Publicado hace 5 años por mperdut a laboro-spain.blogspot.com

Supongamos que un empresaurio hispánico le dejara a deber unas cuantas nóminas a uno de sus trabajadores. Este es el supuesto de hecho del que hablaremos en este nuevo artículo de Laboro. Se trata de que sencillamente no le han pagado lo acordado, sin discusiòn respecto a su importe.

Comentarios

CoolCase

#3 Se puede contratar sicarios.clap

pedrobz

#4 ¿Con que dinero?

D

#5 le pides un anticipo al empleador

CoolCase

#5 Se pide un crédito "blando" si es necesario. Jajaja

Sofa_Knight

#3 lo cual tiene cojones.

anv

#8 No, porque si no continúas trabajando como siempre te pueden despedir por "disminución continuada y voluntaria de la productividad". Es un despido procedente y no te pagan nada.

TheIpodHuman

#38 goto #35

G

#38 No te lo crees ni tú. Ningún juez acepta una disminución continuada y voluntaria de productividad como despido procedente.

anv

#53 A no ser que se pueda demostrar, y en este caso sería fácilmente demostrable porque es real.

G

#54 jajaja jajajaja jajaa jajajajaja jajajaja ains, alma de cántaro...poco has guerreado tú. Pues anda que no es jodido demostrar una reducción de rendimiento. Lo mismo de jodido que demostrar horas extras.

anv

#59 No se... supongo que bastaría con presentar unos cuantos testigos, ¿no?

G

#63 No. Los testigos que trabajen en la empresa no vale, porque el juez sabe que están coaccionados siempre.

D

#38

El conseguir un procedente por mal rendimiento es muuuuuuuy jodido, hay que hacer avisos antes, etc .... Y si no pagas, es fácil demostrar acoso o similar.

capullo

#9 Interesante idea.

mperdut

#11 Aparte de eso aunque parezca que no hay muchas cosas que se pueden hacer, ir a trabajar siempre eso si, pero hay monton de historietas contra las que el empresario no puede hacer nada.

u

#9 Despues la mutua (gracias PP) te da el alta rápido, no te preocupes.

Esta todo bien atado, que te crees?

maria1988

#21 ¿Por qué tres nóminas? Yo siempre he considerado como colchón un año de gastos, me parece más lógico considerar el colchón en función del tiempo y no del salario.

maria1988

#21 Veo que #14 considera el mismo colchón que yo digo en #61 .

H

#61 En mi mensaje digo que "si puede ser más, mejor". Pero también explico por qué tres nóminas: cuando el impago alcanza ese límite tienes derecho a una EVI (extinción voluntaria indemnizada). Es decir, es como un autodespido, pero decidido por el mismo trabajador, y con todos los derechos de un despido improcedente. Indemnización de 33 días por año trabajado, y acceso a la prestación por desempleo si se ha cotizado lo suficiente.

Si la indemnización tendrá su recorrido para cobrarla, lo que sí es inmediato es acceso a la prestación. Y también dejar de regalar tu tiempo al empresaurio. Te vas a tu casa y estás descansando, atendiendo tu vida, buscando otro trabajo... cualquier cosa excepto tirar a la basura tu tiempo en una empresa que se hunde.

Tres nóminas es lo máximo que te pueden deber, tres nóminas es el colchón mínimo que se ha de tener.

maria1988

#69 «En mi mensaje digo que "si puede ser más, mejor"».

Tres nóminas no tiene por qué ser menos que un año de gastos, depende de tu salario y del nivel de vida que adoptes si te quedas sin trabajo.

D

#9 Parece que tienes experiencia, te has planteado montar tu propia agencia de bajaciones?

D

#9 En ese caso, paga el Estado, ¿verdad?

G

#37 Pues que el estado mueva el culo.

D

#55 El Estado no hace nada sin que el Gobierno lo decida. Y el Gobierno actual es amigo de los empresarios antes que del pueblo.
Pero el Gobierno lo decidimos votando. Así que los que tenemos que mover el culo somos los votantes.

G

#3 Hay otro modo: se puede pedir al juez que rescinda la relación laboral por impago. Con 2 meses basta, y el juicio no va por lo ordinario, sino que es rápido. Otra es la de #9 (es la más rápida, y efectiva, lo corroboro). Las dos juntas joden bastante.

D

#51 El juez tarda siete meses, como poco, en dar señales de vida. Por mucho que digan que es rápido.
El número de experiencias es tan extenso... Tan grande como los concursos de acreedores a los que se adhieren este tipo de empresarios.

G

#56 No importa, si pones la demanda, hay ya sentencias en las que no vas a trabajar y luego el juez te reconoce la extinción.

mperdut

#51 Es que lo de ir al medico de cabecera alegando todo eso, con mala cara aunque sea por que te has tirado a drede sin dormir dos dias, explicandole las cosas al medico no es pretender engañarle, simplemente facilitarle algo las cosas para no se niegue a darte la baja. Es decir, igual no tienes depresion o ansiedad, pero tienes las condiciones mas que suficientes para tener todo eso y mas, asi que te dara la baja. Luego ya si alegas que en tu trabajo tienes que estar despierto, algo chorra por que en todos los trabajos tienes que estar despierto, y no puedes dormir por la ansiedad que te supone saber que no te pagan... pues que temes tener un accidente.

J

#3 nadie dice que robes a la vista de todos
No habia pensado en el pago por despido porque donde trabajo no hay de eso.

anv

#3 No se en otros países pero Argentina el impago de las nóminas equivale automáticamente a un despido.

TheIpodHuman

#36 Asi es, que yo sepa en Peru y en Chile es igual goto #19 y #32

D

#43 puede perfectamente instar la extinción de su contrato
Ahí se encuentra gran parte del problema. No es tan fácil encontrar otro trabajo y la justicia es muy lenta. La espera es eterna.

D

#46 Pues instas el despido y te vas al paro. Ya cobrarás cuando acabe el procedimiento. Pero no existe el supuesto paraíso del empresario donde puede no pagar las nóminas. Al empresario que deja de pagar voluntariamente lo crujen.

Si hay insolvencia es otra historia, pero este artículo no va de eso.

D

#48 ¿Instas el despido? lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol

D

#3 No en todos los casos, te comento.
En nuestra empresa nos llevaban debiendo una nómina o dos (en algunos meses se llegó a 4) durante casi 3 años, siempre con ese retraso en los pagos.
Pues bien, parte de los trabajadores dejaron de trabajar, pero acudían a su puesto de trabajo. El resultado tras casi dos meses en los que no pegaron palo al agua (pero obviamente, contabilizó como tiempo trabajado a efectos de nóminas) resultó en despido disciplinario por parte de la empresa.
Los trabajadores dennciaron y todos ellos ganaron. Resultado, las empresas le tenían que pagar las nóminas atrasadas y readmitirlos si los trabajadores así lo deseasen. En caso de que los trabajadores no quisieran (como fué el caso) además la empresa debería pagar el finiquito a los trabajadores, cosa que finalmente acabó sucediendo y la empresa, acabando en concurso de acreedores.

Pero sí, si sólo llevas un mes o dos sin cobrar, sin antecedentes previos ni reiteración, probablemente te despidan y no tengas tan fácil ganar en caso de denuncia.

D

#3 El problema es que si el empresario lo está pasando mal y simplemente no tiene para pagar, uno de las últimas acciones antes del cierre es dejar de pagar a quien le reporta beneficios.
Si fuese un caradura con ponerse en huelga bastaría para que levantara las orejas y viera que debe pagar a los empleados.

D

#3 Yo tengo un colega que si, podria decir que a la empresa le salio gratis, 6 meses sin cobrar, y luego cuando ya cerro la empresa fogasa no le pago todo (nunca pagan todo), asi que perdio uno 18000 euros de sueldo (casi 1 año). Y el jefe de rositas aun habiendo estafado a hacienda, la Seguridad Social y un largo etc. En su dia trabaje para ellos y se veia de largo que iba a pasar. Tambien tengo que decir que aparte de las estafas varias del jefe, muchos clientes no pagaban y como esto es España, otros clientes al oir que otros no pagaban, dejaron de hacerlo. hablo de pufos de 1 millon de euros por parte de clientes.

#3 No puedes estar trabajando sin cobrar. Después de reiterar al empresario que tiene que pagar te puedes despedir tú mismo con la indemnización máxima. En principio deberían ser varios meses de impago. Ahora mismo no estoy segura de que haya una doctrina estricta al respecto sobre cuanto tiempo debe ser, pero si la otra parte no cumple su parte el trabajador puede avisar al empresario de que procede a resolver el contrato.

Hay un caso bastante famoso. El tema es aguantar varios meses sin cobrar, que obviamente casi nadie puede hacerlo.

#89 Lo de que no puedes trabajar sin cobrar si que se puede. Lo que no se puede es aguantar así indefinidamente, que no lo he explicado bien.

TheIpodHuman

#19 Para complementar mi comentario anterior, así es como funciona el tema del autodespido en el caso de Chile https://www.slsabogados.cl/2017/11/06/autodespido-despido-indirecto-funciona/, en el caso de Perú funciona de forma similar...

D

#19 En España también existe. Artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.

L

#19 Me alegra mucho que la cosa acabase bien para ti

G

#19 Moraleja: estamos peor que en Perú. A ver si algún gurú lee ésto (me consta que algo leen, porque cuando sacamos cosas aquí, al poco las veo en algún partido político). Necesitamos ese autodespido para que dejen de cachondearse de los trabajadores. Aunque estemos cogidos por los huevecillos, aún tenemos armas, pero es muy complicado dejar de cobrar meses, y de eso se aprovechan, sobretodo de gente que está más necesitada.

NotVizzini

Interesante saberlo,... Ya se como ahorrarme unos cuantos salarios próximamente...

No, en serio: Interesante y una ley/procedimiento a mejorar claramente por el estado...

TocTocToc

#2 Eso mismo he pensado yo, un excelente tutorial para empresarios sin escrúpulos.

NotVizzini

#13 Normalmente no les hace falta, como bien dice en el articulo y sino lo aprenden después del primero...

D

#2 Para nada. Lo importante es si se le llama empresario, empresaria o empresarie, y que los porcentajes por sexo sean equitativos por narices.
Y si no, quedan como comodines Cataluña, Franco y Gibraltar, que a la gente le mola y se parten la cara entre ellos en debates de bar.

Los temas de que la gente coma y tal ya lo vamos viendo.

D

#2 Y para muestra un botón, mira los votos en #28 y es fácil entender el por qué estamos como estamos...

anv

#2 El Estado sabe bien cómo funcionan las cosas. Las leyes están hechas así por un motivo.

#2 En caso de que la persona despedida sea un trabajador de la clase chicoListo y tenga unos ahorros para ir tirando mientras sale el juicio, o este en un sindicato de clase de verdad note vas a ahorrar nada.

Primero, porque igual parte de la plantilla hace paro o daña tu imagen.

Segundo, porque para ahorrarte lo el trabajador no debería a ser un chico listo, es decir, no debería demandar o aceptar lo que se diga en un acto de conciliación, o debería reclamar te la deuda antes de que pase un año, para evitar que caduque, y demostrar que la ha reclamado, por ejemplo llamando te a conciliar por impago de salario cada vez que te dejes un salario a deber y u a vez cada cierto tiempo.

Tercero, porque en caso de mucho tiempo de impagos será el quien pueda resolver el contrato e irse con derecho a la indemnizaciónde despido improcedente, au que Claro, para eso tiene que poder aguantar sin cobrar.

Cuarto, porque si es un chico listo y cometes más irregularidades vas a sentir el aliento en la nuca del inspector de trabajo. Tarda tres meses en ponerse a investigar desde la denuncia, depende de la carga de trabajo.

Y si no es un chico listo y es un cowboy se va a cobrar la deuda a su manera. Le puedes demandar y ganarle el juicio, si te enteras de que te la esta colando. Es más, podría incluso prenderle fuego a las instalaciones. Si. Es un delito penal. No lo aconsejo, igual que no le aconsejo a nadie que joda voluntariamente a otra persona.

NotVizzini

#88
a) Creo que no has pillado que la cara de troll es sinónimo de "broma", no tengo ningún negocio y no he tenido empleados nunca. (aunque si me ha tocado ayudar a contratar y despedir en trabajos anteriores por diferentes motivos).

b) Si te crees que los empresarios, mínimamente curtidos, no tienen claro(o al menos más o menos) a que empleados les pueden tomar el pelo y a cuales no permíteme que te llame un pelin inocente.

aunque quizá lo dices más en general y me respondes a mi a saber porque...

#92 He pillado lo de la cara de trol, pero algunos se lo pueden llegar a tomar literalmente y está bien que al lado lean lo que les puede suceder.

PD: soy estudiante de Ciencias del Trabajo y RRHH, cuando retome la carrera, que la tengo abandonada y tengo algo de experiencia en selección aunque a efectos prácticos soy técnica de soporte TI senior y dirijo a un equipo de 16 personas.

NotVizzini

#96 entendido entonces es que me has soltado una retaila y yo de cachondeo....

Ya te mandaré el CV

mefistófeles

Pues vaya consejos que da: si la empresa deja de pagaros las nóminas el procedimiento que os recomiendo es otro:

* al segundo mes de impago/retraso, a la Inspección de Trabajo
* Al tercero, incluso con denuncia ante la Inspección de Trabajo, demanda laboral (primero UMAC y luego juzgados)
* Como efectivamente esto lleva su tiempo, si la empresa sigue sin abonar los salarios, se solicita la extinción del contrato de trabajo por incumplimiento grave del empresario (art. 50.1 b del

editado:
..creo, que lo digo de memoria), con lo cual el trabajador, SIN NECESIDAD DE PEDIR NADA AL EMPRESARIO, tiene derecho a desempleo y a una indemnización como si de despido improcedente se tratara: 33 días/año trabajado.

anv

#35 ¿Y quién lo comunica a la seguridad social? Porque si el empresario dice que sigues trabajando ahí, la SS no te va a pagar el paro.

mefistófeles

#42 A la seg social, una vez extinguido el contrato de trabajo (bien en la UMAC o en juicio), se lo puedes comunicar tú mismo aportando copia del acto de conciliación o de la sentencia. En ocasiones (pocas, pero lo he llegado a ver) es la propia Inspección de Trabajo quien lo hace de oficio, más que nada para que los trabajadores puedan agilizar el cobro de las prestaciones por desempleo (caso, por ejmplo, que el empresario simplemente desaparezca del mapa y no haya gestionado nada de los trabajadores)

#60 A ver, en laboral no es necesario casi nunca abogado o graduado social para demandar, el problema es que suelen ser asuntos técnicos y, si no las hecho nunca, pues te puede llegar a resultar complicado, Si andas metido en alguna situación de esta, acude a la Inspección de Trabajo sin dudarlo, que pueden ayudar mucho.

anv

#35 Otra pregunta: ¿Y cómo se tramita un despido de esa forma? ¿hay que contratar abogado?

Ainhoa_96

Solución (no al alcance de todas las situaciones): ten siempre un colchón que te permita vivir 1 año sin salario. Tener planes de contingencia: pasar a modo ahorro limitando gastos, etc.

Es jodido (para algunos) pero vives con menos estrés. Nunca he entendido a quién vive al límite de su salario y encima va con el último iPhone....

BM75

#14 Tengo una solución mejor: sé rico para que no te haga falta trabajar.

Ahora en serio, tu consejo es bueno, la pena es que hay mucha gente que no puede hacerlo.

d

#14 #17 yo tengo uno mejor y mas realista, huye de las pymes. Trabaja solo en multinacionales sólidas, no te las acabas con todas las que hay en la UE.

D

#83 Que tiene que ver eso con un salario entre partes con un contrato de por medio y un trabajo realizado?

salsamalaga

#72 Esas importantes empresas líderes en su sector no publican lo que estarían dispuestas a pagar, precisamente porque no piensan pagarte nada.

O las más hijas de puta te descartan en la entrevista si osas preguntar por tu sueldo.

r

Lo que hay que hacer es denunciar desde el primer impago y luego ya se verá.

Percle

#86 no te digo que no esté de acuerdo pero por esa regla de 3...

RubiaDereBote

Al leer el artículo completo me doy cuenta del sensacionalismo del titular.

D

#23 Al leer el artículo completo me doy cuenta de que esas sensaciones tuyas son un tanto subjetivas.

RubiaDereBote

#40 Pues vuélvelo a leer, lo mí o no son sensaciones.

D

#82 Con una vez que lo lea me sobra.
Pero quizás tú puedas explicarme por qué te parece sensacionalista (yo podría cambiar de opinión).

RubiaDereBote

#84 No te sobra porque no te has dado cuenta de la carambola de acontecimientos que se tienen que dar para que a fin de cuentas ni siquiera le salga gratis, solo más barato compensando unos posibles casos con otros.

D

#85 ¿Te refieres a que el trabajador no denuncie antes de prescribir o que se deje malaconsejar?
Tú lo llamas carambola, yo lo llamo cotidiano. Y me he dado cuenta desde el principio.
Así que sí que me sobra y sí que me he dado cuenta. Quizás eres tú el que no se ha dado cuenta de lo que significa sensacionalista.
Pero vamos a dejarlo aquí, sencillamente no estamos de acuerdo.

D

Doy fé.

J

Lo de Laboro ultimamente es de traca. Me parece bien que haga una critica a las normas actuales laborales, pero es que hay muchas omisiones de que puede hacer alguien en esa situación. Por ejemplo, da a entender que si alguien le deben 5 nominas, y se va a trabajar a otra empresa, la demanda que presentara por esas 5 nominas ya no sirve, cuando no es verdad, le siguen debiendo 5 nominas y puede reclamarlas judicialmente.

J

A mi no me pagan un mes y me lo cobro a base de robar cosas. No hay plan B

RubiaDereBote

#1 Yo me alegro que la mayor parte de la población no sea como tú.

D

#20 Al contrario, si fuera de esa forma los empresarios procurarían una nomina a fin de mes y no una excusa/mentira.

RubiaDereBote

#27 Claro, y si yo te apuntara con un arma y te dijera que me dieras 50 euros, me los darías. Y no por ello es buena idea.

bubiba

#83 seria lo equivalente si yo te hubiera robado previamente esos 50 euros. Una empresa que no paga las nominas le está robando al trabajador porque ha obtenido un rendimiento de su trabajo que se queda por la cara.

J

#20 quien roba a un ladrón...

j

#20 Le coge prestado el coche al jefe para cuidarlo y en el futuro hacerle algún mantenimiento.

anv

#1 Lamentablemente la pena para ellos por no pagarte el salario no es nada, mientras que la pena tuya por robo puede resultarte un poco carita...

J

#26 #34 con nocturnidad y alevosía. win-win

#34 En cuanto a la impugnación del despido disciplinario primero tendrá que ir a conciliación, y luego a juicio si sigue adelante. Y no se pagarán costas.


En cuanto a la parte penal puede que sea como dices. No es mi tema y me imagino que si hay costas.

Casanotra

#1 Las empresas pueden ir mal, el empresario se arriesga, por ello, TODOS LOS PUTOS MESES, el empresario paga en cada nómina a FOGASA, para que si la empresa quiebra y no puede pagar salarios, lo haga el gobierno. Y para los que digan "ohh empresas privadas rescatadas", pues no, ese dinero es pagado únicamente por todos los empresarios que tienen sociedades, para que si va mal la cosa, los trabajadores no se queden sin cobrar (y ellos con deudas).

J

#52 aqui no se habla de empresas que declaran la quiebra sino de empresas que dejan de pagar y siguen funcionando.

Shotokax

#52 ¡tranquilos, que está el Foguasa! ¡No hay problema!

El problema es que:

1. No te has leído el artículo, como dice #67 porque el artículo no habla del Foguasa.

2. El trabajador va a tener que invertir una cantidad de tiempo, esfuerzo y dinero en cobrar que puede que no le salga a cuenta.

3. Al empresario no se le castiga, salvo pagando unos intereses que a lo mejor son los mismos que los que le cobra el banco por un préstamo.

Peka

#52 El dinero de la empresa lo producen los trabajadores, por lo tanto son los trabajadores los que pagan FOGASA.

D

#52 Si es en cada nomina, ¿no sería mas correcto decir que el que paga es el currito? Pues sale de su nomina. Si lo pagase de los beneficios de la empresa ya seria otra cosa. Quizas los estoy entendiendo mal por como te has expresado.

Y por cierto, yo he tenido que cobrar de FOGASA, ¿sabes lo que tarde en cobrar? 4 años. ¿A ti eso te parece normal? Y eso que el empresario en cuestión no dejo todo los tramites para el ultimo día como hacen muchos empresarios. Si no unos pocos meses mas me hubiese comido de espera. Que protegido me siento, tener que seguir currando gratis para cobrar a los 4 años que ya ese dinero ni lo necesitare. Y mientras a alimentarme de piedras e ilusiones.

M

#52 Ese dinero se cobra mal (solo cubre 120 días y con un tope máximo del doble del salario mínimo) y tarde, por lo que por mucho que haya pagado a Fogasa antes no le cubre al trabajador de forma efectiva.

salsamalaga

#1 Ponlo en tu currículum.

J

#71 cuando pongan que no pagan en la descripción del trabajo lo haré sin duda.

D

#1 despido disciplinario y denuncia que te cae por lo penal. Eres un hacha!

J

#78 tu que harias? seguir trabajando y agachar la cabeza? ilustrame

M

#1 Qué bobada. Vas a cometer un delito y ser despedido de forma objetiva sólo por orgullo barato.
Quizás el empresario está consiguiendo su objetivo ante gente que no piensa dos minutos ni medita sus decisiones.

Te debe ir mal en la vida, así que ánimos.

r

Si un mes no te paga por que la empresa va mal, vete. La empresa irá a peor, y cada vez irá a más, y te deberán más y más.
Si el empresario no paga por que no quiere, denuncia directa.

D

Si no paga? pues no se trabaja desde el primer mes y si no hay dinero que se lo busque, que nadie trabaja por gusto.

L

#31 Pues sí, porque a lo no pagado hay que añadir los gastos que conllevan acudir todos los días al trabajo.

anv

#31 El problema es que si pueden demostrar que no trabajas te pueden echar sin pagarte nada.

d

A mi lo que me hace mucha gracia es la gente a la que le parece bien financiar a la empresa con un 10% de su sueldo durante 10 meses por año porque serían incapaces de gestionarse ellos mismos su dinero cobrando lo debido cada mes.

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