El musical 'Hair' no cambiará ningún aspecto de la obra tras la advertencia de sanción de la Agencia de Salud Pública por permitir fumar en el escenario del teatro porque, según los productores del espectáculo, ellos no incumplen la ley porque no fuman tabaco. "Nosotros no tenemos ni queremos tabaco porque no queremos incumplir la ley. Por eso, los actores fuman hierbas de pastor que no son dañinas para la salud"
#12:
#9 Olvidas un detalle, la nueva ley lo único que hace es modificar la anterior. La nueva es la 42/2010 de 30 de diciembre y la vieja es la 28/2005 de 26 de diciembre. Pues bien, la nueva modifica algunos artículos de la vieja pero deja intactos algunos.
Entre lo que ha quedado intacto se puede leer:
Artículo 1. Objeto.
Esta Ley tiene por objeto:
1.
Establecer, con carácter básico, las limitaciones, siempre que se trate de operaciones al por menor, en la venta, suministro y consumo de los productos del tabaco, así como regular la publicidad, la promoción y el patrocinio de dichos productos, para proteger la salud de la población.
2.
Promover los mecanismos necesarios para la prevención y control del tabaquismo.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de esta Ley, se entiende por:
1.
Productos del tabaco: los destinados a ser fumados, inhalados, chupados o masticados, que estén constituidos, aunque sólo sea en parte, por tabaco.
2.
Publicidad: toda forma de comunicación, recomendación o acción comercial cuyo objetivo o efecto directo o indirecto sea la promoción de un producto del tabaco o el uso del tabaco, incluida la publicidad que, sin mencionar directamente un producto del tabaco, intente eludir la prohibición de la publicidad utilizando nombres, marcas, símbolos u otros elementos distintivos de productos del tabaco.
3.
Patrocinio: cualquier tipo de contribución, pública o privada, a un acontecimiento, una actividad o un individuo cuyo objetivo o efecto directo o indirecto sea la promoción de un producto del tabaco o el uso del tabaco.
4.
Promoción: todo estímulo de la demanda de productos del tabaco, como anuncios, publicidad y actos especiales, entre otros, destinados a atraer la atención y suscitar el interés de los consumidores.
5.
Añadido por Ley 42/2010, de 30 de diciembre. Espacios de uso público: lugares accesibles al público en general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada. En cualquier caso, se consideran espacios de uso público los vehículos de transporte público o colectivo.
2. Añadido por Ley 42/2010, de 30 de diciembre. A efectos de esta Ley, en el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
Con la ley en la mano es facil interpretar que es legal fumar en los bares, siempre que fumes orégano. Los que hayan pensado en fumar marihuana que se olviden que eso está prohibido en otra ley (la ley corcuera). Pero yo diría que se puede fumar mientras no fumes tabaco.
En serio: esto es absurdo. Forma parte del atrezzo. Como el humo carbónico. O las pistolas. Me alegro de que hayan recapacitado y les dejen 'fumar'.
#5:
Eso de que no son dañinas para la salud será un decir, porque como toda materia orgánica que se quema tiene los mismos componentes cancerigenos que el tabaco de liar (hidrocalburos aromaticos, alquitran y todo lo demás) salvo la nicotina todo lo mismo. Eso sin añadir que el papel con el que lian el cigarrillo produce también alquitran y monoxido de carbono....
No se que estudios dicen que quemar una hierba y respirar el humo es bueno para la salud pero me temo que si existen son mentira. Ahora eso sí seguramente no será adictivo.
#9 Olvidas un detalle, la nueva ley lo único que hace es modificar la anterior. La nueva es la 42/2010 de 30 de diciembre y la vieja es la 28/2005 de 26 de diciembre. Pues bien, la nueva modifica algunos artículos de la vieja pero deja intactos algunos.
Entre lo que ha quedado intacto se puede leer:
Artículo 1. Objeto.
Esta Ley tiene por objeto:
1.
Establecer, con carácter básico, las limitaciones, siempre que se trate de operaciones al por menor, en la venta, suministro y consumo de los productos del tabaco, así como regular la publicidad, la promoción y el patrocinio de dichos productos, para proteger la salud de la población.
2.
Promover los mecanismos necesarios para la prevención y control del tabaquismo.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de esta Ley, se entiende por:
1.
Productos del tabaco: los destinados a ser fumados, inhalados, chupados o masticados, que estén constituidos, aunque sólo sea en parte, por tabaco.
2.
Publicidad: toda forma de comunicación, recomendación o acción comercial cuyo objetivo o efecto directo o indirecto sea la promoción de un producto del tabaco o el uso del tabaco, incluida la publicidad que, sin mencionar directamente un producto del tabaco, intente eludir la prohibición de la publicidad utilizando nombres, marcas, símbolos u otros elementos distintivos de productos del tabaco.
3.
Patrocinio: cualquier tipo de contribución, pública o privada, a un acontecimiento, una actividad o un individuo cuyo objetivo o efecto directo o indirecto sea la promoción de un producto del tabaco o el uso del tabaco.
4.
Promoción: todo estímulo de la demanda de productos del tabaco, como anuncios, publicidad y actos especiales, entre otros, destinados a atraer la atención y suscitar el interés de los consumidores.
5.
Añadido por Ley 42/2010, de 30 de diciembre. Espacios de uso público: lugares accesibles al público en general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada. En cualquier caso, se consideran espacios de uso público los vehículos de transporte público o colectivo.
2. Añadido por Ley 42/2010, de 30 de diciembre. A efectos de esta Ley, en el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
Con la ley en la mano es facil interpretar que es legal fumar en los bares, siempre que fumes orégano. Los que hayan pensado en fumar marihuana que se olviden que eso está prohibido en otra ley (la ley corcuera). Pero yo diría que se puede fumar mientras no fumes tabaco.
Eso de que no son dañinas para la salud será un decir, porque como toda materia orgánica que se quema tiene los mismos componentes cancerigenos que el tabaco de liar (hidrocalburos aromaticos, alquitran y todo lo demás) salvo la nicotina todo lo mismo. Eso sin añadir que el papel con el que lian el cigarrillo produce también alquitran y monoxido de carbono....
No se que estudios dicen que quemar una hierba y respirar el humo es bueno para la salud pero me temo que si existen son mentira. Ahora eso sí seguramente no será adictivo.
#3 Para ser "anti" que manera de cogérsela con papel de fumar
#5 Las mismas mismas va a ser que no, el tabaco no lleva "arsénico" o "mercurio" de serie, se les añaden a posteriori. Que el humo por defecto es malo, estamos todos de acuerdo, pero de ahí a decir que todo el humo contiene la misma "mierda"...
#9 No, no podemos fumar yerba en cualquier sitio pq desgraciadamente es ilegal, si dejara de serlo... Si podríamos, la ley habla de TABACO (no de cualquier combustión).
#5No se que estudios dicen que quemar una hierba y respirar el humo es bueno para la salud pero me temo que si existen son mentira. Ahora eso sí seguramente no será adictivo.
El botafumeiro a tomar por culo. Y los palitos de incienso, también.
C&P "Artículo único. Modificación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco."
Realmente creo que si nos ponemos hijoputescos, te lias un cigarro de cualquier cosa que no sea tabaco, y no tengo yo muy claro que alguien pueda decir nada, puesto que el termino fumar se sobreentiende que es tabaco, en toda la ley no habla de otras sustancias
En Amsterdam los coffeshops tienen prohibido el consumo de tabaco, pero en la barra tienes gratis unas hierbas para mezclar con la marihuana, ellos lo llaman Dutch Spirit pero ignoro que plantas son (se que es una mezcla).
Plantas fumables que el hombre lleva fumando mucho tiempo:
Árnica (Arnica montana L.)
Artemisa común (Artemisia vulgaris L.)
Bardana común (Arctium lappa L., Arctium majus L.)
Alga o Fuco (Fucus vesiculosus L.)
Si alguien tiene la amabilidad de añadir alguna más que por favor pase por alto las ilegales y las toxicas.
Me alegro, porque ya se estaba saliendo el asunto de madre... la próxima denuncia seguro que era para un tío que fumaba delante de una guardería... el domingo por la tarde.
Esto me recuerda cuando a Bill Clinton le sacaron algun rollo de joven fumándose un porro, a lo que él justificó con un "si pero no me tragaba el humo".
#22 Ambas cosas, como ves en esta España nuestra somos capaces de tirarnos los trastos por sandeces y tonteria, salen talibanes antitabaco y de otros menesteres por doquier, pero, nadie mueve el culo por los problemas reales, a saber: Paro, Educacion, limitacion de las libertades cada vez mas acuciantes, justicia caduca y lenta, y un largo etc que, con el tiempo lamentaremos.
¿Y quien sabe si de verdad están fumando eso? A ver, que me parece una idiotez que no les dejen fumar en una obra, pero ¿cómo se puede saber si se están fumando una hierba, un cigarro normal o un porro? ¿Si yo entro a un bar y digo que estoy fumándome el cesped del jardín de enfrente me pueden multar o no?
hierbas de pastor?
Da igual si es tabaco o hierbas de pastor. Da igual si llevan nicotina como si no. El problema es que la combustión provoca humo con tóxicos. Humo como el que respiramos cada día por las calles de las grandes ciudades y que salen de los culos de los coches.
Comentarios
Hierbas... de pastor. Sí.
It is the dawning of the age of Aquariuuuuuuuus.
En serio: esto es absurdo. Forma parte del atrezzo. Como el humo carbónico. O las pistolas. Me alegro de que hayan recapacitado y les dejen 'fumar'.
jejeje bueno ahora se podra fumar en los bares alegando una performance alternativa
#9 Olvidas un detalle, la nueva ley lo único que hace es modificar la anterior. La nueva es la 42/2010 de 30 de diciembre y la vieja es la 28/2005 de 26 de diciembre. Pues bien, la nueva modifica algunos artículos de la vieja pero deja intactos algunos.
Entre lo que ha quedado intacto se puede leer:
Artículo 1. Objeto.
Esta Ley tiene por objeto:
1.
Establecer, con carácter básico, las limitaciones, siempre que se trate de operaciones al por menor, en la venta, suministro y consumo de los productos del tabaco, así como regular la publicidad, la promoción y el patrocinio de dichos productos, para proteger la salud de la población.
2.
Promover los mecanismos necesarios para la prevención y control del tabaquismo.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de esta Ley, se entiende por:
1.
Productos del tabaco: los destinados a ser fumados, inhalados, chupados o masticados, que estén constituidos, aunque sólo sea en parte, por tabaco.
2.
Publicidad: toda forma de comunicación, recomendación o acción comercial cuyo objetivo o efecto directo o indirecto sea la promoción de un producto del tabaco o el uso del tabaco, incluida la publicidad que, sin mencionar directamente un producto del tabaco, intente eludir la prohibición de la publicidad utilizando nombres, marcas, símbolos u otros elementos distintivos de productos del tabaco.
3.
Patrocinio: cualquier tipo de contribución, pública o privada, a un acontecimiento, una actividad o un individuo cuyo objetivo o efecto directo o indirecto sea la promoción de un producto del tabaco o el uso del tabaco.
4.
Promoción: todo estímulo de la demanda de productos del tabaco, como anuncios, publicidad y actos especiales, entre otros, destinados a atraer la atención y suscitar el interés de los consumidores.
5.
Añadido por Ley 42/2010, de 30 de diciembre. Espacios de uso público: lugares accesibles al público en general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada. En cualquier caso, se consideran espacios de uso público los vehículos de transporte público o colectivo.
2. Añadido por Ley 42/2010, de 30 de diciembre. A efectos de esta Ley, en el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
Con la ley en la mano es facil interpretar que es legal fumar en los bares, siempre que fumes orégano. Los que hayan pensado en fumar marihuana que se olviden que eso está prohibido en otra ley (la ley corcuera). Pero yo diría que se puede fumar mientras no fumes tabaco.
La nueva ley no ha derogado esos artículos.
Eso de que no son dañinas para la salud será un decir, porque como toda materia orgánica que se quema tiene los mismos componentes cancerigenos que el tabaco de liar (hidrocalburos aromaticos, alquitran y todo lo demás) salvo la nicotina todo lo mismo. Eso sin añadir que el papel con el que lian el cigarrillo produce también alquitran y monoxido de carbono....
No se que estudios dicen que quemar una hierba y respirar el humo es bueno para la salud pero me temo que si existen son mentira. Ahora eso sí seguramente no será adictivo.
#3 Para ser "anti" que manera de cogérsela con papel de fumar
#5 Las mismas mismas va a ser que no, el tabaco no lleva "arsénico" o "mercurio" de serie, se les añaden a posteriori. Que el humo por defecto es malo, estamos todos de acuerdo, pero de ahí a decir que todo el humo contiene la misma "mierda"...
#9 No, no podemos fumar yerba en cualquier sitio pq desgraciadamente es ilegal, si dejara de serlo... Si podríamos, la ley habla de TABACO (no de cualquier combustión).
#5 No se que estudios dicen que quemar una hierba y respirar el humo es bueno para la salud pero me temo que si existen son mentira. Ahora eso sí seguramente no será adictivo.
El botafumeiro a tomar por culo. Y los palitos de incienso, también.
#5 Sin duda se nota que debes de ser quimico con tantos conocimientos sobre hidrocaLburos y como la combustion del tabaco de liar produce alquitran.
Pues me parece estupendo.
Bueno teniendo en cuenta la ley
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/act.php?id=BOE-A-2010-20138
C&P "Artículo único. Modificación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco."
Realmente creo que si nos ponemos hijoputescos, te lias un cigarro de cualquier cosa que no sea tabaco, y no tengo yo muy claro que alguien pueda decir nada, puesto que el termino fumar se sobreentiende que es tabaco, en toda la ley no habla de otras sustancias
Saludos
#8 «Artículo 7. Prohibición de fumar.
Si fuera como tu dices podriamos fumar hierba en cualquier bar,disco o espacio público sin incumplir la ley.
#9 Si pero no, al ser la ley sobre los productos del tabaco, no lo tengo yo tan claro, esos articulo sobre el "fumar2 ya me los mire
No soy tan retorcido como un abogado, pero seria cosa de "verlo"
Viendo como hacen las leyes estos politicos, no me extrañaria que algo asi se les colara
Saludos
En Amsterdam los coffeshops tienen prohibido el consumo de tabaco, pero en la barra tienes gratis unas hierbas para mezclar con la marihuana, ellos lo llaman Dutch Spirit pero ignoro que plantas son (se que es una mezcla).
Plantas fumables que el hombre lleva fumando mucho tiempo:
Árnica (Arnica montana L.)
Artemisa común (Artemisia vulgaris L.)
Bardana común (Arctium lappa L., Arctium majus L.)
Alga o Fuco (Fucus vesiculosus L.)
Si alguien tiene la amabilidad de añadir alguna más que por favor pase por alto las ilegales y las toxicas.
Me alegro, porque ya se estaba saliendo el asunto de madre... la próxima denuncia seguro que era para un tío que fumaba delante de una guardería... el domingo por la tarde.
Esto me recuerda cuando a Bill Clinton le sacaron algun rollo de joven fumándose un porro, a lo que él justificó con un "si pero no me tragaba el humo".
Estamos llegando a escenas propias de una obra de Dante ¿ nos hemos vuelto todos locos o gilipollas?
#22 Ambas cosas, como ves en esta España nuestra somos capaces de tirarnos los trastos por sandeces y tonteria, salen talibanes antitabaco y de otros menesteres por doquier, pero, nadie mueve el culo por los problemas reales, a saber: Paro, Educacion, limitacion de las libertades cada vez mas acuciantes, justicia caduca y lenta, y un largo etc que, con el tiempo lamentaremos.
Y se les caerá el 'Hair'.
No he podido editar, quería añadir un enlace a hierbas fumables http://www.ecoaldea.com/plmd/fumables.htm
Lo se, obviad el rollo era de acuario y centraros en lo de fumar.
SI! Mi "bendita hierba".
Si no tienen nicotina y no perjudica a nadie perfecto.
¿Y quien sabe si de verdad están fumando eso? A ver, que me parece una idiotez que no les dejen fumar en una obra, pero ¿cómo se puede saber si se están fumando una hierba, un cigarro normal o un porro? ¿Si yo entro a un bar y digo que estoy fumándome el cesped del jardín de enfrente me pueden multar o no?
hasta que no haya un par de juicios para ver la jurisprudencia con esta nueva ley....
hierbas de pastor?
Da igual si es tabaco o hierbas de pastor. Da igual si llevan nicotina como si no. El problema es que la combustión provoca humo con tóxicos. Humo como el que respiramos cada día por las calles de las grandes ciudades y que salen de los culos de los coches.
#3 Has dicho culo.