Esta directiva europea se refiere al establecimiento de un umbral de facturación anual de hasta 85.000 euros, por debajo del cual los autónomos y pymes quedarían exentos de repercutir, liquidar y declarar el IVA, a cambio de renunciar a deducir el IVA de sus gastos
|
etiquetas: bruselas , iva autónomos , españa a los tribunales , comision europea
Cuando elDiario.es preguntó a Hacienda por la no trasposición de esta directiva, desde el Ministerio que dirige María Jesús Montero se aseguró que “está pendiente de transposición la directiva, pero la idea es cumplir con los plazos”. Sin embargo, en la modificación de la directiva se establece que tendría que estar aprobada en los países de la UE “a partir del 1 de enero de 2025”.
Por otro lado, si el cliente se va a ahorrar teóricamente el 21 % de IVA, el autónomo puede subir su margen hasta ese 21 % para compensar los gastos que no se puede deducir, e incluso probablemente pueda bajar algo el precio de sus servicios.