los primeros controles se hacían en presencia de un médico que certificaba si ibas bajo sus efectos o no, no se valían solo del positivo, pero eso es poco rentable...

D

Si no hay riesgo de fuga es lógico dejarle en libertad mientras se prepara y celebra el juicio.

camvalf

Estan comprobando si esta afiliado algún partido...