Publicado hace 15 años por Rompe-y-RaSGAE a diaridetarragona.com

"Tengo 68 años y una pensión de 540 euros. Para ayudarme económicamente, alquilo un pequeño apartamento en Salou, en verano. Inquilinos morosos. No abonan el alquiler, ni la luz, agua, nada de nada. Lo pongo en manos de un abogado. El juicio acaba en un desahucio por falta de pago. Todo pagado con dinero de mi precario bolsillo. Sentencia firme: contrato urbano, pueden quedarse 5 años. De abonar el alquiler no menciona nada. Se quedan gratis. Otro juicio. Más gastos, devuelven las llaves. Apartamento hecho un desastre. ¡Viva la justicia!"

Comentarios

Rompe-y-RaSGAE

#1 La culpa más bien se la echaría al penoso sistema legal español, que no garantiza en absoluto la propiedad privada. Después nos quejamos de los pisos vacíos...

dulaman

Por lo que cuenta la carta (que es demasiado escueta) la culpa debería echársela a su abogado, no al Juez.

D

#1 La culpa es de las leyes que hay ahora porque protegen demasiado al inquilino y este se sabe todos los trucos para escapar de pagar. Antes de esperar a denunciarle necesitas que no te pague 3 meses, una vez denunciado tiene que llegarle notificacion al moroso. El moroso claro esta no contestara, ni firmara ninguna carta que venga del juzgado, esto puede hacerlo hasta 3 veces mas, con lo que la cosa se alarga posiblemente a 3 o 4 meses mas. Luego sale el juicio que puede llegar a los 8 meses de no haberte pagado como es natural el moroso tampoco se presentara al juicio ya que no le interesa y tampoco recogio las cartas donde le citaban para que se presentase al juzgado. El juicio se celebra y gana el dueño del piso, pero aun asi no puede entrar en el porque no se sabe nada del inquilino y hay que notificar el desahucio. Se envian mas cartas del juzgado al moroso pero este hace lo mismo no contesta a ninguna ni abre su puerta a ningun cartero con lo que la cosa se alarga hasta 12 o 13 meses. Una vez que ya se ha agotado todo se publica un 'edicto' creo que se llama asi, en el juzgado notificando que va ha haber un desahucio... (Un cachondeo, sera que el moroso no sabe ya que lo van ha hechar)a los 14 meses mas o menos por fin el desahucio el dueño ya puede entrar a su casa o a lo que queda de ella porque el moroso en esos 14 meses posiblemente haya vendido hasta el calentador de gas del dueño para sacarse una pasta. Por no hablar de roturas en paredes, abandono de limpieza, etc.. etc.. Total que despues de 14 meses el dueño tiene unas perdidas muy superiores a la fianza de 1 mes ( Solo es legal 1 mes de fianza ) que el moroso le dejo a cuenta sino pagaba.
Evidentemente del moroso ni rastro pero ha estado viviendo o entrando en esa casa hasta el ultimo dia.
Ahora le queda al dueño volver a denunciar al moroso para que le pague todas las deudas, abogados, daños y perjuicios. Si lo denuncia otra vez, tendra que saber donde se encuentra viviendo ahora y si lo pillan se puede declarar insolvente con lo que el dueño se ha gastado en Euros mas de lo que podria sacar por esa vivienda en 5 años de alquiler y NO VER NI UN EURO. El moroso no va ni a la carcel.

#1 Te das cuenta ahora porque el problema no es del abogado, sino de las leyes que estan anticuadas.

rmv

#5 Perfectísimo resumen de la situación. Es más yo añadiría que la legislación española se acelera dependiendo de quien es el denunciante, me explico, si tiene afán recaudatorio (por ejemplo multas de tráfico) va rápido, en cambio si se protegen intereses privados ni se molestan en "acortar plazos" adecuándolos a la realidad social.

D

Se me olvidaba, eso si como te pillen conduciendo un coche en autopista y vayas a 150km/h ( Velocidad que si se sobrepasaba en el año 2000 no pasaba nada) segun como hasta te meten en la carcel.

Asi son las leyes en España. !!!

ignatius

#3 Las leyes no las hacen los jueces

e

La carta no explica mucho. Qué ocurrio en realidad, que precios, qué contratos, así que mejor no especulemos.