Hace 11 años | Por --296473-- a gadeso.org
Publicado hace 11 años por --296473-- a gadeso.org

Ley que regula las condiciones bajo las que se podría alcanzar la independencia del estado canadiense de Quebec.

Comentarios

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#18 En el caso de Montenegro el umbral del 55% lo determinó un acuerdo de la Unión Europea. Un ente que sí es suficientemente concreto, no?

Y, por supuesto, en el caso de la Canadá hubiera sido más claro fijar ese porcentaje con antelación. En ese sentido el Parlamento canadiense pecó de falta de claridad (pese al nombre de la ley).

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#15 Lo creo yo y lo cree la comunidad Internacional.

En el caso de la secesión de Montenegro (de Serbia), se fijó precisamente ese 55% como mínimo por encima del cual la mayoría se consideraba "clara".

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El Parlamento español es incapaz de aprobar una ley como esa.

D

#2 Y dudo que el independentismo catalán fuese capaz de aceptarla.

r

#3 Dudas? Yo creo que se darían con un canto en los dientes.

Desgraciadamente, nunca lo sabremos.

D

#4 En el caso de que el gobierno de una provincia, después de la celebración de un referéndum sobre un proyecto de secesión de ésta del Canadá, pretenda entablar negociaciones sobre las condiciones en las que la provincia podría dejar de formar parte de Canadá, la Cámara de los Comunes, salvo que haya concluido conforme al artículo 1 que la pregunta referendaria no era clara, procederá a un examen y, mediante acuerdo, determinará si, en el caso concreto, una mayoría clara de la población de la provincia ha declarado claramente que quiere que ésta deje de formar parte de Canadá. ¿Te imaginas a los independentistas aceptando esto?

r

#5 Por supuesto. Lo que pone ahí es que si hacen una pregunta clara y una mayoría igualmente clara contesta a favor, Canadá permitirá la secesión negociada de Quebec.

D

#6 Pero esa mayoría debe de ser muy amplia para que se acepte. En realidad determinará si la mayoría que ha votado sí es realmente una mayoría.

r

#7 Bueno. Eso de "muy amplia" la ley no lo pone...

Digamos que el Parlamento de Canadá se reserva el derecho a apreciar, después del referendum, si la mayoría a favor es suficientemente clara o no.

D

#8 Claro, con lo que podría considerar que un 80% no es suficiente. en realidad se independizarán si el PArlamento Canadiense lo estima oportuno.

r

#9 Sí, claro que podrían considerarlo así. Pero entonces no serían parlamentarios canadienses. Serían más bien españoles

Y en ese caso, goto #2

D

#10 Creo que los mitificas. Mira lo que hay en wikipedia.

El primer ministro de Canadá Chrétien designó al politólogo Stéphane Dion como Ministro de Asuntos Intergubernamentales en 1996. Dion desafiaría las afirmaciones de los soberanistas quebequenses sobre la validez jurídica de la pregunta del referéndum de1995 en tres cartas abiertas al primer ministro de Quebec Lucien Bouchard y a su ministro de asuntos intergubernamentales Jacques Brassard.

En su primera carta abierta, el 11 de agosto de 1997, Dion rechazó tres afirmaciones que Bouchard había hecho:

Que una declaración unilateral de independencia sería compatible con el derecho internacional.
Que una mayoría del "50% más uno" sería un umbral suficiente para la secesión, y
Que el derecho internacional protegería la integridad territorial de Quebec después de la secesión.

Frente a la primera afirmación, Dion sostuvo que la gran mayoría de los expertos en derecho internacional "no cree que las entidades constitutivas de un país democrático como Canadá tengan derecho a declarar unilateralmente la secesión". Respecto a la segunda, Dion argumentó que una mayoría por diferencia escasa, que podría desaparecer rápidamente en medio de las dificultades, sería insuficiente para dar legitimidad política al proyecto soberanista, habida cuenta de los cambios trascendentales para la vida de los quebequenses que se derivarían de la secesión, En lo que respecta a la integridad territorial de Quebec, Dion respondió que "no hay ni un párrafo ni una línea en el derecho internacional que proteja el territorio de Quebec pero no el de Canadá. La experiencia internacional demuestra que las fronteras de la entidad que busca la independencia pueden ponerse en duda, a veces por razones democráticas".

En una segunda carta abierta, el 19 de noviembre de 1997, Dion amplió sus argumentos anteriores contra la integridad territorial de Quebec después de la secesión, poniendo de relieve la falta de coherencia del argumento según el cual Canadá sería divisible pero Quebec no. En segundo lugar, Dion señala que, sin reconocimiento por parte del Gobierno de Canadá y con la oposición de una fuerte minoría de los ciudadanos, una declaración unilateral de independencia se enfrentaría a muchas dificultades para obtener el reconocimiento internacional.


El debate no es muy distinto al que se hace por aquí.

r

#11 No, no los mitifico. Lo que pretendo decirte es que si un Parlamento hace una ley como esa luego no va a decir que el 76% no es una mayoría suficientemente clara.

Para eso no haces ninguna ley y ya está (que es lo que hará España)

D

#12 Es evidente que la mayoría tiene que ser muy mayoritaria, de no ser así no se incluiría ningún punto al respecto, sino que simplemente se establecería la mayoría necesaria para ello.

r

#13 Es que esto de la mayoría mayoritaria no está muy claro lo que es

A la práctica, creo que Canadá consideraría una mayoría clara un 60% (son veinte puntos) y se lo pensaría mucho en un 55%.

D

#14 Efectivamente, lo crees.

D

#17 Tú puedes considerar lo que estimes oportuno y yo lo que a mí me apetezca. "La comunidad internacional" (en caso de que exista algo concreto que responda a ese nombre) podrá opinar lo que quiera, pero la ley canadiense es la que es. Con esa ley en la mano se puede decir que un 55%, un 60 o incluso un 70% no son mayoría suficiente (de momento no se llega al 50%). Los futuribles son futuribles y puede que estés en lo cierto o puede que te equivoques, pero lo que pone en la ley es lo que pone en la ley. Si se considerase que un 55% o un 60% es suficiente se habría escrito en la ley, sin embargo eso queda a discrección de la Cámara de los Comunes.

D

Como se puede leer no es tan fácil como "convoco un referendum y gano por la mitad más uno".