Hace 1 año | Por BenjaminLinus a europapress.es
Publicado hace 1 año por BenjaminLinus a europapress.es

El Tribunal Supremo ha unificado doctrina y ha fijado que una caída de camino al bar para merendar en horario de trabajo es un accidente laboral porque "se debe entender como una actividad normal de la vida laboral" que, de no haber estado trabajando, no se hubiera producido.

Comentarios

obmultimedia

#1 a mi me hicieron la 13-14 con un esguince currando, dijeron que no tenía nada y me tuve que ir de urgencias, ahí si me dieron la baja pero no laboral.

Ovlak

#9 Pero a nivel económico no es lo mismo estar con una IT por contingencias comunes que estarlo por un accidente laboral. Después de que te dieran la baja en el SNS podías haber hecho una reclamación a la mutua o, mejor, al INSS para el reconocimiento de las contingencias profesionales.

y

#2 Mismo tratamiento que media hora antes de entrar y media hora despues de salir. Es accidente "in itinere" luego es tiempo de trabajo.

Lo que me parece vergonzoso es que la mutua haya llevado esto hasta el supremo.

w

Es obvio

K

Hoy toca TS no facha.

XtrMnIO

Sobre todo si es policía local.

B

Si viviera Forges le daba para alguna que otra viñeta.

Lógico