Hace 10 meses | Por Koulibaly a valenciaplaza.com
Publicado hace 10 meses por Koulibaly a valenciaplaza.com

La excedencia en una plaza fija obtenida mediante concurso de méritos para seguir trabajando cerca casa como interino es la práctica que realizan algunos funcionaros, que se arriesgan con esta mala praxis a perder su puesto de trabajo. Así lo aseguran un grupo de docentes funcionarios que reclaman la existencia de “baremo justo” en este concurso y afirman haber visto durante el verano como incluso líderes sindicales alentaban a los docentes a realizar esta práctica “con mucho cuidado” para que no les “pillaran”.

Comentarios

estoyausente

#2 Sí, aunque las excedencias en empresas privadas implican tener primero varios años en la misma. Y no siempre son de obligada aceptación por parte de la empresa.

Que no digo que esté mal que existan en la pública o la privada, pero a día de hoy no es lo mismo

O

#3 En la pública se necesitan un mínimo de 2 años como funcionario de carrera para poder pedir excedencia

Postmeteo

#4 Para excedencia por interés particular son 5 años como mínimo. Eso sí, no con plaza sino trabajando:
https://funcionpublica.hacienda.gob.es/funcion-publica/FHN/situaciones-administrativas/Excedencias/EXCEDENCIA-POR-INTER-S-PARTICULAR.html

Eso sí, es ley base. Pueden existir acuerdos que mejoren esa disposición, lo que es muy frecuente en los convenios de los ayuntamientos.

O

#9 #10 Sí, quizás usé yo mal excedencia y lo de los dos años sea para optar a concurso de traslados

Postmeteo

#11 Efectivamente 2 años en el puesto para traslado. Pero no exactamente porque miran cambio de año: si te incorporas a 30 de diciembre, a 1 de enero ya has hecho 1de los años

O

#13 Coño, ¿sí? ¿Pero eso es algo escrito o se hace así por costumbre y nadie dice nada?

H

#4 Porque estamos usando mal el término excedencia, en realidad es la situación de Servicio en Otras Administraciones Públicas y para eso no hay período mínimo, lo firmas al mismo tiempo que la toma de posesión.

frg

#3 Si no la aceptan, siempre te pueden despedir. Si te tienes que marchar a trabajar a otra empresa, pero no te da tiempo a cumplir el preaviso, la excedencia puede ser una buena opción.

mefistófeles

#2 En la privada sólo tienes derecho a reincorporte a tu antiguo puesto de trabajo si la excedencia dura un año (o menos). Si dura más no tienen porqué "guardarte" el puesto de trabajo. (vamos, que te quedas sin empleo)

#5 ¿y por qué te iban a despedir? Si eres tú el que se quiere ir...baja voluntaria. Y lo que dices del preaviso....la excedencia lo lçogico es preavisarla, ¿o piensas que llegas un lunes y dices que mañana martes te coges una excedencia de un año? así, por las buenas de la noche a la mañana. Igual hasta te la niegan de esa forma.

https://elderecho.com/excedencia-voluntaria-regulacion-y-caracteristicas

arturios

¡¡Que hijos de puta!! piden excedencia en una plaza para ir a otra donde se cobra más

Bueno #2 ya lo ha dicho antes.

manzitor

Leyendo el artículo acabo de descubrir que los sindicatos pueden convocar 'procesos masivos' de contratación. Anda, que el que escribió el artículo se quedó bien a gusto...roll

Tribuno

Algo muy típico en abogados del estado (en este caso en el sector privado).