Hace 5 días | Por blodhemn a genbeta.com
Publicado hace 5 días por blodhemn a genbeta.com

Esta cuantía va a depender de diferentes factores como por ejemplo la cantidad de años que se han cotizado y también las bases reguladores. En la siguiente tabla, vas a poder ver la pensión máxima a la que vas a poder acceder en función de los años cotizados y la base de regulación que tienes en tu nómina. Siempre partiendo que la base minimalista es de 1323 euros. De esta manera, habrá que mirar tu cotización y los años para encontrar la pensión que cobrarás cada mes.

Comentarios

HeilHynkel

No deja de ser curioso que uno de va de libertario y que habla de "ganar millones de euros" en su artículo tope la pensión en 2.200 euros cuando el tope es bastante superior.

Será que las matemáticas para fatxapobres no tienen mucho recorrido.

OniNoNeko_Levossian

#7 eso vi yo, como autónomos puedes pagar una cuota de 1400 y pico casi 1500 para tener una base de cotización de 4700, aunque el tope de pensión es 3100 ahora mismo. Esa cuota es mi plan de prejubilación

OniNoNeko_Levossian

El hecho de que se quede a mitad de la base máxima me hace pensar que solo los pobres fantaseamos con una pensión lol

mefistófeles

qué disparate de noticia...para la pensión de jubilación se usa una fórmula bastante compleja. La versión "fácil":

A partir del año 2022, la base reguladora de la pensión de jubilación contributiva será el cociente que resulte de dividir por 350 las bases de cotización del interesado durante los 300 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante.

Las bases de cotización de los 24 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante se toman por su valor nominal.
Las restantes bases de cotización se actualizarán de acuerdo con la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC) desde el mes a que aquéllas correspondan hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se inicie el período a que se refiere el párrafo anterior.

Si en el período que haya de tomarse para el cálculo de la BR aparecieran meses durante los cuales no existiera obligación de cotizar, las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento, y el resto de mensualidades con el 50% de dicha base mínima.


Insisto, eso es la versión fácil (no hablo de pluriempleo, regímenes especiales ni otras cosas)

Y luego, a esa base, el porcentaje que corresponda:

Porcentaje aplicable a partir de 01-01-2013:

El porcentaje es variable en función de los años de cotización a la Seguridad Social, aplicándose una escala que comienza con el 50% a los 15 años, aumentando a partir del decimosexto año un 0,19% por cada mes adicional de cotización, entre los meses 1 y 248, y un 0,18% los que rebasen el mes 248, sin que el porcentaje aplicable a la base reguladora supere el 100%, salvo en los casos en que se acceda a la pensión con una edad superior a la que resulte de aplicación.

A la cuantía así determinada le será de aplicación el factor de sostenibilidad que corresponda en cada momento. La aplicación de dicho factor de sostenibilidad ha sido aplazada por la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

En todo caso, su entrada en vigor se producirá en una fecha no posterior al 1 de enero de 2023.

No obstante, hasta el año 2027, se establece un periodo transitorio y gradual, en el cual los porcentajes anteriores serán sustituidos por los
siguientes: (...)

Con más detalle para quien interese: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/28396/28475

Pepepaco

#2 Más fácil todavía.

Si accedes a este enlace:
https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/CiudadanoDetalle/!ut/p/z0/hY1LC4JAFIX_ii1cyh1HE1yKhFi5iJB0NjLoaLfHjI8p6t83tqlVceHCORy-DxgUwCS_Y8c1KskvJpcsqDw38N2QuNuEpCsS5dkmD72dl6Qu7MUEa2A_RjSYKXTM4qwD1nN9dFC2CorU_PEqJutpxWLU2GLNG_UPZ5wGh6dhYBGwWkktHhqKSTSieieJBmKTubBJjbeGN1zODX589ZfPJtScv6wo9Ofk4LBy8QIwAItv/

utilizando Clave o Certificado Digital te lo calcula automáticamente cogiendo los datos de tu histórico de cotizaciones y respondiendo a unas preguntas sobre las bases posibles de los próximos años.

mefistófeles

#3 Lo sé perfectamente, sí ( la sede electrónica la seg social), si a lo que iba es a lo ridículo del artículo, que con una simple tabla pretende decir que podemos saber qué pensión cobraremos

Pepepaco

#4 Sí, estoy completamente de acuerdo.
Dudo que haya alguien que en 30 o 40 años cotizados haya tenido una base estable.
Un artículo absurdo

J

Eso sólo sirve si te vas a jubilar ahora o en 2-3 años, a más pueden terminar de cargarse el sistema o alargarlo más años bajando sueldos.

Con los amigos y compis de curro, hemos desarrollado la teoría que nos jubilaremos por la edad de nuestros años de nacimiento... eres del 80, 80 años, eres del 92, 92 años y así sucesivamente.. y si quieres antes, te quitamos 5% por año antes

bomberman

Eso para los que lleguen a jubilarse, los que se queden por el camino no verán ni un duro.

HeilHynkel

#5

Siempre puedes emigrar a Argentina, donde se resolverán todos tus problemas,