Hace 12 años | Por yonose a levante-emv.com
Publicado hace 12 años por yonose a levante-emv.com

La sala de lo contencioso-administrativo de la sección quinta del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha dictado una sentencia de fecha 10 de mayo de 2012 en la que avala el uso de las expresiones "académicamente lengua catalana" y "ámbito lingüístico catalán" en los Estatutos de la institución académica mientras que, por contra, rechaza la utilización de "País Valenciano" como equivalente a "Comunitat Valenciana".

Comentarios

ur_quan_master

Interesante cuestión, digna del TSJCV. Seguro que con la definición de país bien clara nos quitan los recortes en sanidad y nos bajan la prima de riesgo.

ElTioPaco

nunca fué una pais, como mucho podria ser Reino Valenciano.

winstonsmithh

#1 La palabra país (del francés "pays") puede referirse a una nación, una región, una provincia o un territorio. Es el principal sinónimo de estado nacional: un área geográfica y una entidad políticamente independiente con su propio gobierno, administración, leyes, la mayor parte de las veces una constitución, policía, fuerzas armadas, leyes tributarias y un grupo humano.
http://es.wikipedia.org/wiki/Pa%C3%ADs

(Del fr. pays).

1. m. Nación, región, provincia o territorio.

http://lema.rae.es/drae/?val=pa%C3%ADs

Pachuli

La denominación estatutaria (y por tanto oficial) es Comunidad Valenciana, pero una cosa son los términos oficiales y otras las denominaciones tradicionales. Así que el uso del término "Pais Valencià" debería ser tan valido como el término "España" (el nombre oficial es "Reino de España") y tanto o igual que "Reino de Valencia" (el término preferido por los blaveros anticatalanistas). No por casualidad esto es recogido por en el preámbulo del estauto valenciano: http://es.wikisource.org/wiki/Estatuto_de_Autonom%C3%ADa_de_la_Comunidad_Valenciana_1982