Hace 15 años | Por --85940-- a diariosigloxxi.com
Publicado hace 15 años por --85940-- a diariosigloxxi.com

El Tribunal Supremo ha prohibido a las entidades financieras y empresas incluir a un cliente en los registros de morosos sin verificar la veracidad de los impagos, ya que esto supone una intromisión ilegítima en el derecho al honor, según informó hoy el Alto Tribunal en un comunicado.

Comentarios

Goldwin

Cualquier registro donde se meta a alguien en una lista "negra" sin verificar o sin juicio previo, es un abuso y va contra la presunción de inocencia.

D

El Tribunal Supremo no prohíbe nada, nunca lo ha hecho y nunca lo hará (y si lo hace, es que vamos mal): se limita a sentenciar que una determinada práctica es contraria a Derecho. Las prohibiciones las recogen las leyes, y por eso se acompañan (en las leyes) de sanciones.

w

Las empresas (bancos , etc) sólo aprenderán la lección con una buena multa.

Campechano

#4 Efectivamente. Las multas deberían ser un porcentaje de los ingresos del infractor. Cuando veo las multas que les ponen a las empresas me acuerdo de esto y de lo que les supone a estos pijos aburridos las multas que les ponen

http://www.elmundo.es/elmundo/2004/09/13/sociedad/1095085702.html

http://www.elmundo.es/elmundomotor/2004/05/17/ocio/1084783669.html

D

#3 lo que trincan es muy superior a cualquier multa, así que espera sentado. Ademas lo que les quitas en la multa se lo damos en ayudas que ahora están muy malitos.

a

Falta en la condena la publicación de la sentencia en lugar destacado de 2 diarios de tirada nacional durante un mes por lo menos.