a) Gastarnos una pasta gansísima en inspecciones y juicios para no sacar un duro en una década o más (la justicia, ya sabemos) de esas 3mil cuentas bancarias con cientos de miles de euros, si acaso algunas sanciones...
b) Cartita: Oiga, mire, sabemos que tiene este dinero sin declarar. Si lo declara a la de ya le cobraremos "únicamente" un 20% de recargo por encima de lo que le tocase pagar. Trámite rápido y limpio, pasta que se ingresa a toda pastilla, y ni un céntimo gastado en abogados (el que mueve pasta de esa forma tiene para recurrir hasta el último estamento, no lo dudeis) Si de los papeles o datos que presenten se deduce alguna actividad ilícita o trampeo extra, más allá del delito fiscal, tienes tido el tiempo del mundo de llevarlos a juicio por lo que proceda.
Yo no veo nada malo en la segunda opción, Hacienda recibe mucho más por ese dinero negro, el Estado entero recibe mucho más. Y las penas posibles de 3-4 años son casi imposibles de conseguir...
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Entre anular todas las costumbres indígenas y anular los DDHH más fundamentales ha de haber, necesariamente, un punto medio. En todo caso la madre del cordero es lo que viene detrás, por lo que veo: el acotamiento de competencias para esa 'justicia comunitaria'
El Parlamento tiene 180 días para aprobar una Ley de "Deslinde Jurisdiccional", que establecerá los campos de acción de la justicia "ordinaria" y los de la indígena. La llamada "justicia comunitaria" ha sido criticada en los últimos meses porque en su nombre, los "ayllus guerreros" o clanes indígenas del norte del departamento de Potosí (suroeste) torturaron y lincharon en mayo pasado a cuatro policías tras acusarlos de cometer delitos en esa zona.
De todos mmodos el mal está ya hecho. Aún por delitos menores pueden hacer verdaderas barbaridades. Y reconocer la justicia comunitaria puede hacer que un miembro de la comunidad que sufre algún tipo de vejación en aras de sus costumbres [1] no tenga a dónde recurrir.
[1] pienso, por ejemplo, en esa tribu que al llegar a la adolescencia arranca el cabello de las mujeres a tirones, llevándose en ocasiones trozos de cuero cabelludo, cuya práctica está prohibida en Colombia (se les permite afeitarlas simbólicamente) pero no en los países con que hace frontera... creo que eran Brasil y Ecuador o Perú.