Hace 1 año | Por Tarod a cadenaser.com
Publicado hace 1 año por Tarod a cadenaser.com

El alcalde de Vilanova hizo públicas esta mañana las imágenes captadas por las cámaras de seguridad de su casa el día en el que quisieron incendiar su vivienda. En el video se ve como una pareja lanzó por una ventana una maceta con pastillas incendiarias, según Gonzalo Durán con la clara intención de destruir su vivienda.

Comentarios

Tarod

#7 #6 Salvo que tenga permiso especial.
Y que no sea legal no implica que no sirva en un juicio. Son temas distintos.

D

#8 si las pruebas son obtenidas ilegalmente.....


¿Cómo justificas el archivo de la G.C con unas pruebas tan claras si son legales?

Tarod

#9 por que no han encontrado a los responsables. van con mascarillas. Si no son vecinos es casi imposible.
Que la cámara se a ilegal implicará sanción al dueño. Pero no evita que sea prueba de un delito.

D

#10 En este tema es preciso destacar que de haberse vulnerado derechos fundamentales nos encontraríamos con que el delito podría haberse cometido, si así se comprueba en la grabación, pero que de considerarse ésta ilícita, la prueba no tendría valor alguno, lo que no quiere decir que no pudieran aportarse y valorarse otras que pudiera dar lugar a la condena, ya que si puede existir desconexión y ruptura causal entre la grabación y otras pruebas estas últimas no tienen por qué arrastrar la nulidad de la videograbación y quedaría la cuestión reducida a valorar la entidad probatoria de estas últimas pruebas y comprobar si tienen la entidad suficiente como para permitir la enervación de la presunción de inocencia y dar lugar a una sentencia condenatoria.
http://abogadosdemurcia.blogspot.com/2018/01/el-valor-probatorio-de-las-camaras-de.html


FIN.

WarDog77

#11 Pero grabar la vía pública no viola ningún derecho fundamental, como mucho es una falta administrativa dentro de la LOPDGDD

D

#13 el derecho fundamental a la intimidad #14

WarDog77

#15 Ni de coña. Ni aunque los implicados estuviesen en un acto tan íntimo como el fornicio se daría ese caso pues el abogado alegaria, y con razón, que al hacerlo a la vista de todo el mundo, sin ni siquiera tratar de esconderse, se da por hecho que son conscientes de que no hay tal intimidad y por tanto no se puede violar está


Toma, dale una lectura al concepto de "intimidad" y el derecho a la misma. https://www.conceptosjuridicos.com/derecho-a-la-intimidad/

D

#16 En este tema es preciso destacar que de haberse vulnerado derechos fundamentales nos encontraríamos con que el delito podría haberse cometido, si así se comprueba en la grabación, pero que de considerarse ésta ilícita, la prueba no tendría valor alguno, lo que no quiere decir que no pudieran aportarse y valorarse otras que pudiera dar lugar a la condena, ya que si puede existir desconexión y ruptura causal entre la grabación y otras pruebas estas últimas no tienen por qué arrastrar la nulidad de la videograbación y quedaría la cuestión reducida a valorar la entidad probatoria de estas últimas pruebas y comprobar si tienen la entidad suficiente como para permitir la enervación de la presunción de inocencia y dar lugar a una sentencia condenatoria.

http://abogadosdemurcia.blogspot.com/2018/01/el-valor-probatorio-de-las-camaras-de.html

cuídate muy mucho.

WarDog77

#17 Exacto, primera linea "...de haberse vulnerado...". Una grabación tomada de la vía pública no está incluida en ese supuesto así que el resto ya no es aplicable.

¿De verdad te crees que tienes derecho a la intimidad en la vía pública?

D

#18 son cámaras fijas de videovigilancia instaladas por un particular sin consentimiento judicial ni carteles advirtiendo de su presencia, están violando tu intimidad ilegalmente.

un derecho fundamental.

WarDog77

#19 Repite conmigo: la vía pública no hay intimidad.
Como mucho una infracción administrativa por incumplimiento de la LOPD (si fuera por violacion de algún derecho fundamental como dices irían contra el con el Código Penal y unos añitos de carcel)

D

#21 No se puede considerar que el derecho a la intimidad desaparezca en el momento de salir del ámbito privado, a la calle. Por ello, las imágenes grabadas en la vía pública no se pueden publicar en internet o redes sociales sin el consentimiento de las personas que aparezcan en ellas.
https://www.inesem.es/revistadigital/juridico/derecho-a-la-intimidad-en-la-via-publica/#:~:text=No%20se%20puede%20considerar%20que%20el%20derecho%20a%20la%20intimidad,personas%20que%20aparezcan%20en%20ellas.

no existe mas camino, si quieres continuar por esa linde eres libre de hacerlo pero tu solito.

Tarod

#15 #16 La intimidad de lanzar un cóctel molotov 😄

Tarod

#11 go to #12

WarDog77

#8 Exacto, mientras la grabación no se haya obtenido violando un derecho fundamental...
Esta grabación como mucho puede incumplir algún punto de la LOPDGDD, pero nada más, y eso no la inválida pero se en un juicio pues sería una falta administrativa (recordemos que se trata de la vía PUBLICA)


Cc #6 #7

eldarel

#7 Hummm, lo ilegal es la comunicación pública, distribución o divulgación en general.
Se puede grabar para ponerlo a disposición judicial, si eres víctima.

No hay una ley que prohíba grabar en espacios públicos, o los turistas lo pasarían muy mal sin selfies.

eldarel

#22 ¿Has leído el artículo que explica por qué se multa?

D

#24 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-3649

articulo 42.
2. No se podrán utilizar cámaras o videocámaras con fines de seguridad privada para tomar imágenes y sonidos de vías y espacios públicos o de acceso público salvo en los supuestos y en los términos y condiciones previstos en su normativa específica, previa autorización administrativa por el órgano competente en cada caso. Su utilización en el interior de los domicilios requerirá el consentimiento del titular

eldarel

#25 Esto está mejor, nos vamos entendiendo .

La clave está en el fin con el que se coloca el dispositivo de videovigilancia o imágenes.

D

#26 te vas enterando, que no es lo mismo.

eldarel

#27 Te invito a releer todos mis comentarios y a los que respondo. El contexto es importante, como se demuestra en nuestro intercambio de comentarios.

En tu comentario original en #7, argumentabas que es ilegal porque sólo se pueden captar imágenes y vídeos en espacios privados.
Yo contrargumenté esa idea, explicando que eso no es así, como demuestra que podamos hacer fotos en la calle en nuestros viajes turísticos.

Puedo comprender que en ese comentario tú tuvieras en cuenta el hecho de que las imágenes se tomaran con un disp. de videovigilancia, pero no lo expresaste y el argumento quedó flojo.Has necesitado varios comentarios hasta aclarar por qué dices que es ilegal.
Y encima me acusas de ignorante.

Todos cometemos errores, querido meneante. Atacar a quién matiza la idea porque no queda clara, no me parece la mejor estrategia.

D

#28 tu mezclaste un turista japonés filmado una plaza con algo totalmente distinto que es de lo que trata esta noticia y mi pregunta en #5 deja bien claro el contexto de mi comentario en #7

eldarel

#29 Jamás hice mención a ningún turista japonés, ni a plazas. Por favor, no pongas en mi boca palabras que no pronuncié.

Una elegante forma de responderme hubiera sido que no te referías a grabaciones en general y que te referías específicamente a la pregunta #5.
Y yo te hubiese dado la razón y votado positivo (como lo he hecho con otro comentario).

D

#c-30" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/3769048/order/30">#30 # 20 eldarel 23:52
# 7 Hummm, lo ilegal es la comunicación pública, distribución o divulgación en general.
Se puede grabar para ponerlo a disposición judicial, si eres víctima.

No hay una ley que prohíba grabar en espacios públicos, o los turistas lo pasarían muy mal sin selfies.

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es verdad, el turista puede ser chino o de Albacete.

FIN

eldarel

#31 "lo ilegal es la comunicación pública, distribución o divulgación en general"

Lo dije y lo mantengo, en general no hay prohibición de grabar o fotografiar en espacios públicos.

Como creo que ya habíamos aceptado ambos es que no se puede es tomar imágenes y vídeos con fines de vigilancia fuera de las condiciones del www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-3649.

L

"según él, quiso incendiar su casa" Según Gila una broma de pueblo

Alakrán_

Se habla poco de la aventura que supone ser alcalde de un pueblo, yo por cercanía, conozco situaciones surrealistas, algunas graciosas, y otras sin puta gracia.

Veelicus

Ha pasado bastante tiempo, pero si son de pueblo por la ropa y la forma de andar mas de uno les conocera

D

dos cámaras en su casa grabando claramente las calles ¿seria una prueba valida?

https://www.farodevigo.es/videos/arousa/2023/01/13/atentado-casa-gonzalo-duran-81132810.html

h

#5 No debería ser ni legal.

Tarod

Imágenes de buena calidad. Si son vecinos es raro que la Guardia Civil no haya dado con ellos. Si no lo son la historia sería aún más rara.