El Real Decreto 253/2025 —publicado en el BOE el 2 de abril— elimina el límite mínimo que obligaba a las entidades financieras a informar solo de las transferencias «bizum» de mayor importe. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria recibirá un parte mensual con todas las operaciones donde intervenga una sociedad o un trabajador por cuenta propia, sin importar la cuantía. El objetivo: reforzar el control fiscal sobre el medio de pago móvil más popular del país y frenar el fraude.
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"muchos negocios, sobre todo en hostelería y servicios personales, han sustituido el efectivo por Bizum para esquivar los límites de 1.000 € en pagos en metálico."
Si paga por bizum (no enviar un bizum, pagar por bizum que es distinto) no hay fraude de ningún tipo, es como si pago 1.500€ con tarjeta, al final es un pago, y no un envío entre amigos.
No, verdad?
Pues eso.