Hace 12 años | Por mikonoir a lavozdegalicia.es
Publicado hace 12 años por mikonoir a lavozdegalicia.es

La policía ha registrado la casa de un vendedor de la ONCE de la zona de Ferrol dentro de una operación por descargas de pornografía infantil por Internet. El hombre, que tiene todavía alguna capacidad de visión, maneja un ordenador en su vivienda.

Comentarios

dreierfahrer

El hombre, que tiene todavía alguna capacidad de visión,

La gente invidente con alguna capacidad de vision ve formas y colores y si son muy grandes y muy chillones..... nada mas...

D

#1 desgraciadamente, los registros de ip no mienten.

Ahora habrá que ver si alguien tenía acceso a dicho ordenador, o si el invidente tiene más capacidad de visión.

De primeras, la GC ha actuado bien, detectan el ordenador que está usando archivos seguidos, y actúa.

D

Si tiene alguna capacidad de visión no será invidente.
1. adj. ciego (‖ privado de la vista).
Creo que el titular busca el atraer la atención engañando.

D

La IP es irrelevante, tu router puede ser invadido desde el exterior y usado como bouncer (rebotador) para cometer delitos. Lo único definitivo es:

"hallaron abundantes imágenes de pornografía infantil"

Ahora si, ya no cuela el "fue un juanker", excepto si tiene un virus que hace eso, convierte tu ordenador en un servidor donde los malos almacenan sus porquerias.

PS

Exculpado de poseer pornografía infantil por tener malware en su equipo

Hace 16 años | Por vsmska a kriptopolis.org

Llega el inquietante virus pedófilo
Hace 14 años | Por damocles a abc.es

D

"Es que no ví que eran menores" declaró el ciego

P

"Los agentes localizaron incluso el domicilio del terminal de ordenador desde el que se habían realizado las descargas." = detectaron la IP pública del usuario.

Una IP pública en Internet no determina al infractor, identifica puntualmente al que paga la factura. Detrás de una Ip pública en Internet suele existir un router y detrás uno o varios ordenadores, uno o varios usuarios, un troyano compartiendo lo que desconoces, tu vecino robándote la señal WIFI, etc..

Ordenar la entrada y registro aportando como prueba únicamente la IP pública es un error. No fundamenta un indicio racional ni fundamenta una pluralidad de indicios. Como se puede ver, en estos asuntos tecnológicos, no existe una investigación previa y convencional sobre el detenido. Entran en su casa y ¡ah! ¿pero usted es ciego?

P

Pues si la IP es irrelevante, te comunico que es la única prueba de cargo para justificar un registro domiciliario.

Yo fui detenido en 2006 por la BIT bajo el criterio policial de presunción de placer remoto en un único rastro P2P. Rastro que nunca fue hallado en mis ordenadores. En 2010 fui declarado inocente.

En cuanto a "hallaron abundantes imágenes de pornografía infantil" es una coletilla habitual en los comunicados policiales ¿qué iban a decir si no? "Huy perdón! nos hemos equivocado".??

Lo que me parece preocupante es que no cuestionemos que un agente entre en un domicilio y sin asegurar las evidencias digitales (lacrado digital) se siente en tu ordenador a toquetearlo. Ah! claro hay un secretario judicial que da fe ¿de qué? ¿de su ignorancia sobre estos asuntos?

Los archivos se catalogan en muchas ocasiones por simple estimación visual (ojo de ¿buen? cubero). En mi caso, un agente catalogó 76 archivos como pornografía infantil, posteriormente una médico forense (una científica) ratificó ese criterio policial afirmando con solo mirar que incluso habían menores de 10 y 12 años. Gracias a la Red pude demostrar que las niñas de 10 y 12 años tenían licencia de conducir, VISA y contrato con una productora. NO ERAN NIÑAS!
http://indignado7777.wordpress.com/2009/07/16/lineaeroticabrook/

Debemos exigir criterios policiales rigurosos, alejados de las pasiones que estos asuntos generan y que conducen a la destrucción de la vida de personas inocentes que no han abusado en su vida de ningún niño.

P

"Los agentes localizaron incluso el domicilio del terminal de ordenador desde el que se habían realizado las descargas."

Se me quedó atrás decir que todos los archivos que han motivado una detención de usuario de las redes P2P, todos, siguen en el mismo sitio. No son retirados después de las detenciones (imposibilidad técnica mientras exista una fuente en algún lugar del mundo).

Detener a personas por lo que pudiera estar difundiendo, sin tener certeza remota de su intencionalidad, y sin que esas redadas repercutan en la liberación de un niño o la detención de su abusador ¿qué sentido tiene?

En España hemos sido detenidos más de 3000 usuarios de las redes P2P, con criterios policiales peligrosamente inestables (un rastro, tres, cinco, quince, 32,...).

Pese a que luego cada detenido P2P tendrá su propio y particular juicio, los agentes justifican al estamento judicial que las detenciones se produzcan de forma simultánea en todo el territorio nacional. Eso supone que en muchos casos las detenciones son practicadas por personal no cualificado. Les aseguro que no existe nada peor para esclarecer un hecho que la mezcla de IGNORANCIA y PASIÓN.