La sentencia del Tribunal General de la Unión Europea admite que prohibir la emisión en exclusiva de estos partidos en plataformas de pago constituye una restricción a la libre prestación de servicios y a la libertad de establecimiento. Pero resalta que esta restricción "queda justificada por el reconocimiento del derecho a la información y la necesidad de garantizar un amplio acceso del público a la cobertura televisiva de estos acontecimientos".
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Mi gozo en un pozo
Y en cambio, prohíben descargar libros, películas, y música, y emitirlos en directo.
La religión que no falte.