Publicado hace 14 años por UnDesgraciado a laopiniondemalaga.es

EFE La Fiscalía de Málaga ha solicitado dieciocho meses de prisión para un hombre por apropiarse de la cuenta de correo electrónico de una mujer tras haber descubierto de forma clandestina la contraseña. En julio de 2007, el procesado, "con el fin de saber qué guardaba en su ordenador" la víctima, logró acceder a su cuenta de correo electrónico "por haber descubierto clandestinamente la contraseña que permite la entrada", con la posibilidad de utilizar la misma y acceder a las fotos, documentos y lista de contactos de la creadora. Por est

Comentarios

Goldwin

Y tres padres nuestros, que va en contra de los mandamientos...

Lambda

Lo de "con el fin de saber qué guardaba en su ordenador" no tiene mucho sentido. De todas formas en el caso del acceso no permitido a una cuenta de correo, se hizo con voluntad de ver el contenido de los correos enviados o recibidos por esa persona, si no recuerdo mal, la ley prevee penas de 6 meses a 2 años, que en caso de no tener antecedentes, no se ingresaria en prisión.

U

No deberías incluir opiniones en la entradilla de la noticia.

U

Que yo sepa, actualmente en España el mero acceso no autorizado no está penado en el código penal, otra cosa muy diferente es el uso que se le diera a "posteriori" pudiendo recabar en delitos de estafa, chantaje, descubrimiento y revelación de secretos, suplantación de la identidad civil, etc.

A parte... ¿que tiene que ver la supuesta intención que supone el fiscal "con el fin de saber qué guardaba en su ordenador" con acceder a una cuenta online?¿o es que ahora si te acceden a tu correo webmail también pueden meterse en tu ordenador sin que te des cuenta y sin necesidad de software malicioso?¿o es que el fiscal no tiene muchos conocimientos técnicos por lo visto?.

Se está asociando últimamente cualquier intromisión a una cuenta (la simple intromisión) con el delito 197.1 del C.Penal que castiga algo totalmente diferente: el apoderamiento (que en este caso es justificado virtualmente) + un DOLO (querer descubrir los secretos o invadir la intimidad del ofendido).

Me parece injusto que se castigue igual al que invade realmente la intimidad para hacer daño (cosas de celos de parejas y tal...) con una simple intromisión y salida de la cuenta... Así está el País con más presos de la UE (es en lo único en lo que nos estamos pareciendo a USA por desgracia)

U

Bueno y entonces... ¿alguien me puede explicar como una mujer por robar 2 cuentas de correos y enviar datos de forma difamatoria además de imágenes con contenido comprometedores con el fin de hacer mella en la familia del ofendido le cae una pena de 1 año de cárcel y una multa de 2.160 euros y éste caso por un simple acceso le piden año y medio de cárcel más 4.500 euros de multa?... ¿porque si el que lo hace es hombre y el ofendido una mujer hay algún agravante por sexismo o supuesta violencia de género (puesto que el requisito necesario y suficiente es: victima -> 1 mujer y agresor -> 1 hombre)?...

No lo entiendo.

lavidalinux

¿Cuántos años hay que darle de carcel al político que creó esa estúpida ley y al juez que condenó a esa pobre persona? ¿Acaso no es una exageración 18 años? La justicia es un relajo! Una persona que mata corriendo picadas le dan meses. Delincuentes con letras grandes entran por una puerta y salen por la otra, y 100 mil vainas más que pasan día a día y son inmunes y con esto tanto alboroto. Sin lugar a duda es una justicia injusta.

U

@UGEUVE -> tienes razón, perdón, ya he actualizado la entradilla (gracias por el aviso)

LambdaLambda -> actualmente no hay ley penal que recoja tal acto en España, pero si se está planteando la misma para la próxima reforma del C. Penal. Este delito lo están persiguiendo por otra rama que tiene algo que ver en parte, pero no necesariamente toda intromisión es por querer invadir la intimidad.

remixpanoramix

#5 No es exacto del todo. Se puede considerar como vulneración al derecho de intimidad o delito contra las comunicaciones privadas, depende del caso concreto